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Procedimiento: Social Ordinario 535/2013. Negociado: 4.
NIG: 4109144S20130005789.
De: Don Manuel Feria Valle.
Contra: Disler, S.A., Motorluxe, S.A., Tebyar, S.A.U., Motor Dos Sevilla, S.A., Surmotor de Automoción, S.L., Suauto de Automoción, S.A., don José Antonio Rivera Martín y Fogasa.
EDICTO
Don Alonso Sevillano Zamudio, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 535/2013 a instancia de la parte actora don Manuel Feria Valle contra Disler, S.A., Motorluxe, S.A., Tebyar, S.A.U., Motor Dos Sevilla, S.A., Surmotor de Automoción, S.L., Suauto de Automoción, S.A., don José Antonio Rivera Martín y Fogasa sobre Social Ordinario se ha dictado Resolución de fecha 17.7.14 del tenor literal siguiente:
Procedimiento: Cantidad 535/2013.
SENTENCIA NÚMERO 337/2014.
En Sevilla, a diecisiete de julio de dos mil catorce.
Vistos por mí doña Nieves Rico Márquez, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Social núm. Cuatro de esta capital, en juicio oral y público, los presentes autos sobre Cantidad, seguidos en este Juzgado bajo el número 535/2012, promovidos por don Manuel Feria Valle, asistido por el Letrado don Federico Martínez-James García, contra Motorluxe, S.A., Suauto de Automoción, S.A., Motor Dos Sevilla, S.A., Surmotor de Automoción, S.L., Tebyar, S.A.U., don José Antonio Rivera Martín (Administrador Concursal de Motorluxe, S.A.), Fogasa, que no comparecieron pese a haber sido citados en forma, y contra Disler, S.A., asistido por el Letrado don Eugenio Menacho Fuentes.
FALLO
Que debo tener y tengo a la parte actora por desistida respecto de Motorluxe, S.A, don José Antonio Rivera Martín (Administrador Concursal), Suauto de Automoción, S.A., Motor Dos Sevilla, S.A., Surmotor de Automoción, S.L., y Tebyar, S.A.U.
Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por don Manuel Feria Valle contra Disler, S.A., en cuya virtud:
I. Debo condenar y condeno a la empresa abonar a la parte actora la cantidad de mil seiscientos treinta y seis euros con ochenta y cinco céntimos (1.636,85 euros).
II. No procede la imposición del interés por mora.
III. No ha lugar a pronunciamiento alguno, por ahora, respecto del Fogasa.
Notifíquese esta resolución a las partes, con entrega de copia testimoniada, advirtiéndoles que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito, comparecencia o mediante simple manifestación al notificarle la presente ante este Juzgado de lo Social.
De hacerse uso de este derecho por la parte condenada, deberá acreditar al anunciar el recurso haber ingresado el importe de la condena en la cuenta de Depósitos y Consignaciones Judiciales de este Juzgado en el Banesto, Oficina 4325, sita en C/ José Recuerda Rubio, 4 (Urbana Av. Buhaira-Viapol), de esta capital, abierta con el núm. 4023000065, utilizando para ello el modelo oficial y citando en el mismo el núm. de autos y año del procedimiento; tal consignación podrá sustituirla por aval bancario, en el que deberá constar la responsabilidad solidaria del avalista, quedando el documento presentado en poder del Sr. Secretario del Juzgado.
Igualmente y al formalizar el recurso, deberá efectuar el depósito de 150,25 € en la cuenta 4023000065, que tiene abierta este Juzgado en la misma entidad bancaria, haciéndose dicho depósito de la misma manera arriba indicada.
Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en única instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación a los demandados Disler, S.A., Motorluxe, S.A., Tebyar, S.A.U., Motor Dos Sevilla, S.A., Surmotor de Automoción, S.L., Suauto de Automoción, S.A., y don José Antonio Rivera Martín actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a nueve de septiembre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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