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Procedimiento: Social Ordinario 933/2011. Negociado: 3i.
NIG: 4109144S20110011144.
De: Don Juan Manuel González Vasgas.
Contra: Molsan Gestión de las Edificaciones, S.L.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social número Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 933/2011 a instancia de la parte actora don Juan Manuel González Vasgas contra Molsan Gestión de las Edificaciones, S.L., sobre Social Ordinario, se ha dictado Sentencia de fecha 20.11.13 del tenor literal siguiente:
Que estimando la demanda formulada por Juan Manuel González Vargas contra Molsan Gestión de las Edificaciones, S.L., y Fogasa, debo condenar y condeno a la demandada Molsan Gestión de las Edificaciones, S.L., a que abone al actor la suma de 6.005,30 euros.
No se hace pronunciamiento expreso de condena respecto del Fogasa.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, debiendo ser anunciado dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia mediante escrito, comparecencia o por simple manifestación ante este Juzgado de lo Social.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado Molsan Gestión de las Edificaciones, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a dieciséis de enero de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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