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Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 139/2014. Negociado: I.
NIG: 4109144S20130000333.
De: Doña Silvia Calvete Carrero, doña Alejandra Aguilar Buzón, doña Belinda Núñez Rodríguez, doña Sandra Carolina Gaviria Quinterio, doña Leire Álvarez de Celis, doña María del Carmen González González, doña Silvia Calvete Carrero, doña Alejandra Aguilar Buzón, doña Belinda Núñez Rodríguez, doña Sandra Carolina Gaviria Quintero, doña Leire Álvarez de Celis y doña María del Carmen González González.
Contra: Fondo Garantía Salarial, Infarest, S.L., y Fogasa.
EDICTO
Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.
Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 139/2014 a instancia de la parte actora doña Silvia Calvete Carrero, doña Alejandra Aguilar Buzón, doña Belinda Núñez Rodríguez, doña Sandra Carolina Gaviria Quinterio, doña Leire Álvarez de Celis, doña María del Carmen González González, doña Silvia Calvete Carrero, doña Alejandra Aguilar Buzón, doña Belinda Núñez Rodríguez, doña Sandra Carolina Gaviria Quintero, doña Leire Álvarez de Celis y doña María del Carmen González González, contra Fondo Garantía Salarial, Infarest, S.L., y Fogasa, sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:
DECRETO
Secretario Judicial: Doña María Amparo Atares Calavia.
En Sevilla, a veinte de octubre de dos mil catorce.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Silvia Calvete Carrero, Alejandra Aguilar Buzón, Belinda Núñez Rodríguez, Fondo Garantía Salarial, Sandra Carolina Gaviria Quinterio, Leire Álvarez de Celis, María del Carmen González González, Silvia Calvete Carrero, Alejandra Aguilar Buzón, Belinda Núñez Rodríguez, Sandra Carolina Gaviria Quintero, Leire Álvarez de Celis y María del Carmen González González han presentado demanda de ejecución frente a Infarest, S.L.
Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 3 de junio de 2014 por un total de 91.340,57 euros de principal más la cantidad de 27.402 euros presupuestados para intereses y costas.
Tercero. No se han encontrado bienes susceptibles de traba y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Único. Disponen los arts. 250 y 276 de la LRJS que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
Declarar al/a los ejecutado/s Infarest, S.L., en situación de insolvencia total por importe de 91.340,57 euros de principal más la cantidad de 27.402 euros presupuestados para intereses y costas euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes.
Notifíquese la presente resolución.
Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma ajuicio del recurrente, art. 188 LRJS. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en el núm. de cuenta de este Juzgado núm. debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
El/La Secretario Judicial.
Y para que sirva de notificación al demandado Infarest, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a veinte de octubre de dos mil catorce.- El/La Secretario/a Judicial.
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