Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 205 de 21/10/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de octubre de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecisiete de Sevilla, dimanante de divorcio contencioso núm. 404/2012

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NIG: 4109142C20140014204.

Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 404/2014. Negociado: 4.

De: Doña Rosa María Armentero Gavilán.

Procurador: Sr. Ángel Onrubia Baturone.

Letrado: Sr. Ángel Requena Maldonado.

Contra: Don Amadou Sakho y Ministerio Fiscal.

EDICTO

En el presente procedimiento Familia. Divorcio Contencioso 404/2014 seguido a instancia de Rosa María Armentero Gavilán frente a se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 642/14

En Sevilla, a 26 de septiembre de 2014.

Vistos por la Iltma. Sra. doña María Núñez Bolaños, Magistrada-Juez de Primera Instancia (Familia) número Diecisiete de Sevilla y su partido, los presentes autos de Divorcio contencioso seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 404/14, a instancia del Procurador de los Tribunales, Sr. Ángel Onrubia Baturone, en nombre y representación de doña Rosa María Armentero Gavilán, frente a su cónyuge, don Amadou Sakho, siendo parte el Ministerio Fiscal.

FALLO

Que, estimando la demanda de divorcio promovida a instancia del Procurador de los Tribunales, Sr. Ángel Onrubia Baturone en nombre y representación de doña Rosa María Armentero Gavilán, frente a su cónyuge, don Amadou Sakho, siendo parte el Ministerio Fiscal, debo declarar y declaro disuelto por divorcio el matrimonio que ambos contrajeron, con los efectos inherentes a tal declaración; acordando:

- Se atribuye la guarda y custodia, así como la patria potestad, a la madre, acordando la privación de la patria potestad al padre.

- Se suspende el régimen de visitas o comunicación del padre con las hijas.

- Don Amadou Sakho deberá abonar la cantidad del 30% de sus ingresos netos en concepto de alimentos para sus tres hijos.

Todo ello sin expresa condena en costas.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente al de la notificación.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 3956-000000-0404-14, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 00 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así lo pronuncio, mando y firmo. La Magistrado-Juez.

Y encontrándose dicho demandado, don Amadou Sakho, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a nueve de octubre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal).»

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