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El Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior, atribuye a esta las competencias en materia de Administración de Justicia recogidas en el Capítulo III del Título V del Estatuto de Autonomía para Andalucía.
Parte de estas competencias se prestan en los Servicios de Apoyo a la Administración de Justicia, radicados en las Delegaciones del Gobierno, como servicios periféricos de la Consejería de Justicia e Interior, al amparo de lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
La creciente complejidad y el incremento de la actividad jurisdiccional hacen necesario reforzar los Servicios de Apoyo en la Delegación del Gobierno en Granada, mediante la adscripción de puestos de trabajo que desarrollarán sus funciones en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Estos puestos de trabajo desarrollarán tareas de apoyo en la emisión de informes y valoraciones jurídicas a partir de la información estadística, en la gestión de biblioteca, información y documentación del el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en la actividad de comunicación en la Fiscalía de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Los puestos de trabajo modificados proceden de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y de la Delegación del Gobierno en Sevilla. Dichos puestos de trabajo deben adecuarse a las funciones antes señaladas.
Por otro lado, para incorporar un lenguaje inclusivo desde el punto de vista del género, se modifica la denominación de dos puestos de trabajo adscritos al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
En aplicación del artículo 9.3.d) del VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía, se ha procedido a la negociación en la Comisión del Convenio.
Según lo previsto en el artículo 37.1.c) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.
En su virtud, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.d) y n) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,
D I S P O N G O
Artículo único. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a varias Consejerías.
La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a las Consejerías de la Presidencia, de Educación, Cultura y Deporte, y de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio queda modificada en los términos indicados en el anexo de la presente Orden.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 18 de julio de 2014
maría jesús montero cuadrado | |
Consejera de Hacienda y Administración Pública |