Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 05/02/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 28 de enero de 2014, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se ordena la inscripción, depósito y publicación del Acuerdo de modificación del I Convenio Colectivo de ámbito autonómico de Andalucía para el Sector de Aparcamientos y Garajes 2011-2014.

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Vista el Acta de la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo de ámbito autonómico de Andalucía para el Sector de Aparcamientos y Garajes 2011-2014 (Cód. 71000592011996), suscrita con fecha 30 de diciembre de 2013, en la que se acuerda la modificación de los artículos 4, 5 y 36 de dicho Convenio, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

RESUELVO

Primero. Ordenar la inscripción, depósito y publicación del citado Acuerdo de modificación en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de enero de 2014.- El Director General, Manuel Gabriel Pérez Marín.

ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL I CONVENIO COLECTIVO DE ÁMBITO AUTONÓMICO DE ANDALUCÍA PARA EL SECTOR DE APARCAMIENTOS Y GARAJES 2011-2014

En representación de la Federación de Servicios a la Ciudadanía CC.OO. de Andalucía:

Francisco Jorge Golfín Salas.

Agustín de la Cruz Serna.

María de la Paz Vargas Martínez.

En representación de la Federación de Transportes Comunicaciones y Mar de UGT de Andalucía:

Manuel Romero García.

Francisco Javier Valdivieso Fontán.

José Romero Vázquez.

En representación de ASEPAN-ASESGA:

Esperanza Toribio García.

José María López Yáñez.

Alejandro Barrio Álvarez.

Baltasara Blanco Gutiérrez.

En la ciudad de Sevilla, siendo las 11:00 horas del día 30 de diciembre de 2013, se reúne la Comisión Negociadora del I Convenio Colectivo Autonómico de Andalucía Aparcamientos y Garajes, con las personas anteriormente reseñadas.

Una vez comenzada la reunión, tras las deliberaciones oportunas y pertinentes de las personas relacionadas en la representación que ostentan, se alcanzan los siguientes acuerdos:

Primero. Los reunidos en la representación que ostentan y por unanimidad hacen constar en esta acta el reconocimiento recíproco de legitimidad para la revisión de este Convenio.

Segundo. La revisión del convenio colectivo en vigor en los siguientes artículos:

Artículo 4. Ámbito Temporal. Se suprime la redacción actual por la siguiente:

El presente convenio extenderá su vigencia desde el 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre del año 2015, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial correspondiente.

Si bien su entrada en vigor se producirá al día siguiente de su publicación en el BOJA, los conceptos salariales y las tablas se aplicarán con carácter retroactivo, desde el 1 de enero de 2011, en toda la comunidad de Andalucía.

Artículo 5.º Procedimiento para la revisión de convenio. Se suprime la redacción actual por la siguiente redacción:

El presente Convenio Colectivo seguirá en vigor en todo su contenido en tanto que cualquiera de las partes firmantes del convenio no lo denuncien, con al menos dos meses de antelación a su terminación o prórroga en curso.

En el caso de no producirse la denuncia, se prorrogará por periodos anuales, es decir, de año en año.

En caso de denuncia del presente convenio colectivo por alguna de las partes, ésta deberá efectuarse mediante comunicación escrita a la otra parte, obligándose las mismas a constituir la mesa de negociación y fijar calendario de reuniones en un plazo no superior a dos meses a contar desde la recepción por las partes de la pertinente denuncia.

Durante el tiempo de negociación del mismo las partes se comprometen a negociar en base a la buena fe, así como acudir y someterse a fórmulas voluntarias de solución extrajudicial de conflictos interprofesionales en el caso de desacuerdo que bloquee la posibilidad de un nuevo convenio conforme al V Acuerdo sobre Solución Autónoma de Conflictos Laborales (V ASAC).

Por último, durante el tiempo en el que no hubiese acuerdo tras la denuncia y/o inicio de la negociación, tras someterse a los sistemas de mediación y/o conciliación, incluso al arbitraje voluntario, el presente convenio seguirá en vigor en todo su contenido mientras no sea sustituido por uno nuevo.

Artículo 36. Revisión Salarial. Se realiza el siguiente añadido a la redacción vigente:

2014: Se aplicará un incremento salarial a todos los conceptos salariales y extra salariales del 1%.

2015: Se aplicará un incremento salarial a todos los conceptos salariales y extra salariales del 1%.

Por tanto el artículo 36 Revisión salarial, quedaría redactado de la siguiente forma:

2012: Se aplicará el IPC real de 2011.

2013: Se aplicará la tabla siguiente, tomando como referencia el IPC real del año anterior.

Cláusula de revisión salarial Horquillas posibles
IPC 2013
Incremento
máximo
Incremento mínimo
Si el IPC real >=2,5% No apllica N/A N/A
2,4%>=IPC real>=2,0% 0,35% 2,75 2,35
1,9%>=IPC real>=1,5% 0,60% 2,5 2,1
1,4%>=IPC real >=1% 1% 2,4 2

2014: Se aplicará un incremento salarial a todos los conceptos salariales y extra salariales del 1%.

2015: Se aplicará un incremento salarial a todos los conceptos salariales y extra salariales del 1%.

Tercero. El resto del convenio colectivo mantiene su vigencia y redacción actual.

Cuarto. Se acuerda unánimemente facultar a José Antonio López Izquierdo, con DNI 53689290-E, para que en nombre de esta comisión realice cuantas gestiones sean necesarias para el depósito, registro y publicación por los organismos competentes de esta acta de acuerdo de revisión del I Convenio Colectivo de ámbito autonómico de Andalucía para el sector de Aparcamientos y Garajes.

No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 14:00 horas del día arriba indicado.

En prueba de conformidad y a los efectos oportunos se firma esta acta por las personas reseñadas en el encabezamiento de esta acta.

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