Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 210 de 28/10/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 21 de mayo de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 817/2008. (PP. 1713/2014).

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NIG: 2906742C20080015230.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 817/2008. Negociado: 7.

Sobre: Reclamación cantidad.

De: Contenedores F. Sáenz, S.L.

Procuradora: Sra. Aurelia Berbel Cáscales.

Letrado: Sr. Félix López García.

Contra: Inmobiliarias Centralizadas Andaluzas, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga.

Procedimiento Ordinario núm. 817/2008.

SENTENCIA NÚM. 19/14

En Málaga, a diecinueve de diciembre de dos mil trece.

Vistos por doña Marta Báguena Mesa, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Málaga, los presentes autos de Procedimiento Ordinario que registrados con el número arriba indicado se siguen a instancia de Contenedores F. Sáenz, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales señora Berbel Cáscales y asistida del Letrado señor Fuentes Moreno, contra Inmobiliarias Centralizadas Andaluzas, S.L., en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando integramente la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales señora Berbel Cáscales, en nombre y representación de Contenedores F. Sáenz, S.L., sobre reclamación de 4.691,95 euros, contra Inmobiliarias Centralizadas Andaluzas, S.L., debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la citada suma, más correspondientes intereses legales, según se expresa en el fundamento de derecho tercero, y costas.

La presente resolución no es firme y contra ella podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de veinte días, presentando escrito ante este Juzgado en el que se expresarán las alegaciones en que se base la impugnación, la voluntad de recurrir y los pronunciamientos que se impugnan, y previa constitución de oportuno depósito previsto al efecto en la Cuenta de Consignación de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada que ha sido la anterior Sentencia por la llma. Señora Magistrada Juez que la suscribe, encontrándose celebrando audiencia pública en el mismo dia de su fecha. Doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Inmobiliarias Centralizadas Andaluzas, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Málaga, a veintiuno de mayo de dos mil catorce.- El/La Secretario.

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