Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 219 de 10/11/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Orden de 3 de noviembre de 2014, por la que se regulan ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00058007.

El artículo 20.1 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados por las Administraciones Públicas sólo podrá hacerse por medio de disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o Diario Oficial correspondiente, con la forma y contenidos establecidos en los artículos 53 y 54, respectivamente, del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Por otra parte, y de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 39.2 de la citada Ley Orgánica, los ficheros de titularidad de las Administraciones Públicas serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos.

Asimismo, el artículo 55.1 del citado Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, señala que todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por el órgano competente de la Administración responsable del fichero, para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, cumplimentando los modelos o formularios electrónicos publicados al efecto por la Agencia conforme a lo previsto por el artículo 130.2 del citado Reglamento.

Los ficheros recogidos en Anexos a la presente Orden han sido objeto de regulación en la Orden de 20 de abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, en las Órdenes de 5 de octubre de 2005, de 26 de febrero de 2007, de 15 de julio de 2010, y de 8 de febrero de 2011, todas de la Consejería de Empleo y, en las Órdenes de 26 de febrero de 2007, de 7 de marzo de 2008, y de 17 de marzo de 2010, todas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

El Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, dispone en su artículo 8 el mantenimiento de las competencias atribuidas a la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo por el Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; esto es, las que hasta entonces tenían atribuidas la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y la Consejería de Empleo, con excepción de las relativas a la política financiera y las correspondientes a las políticas migratorias y a la formación profesional para el empleo.

En consecuencia, la presente Orden se dicta con objeto de adaptar la organización de los ficheros gestionados por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo al Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, suprimiendo las duplicidades de ficheros derivadas de la fusión de las dos Consejerías.

En su virtud, a propuesta de la Secretaría General Técnica y, en uso de las atribuciones previstas en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

D I S P O N G O

Artículo 1. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto la creación, modificación y supresión de ficheros de datos de carácter personal gestionados por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que se relacionan y describen en Anexos I, II y III de esta Orden.

Artículo 2. Adopción de medidas.

Las personas titulares de los órganos responsables de cada fichero adoptarán las medidas necesarias para asegurar la confidencialidad, seguridad e integridad de los datos, así como las conducentes a hacer efectivas las demás garantías, obligaciones y derechos reconocidos en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, y en las demás normas vigentes.

Artículo 3. Cesiones de datos.

1. La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo podrá ceder a terceros o a otras Administraciones Publicas los datos contenidos en los ficheros referidos en Anexos a esta Orden, en los términos previstos en los artículos 11 y 21 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

2. Igualmente, se podrán ceder al Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía para fines estadísticos, y de acuerdo con la Ley 4/1989, de 12 de diciembre, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los datos contenidos en los ficheros relacionados en Anexos de esta Orden, cuando aquél lo demande.

Artículo 4. Derecho de oposición, acceso, rectificación y cancelación de datos.

Las personas o colectivos afectados por el contenido de los ficheros podrán ejercitar sus derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de datos, cuando proceda, ante el órgano que para cada fichero se determina en Anexos I y II de esta Orden.

Artículo 5. Creación de ficheros.

Se crean los ficheros de datos de carácter personal relacionados en Anexo I de la presente Orden.

Artículo 6. Modificación de ficheros.

Los ficheros de datos de carácter personal relacionados en Anexo II de la presente Orden, creados por las Órdenes que en el mismo se citan, se adaptarán a las descripciones contenidas en los apartados correspondientes del citado Anexo, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 54.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

Artículo 7. Supresión de ficheros.

Se suprimen los ficheros de datos de carácter personal que se relacionan en Anexo III de la presente Orden, por duplicidad derivada de la reestructuración de Consejerías regulada por Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías. El destino que ha de darse a los datos de los ficheros que se suprimen será el que se establece para cada uno de ellos en el citado Anexo III de la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 54.3 del Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

Disposición adicional única. Inscripción de los ficheros en el Registro General de Protección de Datos.

