Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00055203.
El artículo 43.5 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece que cuando un anteproyecto de Ley afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, la Consejería proponente podrá acordar la realización de un trámite de audiencia, en los términos previstos en el artículo 45.1.c) de la misma Ley. Este apartado indica que, cuando la naturaleza de la disposición lo aconseje, ésta será sometida a información pública durante un plazo razonable no inferior a quince días. La participación de la ciudadanía podrá producirse por cualquier medio admisible en derecho, entre otros, por vía telemática en los términos previstos reglamentariamente.
En su sesión del día 29 de julio de 2014, el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha conocido el anteproyecto de Ley de Participación Ciudadana de Andalucía, aprobando los trámites a realizar en el procedimiento de elaboración, entre los cuales se encuentra someter el texto del Anteproyecto a información pública, durante el plazo de un mes.
El alcance que con respecto a la ciudadanía andaluza va a desplegar este anteproyecto en el caso de su aprobación definitiva como ley por el Parlamento de Andalucía, dado el reconocimiento expreso del derecho a participar en el proceso de dirección de los asuntos públicos y la obligación de la Administración de publicar y facilitar el acceso a todos aquellos datos e información que permitan contar con elementos de juicio fundados y un conocimiento suficiente, hace conveniente que el texto del anteproyecto se someta a difusión general, al objeto de que la ciudadanía, personalmente o a través de organizaciones y asociaciones que la representen, lo conozca y pueda realizar las observaciones que sobre su contenido estime de interés.
En su virtud, y de conformidad con lo previsto en los artículos 43.5 y 45.1.c) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y atendiendo el correspondiente mandato del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Someter el anteproyecto de Ley de Participación Ciudadana de Andalucía al trámite de información pública durante el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Poner a disposición de las personas interesadas el texto del anteproyecto en el Portal web de la Junta de Andalucía www.juntadeandalucia.es/anteproyectoleyparticipacionciudadana, así como, en formato papel, en la sede de la Dirección General de Derechos de la Ciudadanía, Participación y Voluntariado Democrática de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, situada en la Plaza Nueva, núm. 4, 41071 de Sevilla.
Tercero. Las alegaciones que se deseen formular al anteproyecto se podrán realizar:
- En formato electrónico, a través de redes abiertas de telecomunicación, en la dirección web: www.juntadeandalucia.es/anteproyectoleyparticipacionciudadana
- En papel, presentándolas en el Registro General de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 19 de septiembre de 2014.- La Directora General, Manuela Fernández Martín.
Descargar PDF