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NIG: 2906942C20090013096.
Procedimiento: Proced. Ordinario (LPH -249.1.8) 2214/2009. Negociado: 04.
Sobre: Obras inconsentidas.
De: C.P. Los Cipreses III-53.
Procurador: Sr. David Sarria Rodríguez.
Contra: Jorge Salviche Steinkohl y Horts Volmelker.
Procurador: Sr. Julio Mora Cañizares.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Proced. Ordinario (LPH -249.1.8) 2214/2009, seguido en Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Marbella (Antiguo Mixto núm. Dos) a instancia de C.P. Los Cipreses III-53 contra Jorge Salviche Steikohl y Horts Volmelker sobre Obras inconsentidas, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NUM. 109/2011
En Marbella, a 14 de abril de 2011.
Vistos por mí, doña Alejandra Alonso Grañeda, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Marbella (Málaga), los presentes autos de juicio ordinario, registrados con el número arriba indicado, promovidos por el Sr. Procurador don David Sarría Rodríguez en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Los Cipreses, bloque III, defendida por el letrado don José Antonio Sarría Rodríguez contra don Jorge Salviche Steinkohl en situación de rebeldía y don Horst Volmeker, representado por el Sr. Procurador don Julio Mora Cañizares y defendido por el letrado don José Arteaga Pardo sobre propiedad horizontal, procede dictar la siguiente resolución:
FALLO
Estimo la demanda interpuesta por el Sr Procurador don David Sarría Rodríguez en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Los Cipreses, bloque III, Ricardo Soriano núm. 53, frente a don Horst Volmelker, declarándose que la obra realizada por la parte demandada en su terraza, que es la cubierta del edificio, sin contar con la autorización de la Comunidad vulnera los legítimos derechos de la actora, y condenándole a retirar y demoler toda la instalación ejecutada reponiendo la cubierta a su estado original, con el apercibimiento que de no ejecutarlo el demandante, en su caso ejecutante, podrá pedir que se faculte para encargarlo a un tercero a su costa, con condena en costas a don Horst Valmerker.
Desestimo la demanda respecto de don Jorge Salviche Steinkohl, absolviéndole de las pretensiones contenidas en la demanda, sin condena en costas.
Líbrase testimonio de la sentencia y únase a las actuaciones, insertándose el original en el libro de Sentencias.
Notifíquese la presente sentencia a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga, que deberán preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación. No se admitirá a trámite dicho recurso si no se ha constituido depósito de 50 euros consignados en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado conforme a la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
Así por esta sentencia lo acuerdo y firmo, doña Alejandra Alonso Grañeda, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Marbella.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Jorge Salviche Steinkohl, extiendo y firmo la presente en Marbella, veinticinco de julio de dos mil trece.
«En relación a los datos de carácter personal sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»
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