Los ficheros de datos de carácter personal relacionados en los Anexos I, II y III de esta Orden serán notificados a la Agencia Española de Protección de Datos para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado de una copia de la presente norma a través del modelo normalizado elaborado al efecto por la Agencia.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Quedan sin efectos cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta Orden y en particular, la regulación que sobre los ficheros que figuran en anexos de la presente Orden, se contiene en la Orden de 20 de abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico; en las Órdenes de 5 de octubre de 2005, de 26 de febrero de 2007, de 15 de julio de 2010, y de 8 de febrero de 2011, todas de la Consejería de Empleo; y en las Órdenes de 26 de febrero de 2007, de 7 de marzo de 2008, y de 17 de marzo de 2010, todas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 3 de noviembre de 2014

josé sánchez maldonado
Consejero de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

ANEXO I

FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, INNOVACIÓN, CIENCIA Y EMPLEO QUE SE CREAN

ÍNDICE DE CONTENIDO

Órgano responsable: Secretaría General Técnica.

1. Control de acceso y videovigilancia de las sedes de servicios centrales.

2. Servicio multicanal de atención a la ciudadanía.

3. Directorio, registro y gestión de visitas y correspondencia.

4. Gestión económica y administración general.

5. Gestión de la contratación.

6. Gestión de recursos humanos y personal.

7. Legislación y recursos.

8. Gestión de recursos informáticos.

Órgano responsable: Dirección General de Relaciones Laborales.

9. Ayudas sociolaborales y subvenciones.

DESCRIPCIÓN DE LOS FICHEROS QUE SE CREAN

1. Control de acceso y videovigilancia de las sedes de servicios centrales.

a) Órgano responsable: Secretaría General Técnica.

b) Usos y fines: registro de los accesos de personas y vehículos a las sedes de los servicios centrales de la Consejería. Archivo de imágenes recogidas a través de sistemas de videovigilancia.

c) Personas o colectivos afectados: personas que acceden a las sedes a pie o en vehículo.

d) Procedimiento de recogida de datos: cámaras de video y petición de datos a las personas que acceden.

e) Tipología de los datos: nombre y apellidos, sexo, DNI, imágenes de video.

f) Sistema de tratamiento: mixto.

g) Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

h) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Secretaría General Técnica.

i) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: básico.

2. Servicio multicanal de atención a la ciudadanía.

a) Órgano responsable: Secretaría General Técnica.

b) Usos y fines: gestión y atención de consultas de la ciudadanía por vía telefónica, presencial y telemática. Gestión de cita previa telefónica. Atención de incidencias informáticas relacionadas con tramitación telemática de procedimientos. Grabaciones y escuchas de audio de las llamadas telefónicas para aseguramiento de la calidad de la prestación del servicio.

c) Personas o colectivos afectados: personas que demandan información a la Consejería por cualquiera de los canales descritos.

d) Procedimiento de recogida de datos: datos obtenidos del propio interesado, grabaciones de audio.

e) Tipología de los datos: nombre y apellidos, sexo, DNI, dirección postal y electrónica, teléfono, objeto de la consulta, grabaciones de audio.

f) Sistema de tratamiento: mixto.

g) Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

h) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Secretaría General Técnica.

i) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: básico.

3. Directorio, registro y gestión de visitas y correspondencia.

a) Órgano responsable: Secretaría General Técnica.

b) Usos y fines: gestión de documentación de entrada y salida, visitas, correspondencia y contactos.

c) Personas o colectivos afectados: personas que presentan documentación o contactan con la Secretaría General Técnica.

d) Procedimiento de recogida de datos: obtenidos del propio interesado o de fuentes accesibles al público.

e) Tipología de los datos: nombre y apellidos, sexo, DNI, cargo, dirección postal y electrónica, teléfono.

f) Sistema de tratamiento: mixto.

g) Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

h) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Secretaría General Técnica.

i) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: básico.

