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Vacante el puesto de trabajo de Intervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Mijas (Málaga), por dicho Organismo se han aprobado las bases de selección y se ha acordado asimismo su convocatoria con fecha 16 de julio de 2014, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en los artículos 27 y 28 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, aplicable en virtud de la Disposición Transitoria Séptima de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
Visto lo anterior, al amparo de la legislación invocada, y de conformidad con el artículo 7.2.d) del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, esta Dirección General de Administración Local
R E S U E L V E
Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación del puesto de trabajo de Intervención, con las características que a continuación se indican, vacante en la plantilla de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional del Ayuntamiento de Mijas (Málaga).
a) Corporación: Ayuntamiento de Mijas.
b) Denominación y clase del puesto: Intervención.
c) Nivel de complemento de destino: 30.
d) Complemento específico: 76.940,49 euros/anual.
e) Otras características: Jornada y Horario especial.
f) Requisitos para su desempeño: Pertenecer a la Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior, que no se encuentren en ninguna de las siguientes situaciones:
- Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.
- Los funcionarios destituidos a que se refiere el art. 148.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril.
- Los funcionarios en situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el art. 29.3.c) y d) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.
Los requisitos establecidos deberán reunirse en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.
Los interesados presentarán sus solicitudes, dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Mijas (Málaga) en el Registro General de entrada de dicho Organismo o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro de los quince días naturales siguientes a partir del día siguiente a la publicación de estas bases en el BOE, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
El escrito de solicitud deberá contener todos y cada uno de los datos previstos en el artículo 70.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con indicación del número de Registro Personal, situación administrativa en que se encuentre el solicitante y puesto de trabajo, en su caso, que ocupase.
La instancia solicitando tomar parte en la convocatoria expresará que los candidatos reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. A la solicitud se acompañará el currículum vitae, en el que constarán los títulos académicos, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración, los estudios y cursos realizados, así como cualesquiera otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto. Los anteriores criterios se consideran los principales para la decisión a adoptar, sin perjuicio de que se puedan alegar y tener en cuenta otros adicionales que deseen los candidatos aportar. Se indicará también la situación administrativa en la que se encuentre el solicitante y su destino actual y carácter de la ocupación del mismo.
Asimismo, con la solicitud se aportará la documentación justificativa, original o debidamente compulsada, de los requisitos de participación, la acreditación de los méritos alegados, así como una declaración jurada de no estar incurso en ninguna de las circunstancias que impidan su participación en la convocatoria.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad a la lista de admitidos/as y excluidos/as en el tablón de anuncios de la Corporación, quedando abierto un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos. Igualmente se dará conocimiento de las mismas a través de la página web del Ayuntamiento de Mijas (www.mijas.es).
Cualquiera de los aspirantes podrá ser convocado para la realización de una entrevista de carácter personal. A estos efectos, el Excmo. Ayuntamiento de Mijas comunicará con tres días de antelación la fecha y hora de celebración de la misma. Los gastos de desplazamiento serán de cuenta y cargo del aspirante.
En esta fase, la Junta de Gobierno Local podrá asistirse de los cargos y personal que considere oportunos para poder analizar la idoneidad de los candidatos.
La Junta de Gobierno Local procederá, en el plazo de un mes y previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la correspondiente resolución dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado al órgano competente de la Junta de Andalucía y al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, para la anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado, de conformidad con el art. 28.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio.
Segundo. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o en su caso, actuar conforme a lo previsto en el artículo 44.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Sevilla, 16 de octubre de 2014.- El Director General, Francisco Javier Camacho González.
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