Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 16 de 24/01/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Acuerdo de 7 de enero de 2014, del Consejo de Gobierno, por el que se resuelve la aprobación definitiva de la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Alhaurín El Grande (Málaga), relativa a los ámbitos UR-3 y UE-2.

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La Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística de Alhaurín el Grande que afecta a los ámbitos UR-3 y UE-42, fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 10 de marzo de 1999. Asimismo, el Ayuntamiento Pleno acordó la aprobación provisional en su sesión de 19 de mayo de 2000.

La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en Málaga, en su sesión 5/00, de 28 de junio de 2000, adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de esa Modificación del Plan General, siendo el mismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga de 3 de agosto de 2000. Con fecha de 19 de septiembre de ese mismo año, fue presentado recurso contencioso–administrativo contra dicho acuerdo de aprobación definitiva. Con fecha de 30 de junio de 2008, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo, sede Málaga, Sección 2.ª dictó la sentencia núm. 1975/2008 en relación a dicho recurso, en la que declara la nulidad del acuerdo impugnado, y que alcanzó el carácter de firmeza al haber sido desestimado por el Tribunal Supremo, en sentencia de 29 de marzo de 2012, el recurso de casación núm. 3425/2009, interpuesto por el Ayuntamiento de Alhaurín el Grande.

En ejecución de dicha sentencia, las actuaciones se retrotrajeron al momento de la aprobación provisional, para dar cumplimiento al trámite correspondiente a la solicitud de dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía, que había sido omitido en la tramitación seguida en este expediente, y que resultaba necesario por tratarse de una modificación cualificada de planeamiento.

Dado que el expediente fue aprobado definitivamente antes de la entrada en vigor de la actual Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, ha de seguirse el régimen transitorio que se contempla en su disposición transitoria cuarta. En virtud de ella, la tramitación del expediente continua de acuerdo con lo dispuesto en el artículo único de la Ley 1/1997, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente y transitorio disposiciones en materia de Régimen de Suelo y Ordenación Urbana, que asume preceptos del Texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio; en particular su artículo 129 que trata sobre la modificación cualificada. Asimismo, ha de tenerse en cuenta el Decreto 77/1994, de 5 de abril, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en la redacción dada por el Decreto 102/1999, de 27 de abril, entonces vigente.

El artículo 4.3 del mencionado Decreto 77/1994, atribuye al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la competencia para aprobar definitivamente la modificación de los Planes cuando impliquen una diferente zonificación o uso urbanístico de las zonas verdes o espacios libres previstos en el planeamiento que se modifica, previo informe favorable del Consejero de Obras Públicas y Transportes, y del Consejo Consultivo de Andalucía (artículo 129 del Real Decreto Legislativo 1/1992).

En desarrollo de los anteriores preceptos, con fecha 15 de julio de 2013, el Consejero de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente informó favorablemente esta Modificación. Asimismo, con fecha 22 de octubre de 2013, el Consejo Consultivo de Andalucía emitió dictamen núm. 708/2013 favorablemente la presente modificación.

El Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, atribuye a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio las competencias en materia de ordenación y desarrollo del territorio y urbanismo que venía ejerciendo la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.

En virtud de los antecedentes expuestos, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 7 de enero de 2014,

ACUERDA

Primero. Aprobar definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Alhaurín el Grande (Málaga), relativa a los ámbitos UR-3 y UE-42, por cuanto su contenido, determinaciones y tramitación son acordes con el Texto refundido de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio.

Segundo. Este Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 124 de la citada Ley del Suelo, y se notificará al Ayuntamiento de Alhaurín el Grande (Málaga).

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de este Acuerdo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 7 de enero de 2014

Susana Díaz Pacheco
Presidenta de la Junta de Andalucía
María Jesús Serrano Jiménez
Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
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