4. Gestión económica y administración general.

a) Órgano responsable: Secretaría General Técnica.

b) Usos y fines: gestión y tramitación de expedientes de gasto, control de facturas y pago a proveedores, gestión de archivos y biblioteca, becas de formación en la Secretaría General Técnica.

c) Personas o colectivos afectados: proveedores de bienes y servicios, becarios y usuarios biblioteca.

d) Procedimiento de recogida de datos: obtenidos del propio interesado o su representante legal.

e) Tipología de los datos: nombre y apellidos, DNI, sexo, dirección postal y electrónica, teléfono, datos académicos, profesionales y comerciales, económicos, financieros y de seguros.

f) Sistema de tratamiento: mixto.

g) Cesiones de datos que se prevén: las inherentes a la tramitación de los procedimientos administrativos.

h) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Secretaría General Técnica.

i) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: básico.

5. Gestión de la contratación.

a) Órgano responsable: Secretaría General Técnica.

b) Usos y fines: gestión de los expedientes de contratación.

c) Personas o colectivos afectados: personas que licitan o contratan con la Consejería.

d) Procedimiento de recogida de datos: obtenidos del propio interesado o su representante legal, de otras Administraciones o Registros públicos.

e) Tipología de los datos: nombre y apellidos, DNI, sexo, dirección postal y electrónica, teléfono, datos académicos, profesionales y comerciales, económicos, financieros y de seguros.

f) Sistema de tratamiento: mixto.

g) Cesiones de datos que se prevén: las inherentes a la tramitación de los procedimientos administrativos.

h) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Secretaría General Técnica.

i) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: básico.

6. Gestión de recursos humanos y personal.

a) Órgano responsable: Secretaría General Técnica.

b) Usos y fines: gestión de recursos humanos y personal.

c) Personas o colectivos afectados: personal de la Consejería.

d) Procedimiento de recogida de datos: obtenidos del propio interesado.

e) Tipología de los datos: nombre y apellidos, DNI, sexo, dirección postal y electrónica, teléfono, firma, número de registro personal, número de seguridad social, académicos y formativos, económicos, financieros y de seguros.

f) Sistema de tratamiento: mixto.

g) Cesiones de datos que se prevén: las inherentes a la tramitación de los procedimientos administrativos.

h) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Secretaría General Técnica.

i) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: básico.

7. Legislación y recursos.

a) Órgano responsable: Secretaría General Técnica.

b) Usos y fines: elaboración de informes y proyectos normativos, tramitación de recursos, procedimientos sancionadores, de responsabilidad patrimonial, revisiones de oficio y demás atribuidos a la Secretaría General Técnica.

c) Personas o colectivos afectados: personas que interponen recursos o formulan reclamaciones previas e interesados en los procedimientos.

d) Procedimiento de recogida de datos: obtenidos del propio interesado o su representante legal.

e) Tipología de los datos: nombre y apellidos, DNI, dirección postal y electrónica, teléfono, firma, infracciones administrativas, sanciones.

f) Sistema de tratamiento: mixto.

g) Cesiones de datos que se prevén: las inherentes a la tramitación de los procedimientos administrativos.

h) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Secretaría General Técnica.

i) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: medio.

8. Gestión de recursos informáticos.

a) Órgano responsable: Secretaría General Técnica.

b) Usos y fines: gestión de recursos informáticos y del puesto de trabajo.

c) Personas o colectivos afectados: personas del organismo usuarias de los recursos informáticos.

d) Procedimiento de recogida de datos: obtenidos de los propios interesados.

e) Tipología de los datos: datos identificativos y del puesto de trabajo.

f) Sistema de tratamiento: mixto.

g) Cesiones de datos que se prevén: ninguna.

h) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Secretaría General Técnica.

i) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: básico.

