Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 29/10/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 15 de octubre de 2014, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 378/2014.

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Procedimiento: Despido Objetivo Individual 378/2014. Negociado: A2.

NIG: 2906744S20140005688.

De: Juan Carlos Ruiz Ruiz y Juan Luis González Fuentes.

Contra: TR Vídeo TV, S.L.

EDICTO

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 378/2014 a instancia de la parte actora Juan Carlos Ruiz Ruiz y Juan Luis González Fuentes contra TR Vídeo TV, S.L., sobre Despido Objetivo Individual se ha dictado Resolución de fecha 8.10.14 del tenor literal siguiente:

FALLO

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Juan Luis González Fuentes frente a TR Vídeo TV, S.L., debo declarar y declaro la improcedencia del despido de 25 de febrero de 2014, declarando extinguida la relación laboral a fecha de 25 de febrero de 2014 y condenando a Servicios de Marketing Litoral, S.L., a 8.702,50 euros de indemnización.

Que debo condenar y condeno a TR Vídeo TV, S.L., al abono de 590 euros más 10% de mora.

Que debo declarar y declaro que Fogasa debe estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Málaga, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 191 LRJS.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado TR Vídeo TV, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOJA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Málaga, a quince de octubre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.

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