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No habiéndose podido practicar notificación personal del acto administrativo que abajo se indica, relativo a la inscripción de aprovechamiento de aguas a nombre de Comunidad de Regantes del Río Vélez (Acequia Prado del Rey), sito en Urb. Alborán, núm. 12, 29700, Vélez-Málaga (Málaga), expediente M-0352-06, se hace público el presente anuncio a los efectos previstos en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo constar que se otorga un plazo de tres meses contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio, con indicación de que si así no lo hiciera, se acordará el archivo por caducidad. Todo ello, conforme al art. 92.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Acto notificado: Requerimiento de documentación.
- Peticionario: Comunidad de Regantes del Río Vélez.
- Asunto: Petición de documentación.
Texto íntegro del acto:
«Examinada la documentación que obra en este Organismo a nombre de la Comunidad de Regantes del Río Vélez, se comprueba que existen dos expedientes administrativos, con referencias M-352-7 y M-352-6. El primero finaliza mediante Orden Ministerial de fecha 19 de noviembre de 1982, notificada con fecha 18 de diciembre del mismo año, declarando la constitución de dicha comunidad de regantes. En concreto el Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo declaraba válidamente constituida la Comunidad de Regantes del Río Vélez-Málaga, con aprovechamiento de aguas públicas del expresado río. Y en su expositivo segundo aprobada como Ordenanzas y Reglamentos del Sindicado y del Jurado de Riegos, por los que había de regirse la Comunidad, los Proyectos que con fecha 30 de junio de 1969 fueron aprobados en Junta General de Partícipes, si bien los artículos 3.º, 4.º y 29.º de las Ordenanzas deberían entenderse provisionalmente redactados a resultas del expediente de inscripción de los aprovechamientos que en aquel momento se encontraban en tramitación. En este sentido, es el segundo expediente, en el que se tramitaba la solicitud de inscripción de aprovechamiento de aguas en el Río Vélez, referenciado como M-352-6. Consultada la documentación que obra en el mismo, se comprueba que con fecha 26 de octubre de 1982 se remite al presidente provisional de la Comunidad, don Miguel Carmona Ruiz, oficio que es notificado con fecha 30 de octubre de 1982, en el que se requería a la Comunidad de Regantes para que presentara una copia del acta de notoriedad, firmada por el Notario autorizante y en el que figuraran las diligencias de haberse satisfecho el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y de haber sido anotada preventivamente en el Registro de la Propiedad. Asimismo en dicho oficio se decía: “Asimismo, se le informa que examinada la copia presentada de dicha acta de notoriedad, se observa que en la misma en el requerimiento, apartado B-Volumen, se refleja la existencia de un pozo de aguas subálveas que abastece en época de estiaje a la acequia Prado del Rey. Sin embargo, tanto en las diligencias de inspección ocular como en la de declaración de notoriedad, figuran más pozos en esa y otras acequias, uno de los cuales fue abierto en 1969, y que claramente queda fuera del tiempo de la prescripción adquisitiva”. Por lo anterior, y mediante el referido oficio, se requería a la Comunidad de Regantes, para que aportara Acta Notarial Aclaratoria sobre aquellos pozos de aprovechamientos de aguas públicas que serían susceptibles de inscribirse en virtud de la prescripción adquisitiva. A su vez, se requería aportaran los planos correspondientes a esos pozos y cualesquiera otros que aprovechasen. Notificado el anterior oficio con fecha 30 de octubre de 1982, no se ha cumplido con dicho requerimiento, por lo que en aras de continuar con la tramitación del expediente y proceder a la inscripción del aprovechamiento de las aguas, se les requiere para que cumplimenten la documentación que se requería. Para cumplimentar este trámite se le otorga un plazo de tres meses contados a partir del día siguiente al de notificación o publicación del presente escrito, con indicación de que si así no lo hiciera, se acordará el archivo por caducidad. Todo ello, conforme el art. 92.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»
Sevilla, 20 de mayo de 2014.- El Director General, Juan María Serrato Portillo.
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