9. Ayudas sociolaborales y subvenciones.

a) Órgano responsable: Dirección General de Relaciones Laborales.

b) Usos y fines: gestión y tramitación de ayudas sociolaborales y subvenciones de la competencia de la Dirección General de Relaciones Laborales.

c) Personas o colectivos afectados: personas beneficiarias y solicitantes de las ayudas y subvenciones.

d) Procedimiento de recogida de datos: datos obtenidos del propio interesado o su representante legal, de sus empleadores y de las administraciones públicas.

e) Tipología de los datos: nombre y apellidos, sexo, DNI, fecha de nacimiento, número de afiliación a la Seguridad Social, direcciones postal y electrónica, teléfono, datos bancarios, situación familiar a efectos de IRPF, vida laboral.

f) Sistema de tratamiento: mixto.

g) Cesiones de datos que se prevén: las inherentes a la tramitación de los procedimientos administrativos.

h) Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación: Dirección General de Relaciones Laborales.

i) Nivel exigible respecto a las medidas de seguridad: básico.

ANEXO II

FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL QUE SE MODIFICAN

Órgano responsable: Titular de la Consejería.

1. Se modifica el siguiente fichero declarado por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, que cambia su denominación a Directorio, gestión de visitas y correspondencia y se le incorporan los datos del fichero Gestión de correspondencia procedente de la Consejería de Empleo, que se suprime en Anexo III:

2050740075 Gestión de correspondencia y visitas. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Órgano responsable: Dirección General de Relaciones Laborales.

2. Se modifica el órgano responsable y la Unidad o Servicio ante el que pueden ejercitarse los derechos de oposición, acceso, rectificación y cancelación de los siguientes ficheros declarados por la Consejería de Empleo, que pasa a ser en ambos casos, la Dirección General de Relaciones Laborales de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo:

2050740037 Residencias de Tiempo Libre. Regulado por Orden de 8 de febrero de 2011, de la Consejería de Empleo.

2050740995 Árbitros sindicales. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

2050740021 Elecciones representantes trabajadores. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740034 Revisión de actos en vía administrativa. Regulado por Orden de 26 de febrero 2007, de la Consejería de Empleo.

ANEXO III

FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL QUE SE SUPRIMEN

Órgano responsable: Secretaría General Técnica.

1. Se suprimen los siguientes ficheros declarados por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y por la Consejería de Empleo, cuyos datos se incorporan al fichero 1. Control de acceso y videovigilancia de las sedes de servicios centrales, del anterior Anexo I:

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia:

2050740056 Control de accesos. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2072740658 Videovigilancia Prensa. Regulado por Orden de 7 de marzo de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

2072740667 Videovigilancia WTC. Regulado por Orden de 7 de marzo de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Consejería de Empleo:

2050740015 Control de accesos. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

2. Se suprimen los siguientes ficheros declarados por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y por la Consejería de Empleo, cuyos datos se incorporan al fichero 2. Servicio multicanal de atención a la ciudadanía, del anterior Anexo I:

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia:

2050740052 Archivo consulta expertos. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740050 Centro de llamadas. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740051 Cita previa. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2081620486 Grabaciones SAC. Regulado por Orden de 6 de mayo de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Consejería de Empleo:

2050740013 Archivo consulta expertos. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740011 Centro de llamadas. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

3. Se suprimen los siguientes ficheros declarados por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y por la Consejería de Empleo, cuyos datos se incorporan al fichero 3. Directorio, registro y gestión de visitas y correspondencia, del anterior Anexo I:

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia:

2081620459 Ag@ta. Regulado por Orden de 7 de marzo de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

2050740043 Agendas de Contacto. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740067 Directorio. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740076 Gestión de correspondencia. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740080 Histórico Registro Entrada y Salida. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Consejería de Empleo:

