Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 154 de 08/08/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Orden de 30 de julio de 2014, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a las Consejerías de Hacienda y Administración Pública, de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, de Educación, Cultura y Deporte, y de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

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El Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, establece las competencias que corresponden a los distintos centros directivos, modificando parcialmente la atribución de competencias establecidas en la anterior estructura. Ello determina la necesidad de adecuar la relación de puestos de trabajo a lo establecido en el mismo.

Por ello, se redistribuyen determinados puestos de trabajo correspondientes a los órganos directivos afectados por la modificación, debido a nuevas funciones atribuidas en el citado Decreto 156/2012, de 12 de junio, así como en distintas disposiciones correspondientes a los ámbitos competenciales de cada uno de ellos.

Esta redistribución de puestos de trabajo se produce mediante la modificación de la adscripción de puestos de trabajo procedentes de la Dirección General de Política Financiera y de la Dirección General de Financiación, Tributos y Juego, derivada de la modificación de las competencias de los mismos, así como de puestos de trabajo procedentes de las Consejerías de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, de Educación, Cultura y Deporte y de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, que también se han visto afectadas por las modificaciones de estructura y competenciales. Esta modificación de la adscripción hace necesaria en algunos casos la adecuación funcional y de características de los puestos de trabajo.

Asimismo se crean determinados puestos de trabajo para la adscripción provisional de funcionarios que han sido cesados en puestos de libre designación o que han reingresado al servicio activo desde la situación administrativa de servicios especiales al no existir en la relación de puestos de trabajo puestos adecuados a tal fin, de acuerdo con lo establecido, respectivamente, en los artículos 66.2 y 67.2 del Reglamento general de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto 2/2002, de 9 de enero.

Según lo previsto en el artículo 37.1.c, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En su virtud, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.d), g), i) y n) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,

DISPONGO

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a las Consejerías de Hacienda y Administración Pública, de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, de Educación, Cultura y Deporte y de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a las Consejerías de Hacienda y Administración Pública, de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, de Educación, Cultura y Deporte y de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio queda modificada en los términos indicados en el anexo I de la presente Orden.

Artículo 2. Adscripción de personal.

El personal que como consecuencia de la presente Orden resulte adscrito a un puesto de trabajo distinto del que ocupaba, tal y como se determina en el anexo II, mantendrá el mismo carácter de ocupación con que venía desempeñando el anterior.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 30 de julio de 2014

María JESÚS MONTERO CUADRADO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
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