Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 218 de 07/11/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Resolución de 3 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que, en ejecución de la Sentencia núm. 2628/2012, de 8 de octubre, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, recaída en el recurso núm. 1369/2008, se ofertan vacantes a la persona que se cita, como aspirante seleccionado en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes Técnicos, especialidad Agentes de Medio Ambiente (C1.2100), correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2005, en cumplimiento del Auto de 9 de octubre de 2014.

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ANTECEDENTES

Primero. Mediante Orden de 21 de abril de 2005, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 90, de 11 de mayo), se convocaron pruebas selectivas para ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Ayudantes Técnicos, especialidad Agentes de Medio Ambiente, correspondientes a la Oferta de Empleo Público de 2005, publicándose la oferta de vacantes a los aspirantes seleccionados mediante Resolución de 21 de noviembre de 2007, de la Secretaría General para la Administración Pública (BOJA núm. 241, de 10 de diciembre).

Asimismo, mediante Orden de 12 de febrero de 2008, de la Consejería de Justicia y Administración Pública (BOJA núm. 43, de 3 de marzo), se nombran funcionarios de carrera del citado Cuerpo de Ayudantes Técnicos, especialidad Agentes de Medio Ambiente.

Segundo. Contra la desestimación del recurso de alzada presentado contra la relación definitiva de aprobados en las pruebas selectivas de referencia, fue interpuesto recurso contencioso-administrativo por don Carlos Rodríguez Ávila, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, dictando la Sentencia núm. 2628/2012, de 8 de octubre, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: «Estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña María Molina Cañabate, en nombre y representación de don Carlos Rodríguez Ávila, y, en consecuencia, ordenamos a la Administración demandada que proceda a valorar el Curso “Calidad Ambiental en la Empresa” como mérito del recurrente en el proceso selectivo de que tratamos, atribuyéndole por tal concepto 7,5 puntos. Sin expresa imposición de las costas procesales que se hubiesen causado».

Mediante Providencia de 21 de mayo de 2013 la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, determina la firmeza de la citada Sentencia, con el fin de que se lleve a puro y debido efecto lo acordado en la parte dispositiva de la misma.

Tercero. En cumplimiento de la citada Sentencia, la Comisión de Selección de las pruebas selectivas de referencia, según consta en Acta de fecha 11 de septiembre de 2013 e Informe del Servicio de Selección del Instituto Andaluz de Administración Pública, de 16 de septiembre de 2013, acuerda modificar la puntuación de don Carlos Rodríguez Ávila, incrementando hasta los 28,3 puntos la valoración otorgada en la fase de concurso, lo cual determina, una vez sumados los 90,4381 puntos correspondientes a la fase de oposición, una puntuación total de 118,7381.

Cuarto. Con fecha 9 de octubre de 2014 se dicta Auto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, en la ejecutoria núm. 255.4/2013, dimanante del recurso contencioso-administrativo núm. 1369/2008.

Dicho Auto acuerda, en su parte dispositiva, en el apartado 2.º, «Ordenar la continuación de la ejecutoria a fin de resolver la situación del ejecutante en base a la puntuación reconocida en sentencia, y con relación a la puntuación originaria que daba lugar a la superación del proceso de selección, todo ello con los efectos económicos y administrativos inherentes» y, en el apartado 4.º, requerir a la Administración de la Junta de Andalucía para que se lleven a cabo las actuaciones oportunas para el cumplimiento de los pronunciamientos del fallo de la sentencia de 8 de octubre de 2012. Por su parte, en su fundamento jurídico tercero, determina lo siguiente: (...) Considerando pues la imposibilidad de que existan diferentes notas de corte para los aspirantes de un mismo proceso de selección, así como que una única nota de corte se extendiese a los terceros de buena fe que superaron el proceso de selección en base a la primitiva nota de corte, no cabe sino concluir en la imposibilidad de proceder a una nueva nota de corte debiendo por tanto procederse en su caso a la resolución del proceso de selección y en su caso al nombramiento como funcionario de los aspirantes seleccionados, sobre la base de la primitiva y originaria nota de corte fijada por la Administración.

Teniendo en cuenta que en el proceso selectivo impugnado existe un procedimiento pendiente de sentencia judicial firme, que conllevará la elaboración de un listado definitivo de aprobados, dictado en ejecución conjunta de todas las sentencias, en este momento se desconoce el número de orden que finalmente obtendría el interesado en el proceso selectivo.

No obstante, en cumplimiento del Auto de 9 de octubre de 2014, que acuerda requerir a la Administración de la Junta de Andalucía para que se lleven a cabo las actuaciones oportunas para el cumplimiento de los pronunciamientos del fallo de la sentencia de 8 de octubre de 2012, y a la vista del Acta de la Comisión de Selección del proceso selectivo de referencia de 11 de septiembre de 2013 y del Informe del Servicio de Selección de 16 de septiembre de 2013, se le ofertan al interesado las plazas vacantes que figuran en el Anexo I de la presente Resolución, y ello sin perjuicio de las conclusiones que la Administración deba extraer en orden a la revisión de oficio de la situación de los aspirantes a quien la nueva baremación pudiese alterar sus derechos a tener por superado el proceso de selección.

Quinto. De la documentación inscrita en el Registro General de Personal se constata que figura inscrito el título de bachiller.

Sexto. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y el Decreto 156/2012, de 12 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en relación con el artículo 19 de la Orden de 26 de noviembre de 2012, de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se delegan y se atribuyen competencias en diversas materias en órganos de la Consejería de Hacienda y Administración Pública y de sus entidades instrumentales, modificado por la Orden de 29 de abril de 2013, la competencia para disponer el cumplimiento y, en su caso, la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las resoluciones dictadas por los tribunales y juzgados en aquellos procedimientos en que sea parte la Consejería de Hacienda y Administración Pública, en materia general de función pública y que afecten al ámbito funcional de competencias de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, se encuentra delegada en la persona titular de la citada Dirección General, por lo que, en uso de la delegación efectuada,

RESUELVE

Primero. En cumplimiento del Auto de 9 de octubre de 2014, dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, en la ejecutoria núm. 255.4/2013, dimanante del recurso contencioso-administrativo núm. 1369/2008, y a fin de favorecer la celeridad de la gestión del proceso, los trámites de oferta de vacantes, presentación de documentación preceptiva y petición de destinos se sustituirán por un acto único, que se celebrará el día 12 de noviembre de 2014, a las 12,00 horas, en la sede de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, sita en calle Alberto Lista, número 16, de la ciudad de Sevilla, todo ello en los términos establecidos en el Antecedente Cuarto de la presente Resolución.

Al acto deberá comparecer dicho aspirante provisto del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, así como de la documentación que a continuación se relaciona:

- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero. En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.

- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al Cuerpo o escala de funcionario. En caso de ser nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que le impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

- Certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo y especialidad a que se aspira.

- Petición de destino, conforme al modelo que se publica como Anexo II de la presente Resolución.

Segundo. Si dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente acreditada, no comparece, no presenta la documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la Orden de Convocatoria, no podrá ser nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Ayudantes Técnicos, especialidad Agentes de Medio Ambiente (C1.2100), quedando anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial. Asimismo, en el caso de que no solicite ninguno de los puestos ofertados, le será asignado uno, de oficio, por la Administración.

Sevilla, 3 de noviembre de 2014.- La Directora General, Isabel Mayo López.

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