2050740020 Directorio. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

2050740028 Gestión de correspondencia. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

2050740030 Histórico Registro Entrada y Salida. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

4. Se suprimen los siguientes ficheros declarados por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y por la Consejería de Empleo, cuyos datos se incorporan al fichero 4. Gestión económica y administración general, del anterior Anexo I:

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia:

2050740057 Control de facturas y proveedores. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740055 Consulta y préstamos biblioteca. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740072 Gestión de Becas. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Consejería de Empleo:

2050740014 Consulta y préstamos biblioteca. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740999 Gestión de Becas. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

5. Se suprimen los siguientes ficheros declarados por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y por la Consejería de Empleo, cuyos datos se incorporan al fichero 5. Gestión de la contratación, del anterior Anexo I:

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia:

2050740073 Gestión de contratos. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Consejería de Empleo:

2050740026 Gestión de contratos. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

6. Se suprimen los siguientes ficheros declarados por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y por la Consejería de Empleo, cuyos datos se incorporan al fichero 6. Gestión de recursos humanos y personal, del anterior Anexo I:

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia:

2050740059 Control presencia y permisos. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2072010134 Crono. Regulado por Orden de 26 de febrero de 2007, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

2050740063 Cursos del IAAP. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740996 Gestión y administración de personal. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740114 Productividad. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Consejería de Empleo:

2050740017 Control de presencia y permisos. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

2050740998 Gestión y administración de personal. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

2050740032 Productividad. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

7. Se suprimen los siguientes ficheros declarados por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y por la Consejería de Empleo, cuyos datos se incorporan al fichero 7. Legislación y recursos, del anterior Anexo I:

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia:

2050740070 Gestión expedientes administrativos de legislación. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Consejería de Empleo:

2050740024 Gestión expedientes administrativos de legislación. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

8. Se suprimen los siguientes ficheros declarados por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia y por la Consejería de Empleo, cuyos datos se incorporan al fichero 8. Gestión de recursos informáticos, del anterior Anexo I:

Consejería de Economía, Innovación y Ciencia:

2050740078 Gestión recursos y usuarios informática. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2050740147 Servicios web. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2072010212 QM Quality Management. Regulado por Orden de 26 de febrero de 2007, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

2072010157 Helpdesk. Regulado por Orden de 26 de febrero de 2007, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

2101260153 GEUSA. Regulado por Orden de 17 marzo de 2010, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Consejería de Empleo:

2102722063 Registro de accesos a sistemas informáticos e internet. Regulado por Orden de 15 de julio de 2010, de la Consejería de Empleo.

2050740041 Servicios web. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

9. Se suprimen los siguientes ficheros declarados por Consejería de Economía, Innovación y Ciencia por tratarse de herramientas informáticas que carecen de datos personales:

2072010135 DSS. Regulado por Orden de 7 de marzo de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

2050740047 Ayudas integra. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

2072010209 Present@. Regulado por Orden de 5 de febrero de 2008, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa.

Órgano responsable: Titular de la Consejería.

10. Se suprime el siguiente fichero declarado por la Consejería de Empleo, cuyos datos se incorporan al fichero 1. Directorio, gestión de visitas y correspondencia, modificado en el anterior Anexo II:

2050740027 Gestión de Correspondencia. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

Órgano responsable: Viceconsejería.

11. Se suprime el siguiente fichero declarado por la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, cuyos datos se incorporan al fichero 9. Ayudas sociolaborales y subvenciones, del anterior Anexo I:

2050740048 Ayudas previas jubilación ordinaria. Regulado por Orden de 20 abril de 2004, de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico.

Órgano responsable: Dirección General de Relaciones Laborales.

12. Se suprime el siguiente fichero declarado por la Consejería de Empleo, cuyos datos se incorporan al fichero 9. Ayudas sociolaborales y subvenciones, del anterior Anexo I:

2050740042 Subvenciones y ayudas-integra. Regulado por Orden de 5 de octubre de 2005, de la Consejería de Empleo.

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