Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 254 de 30/12/2014

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 16 de diciembre de 2014, por la que se nombran a las personas integrantes de la Comisión Técnica del Museo de Bellas Artes de Sevilla.

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El artículo 68.3 del Estatuto de Autonomía para Andalucía señala, no obstante lo dispuesto en el artículo 149.1.28.ª de la Constitución en su epígrafe 1º, que corresponde a nuestra Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre la «protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico». El citado artículo del texto constitucional reconoce la competencia exclusiva del Estado respecto a los «museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal, sin perjuicio de su gestión por las Comunidades Autónomas».

Asimismo, los artículos 68.2 y 47.1.1.ª del Estatuto atribuyen a la Comunidad Autónoma andaluza las competencias ejecutivas de la Comunidad Autónoma sobre los «museos, bibliotecas, archivos y otras colecciones de naturaleza análoga de titularidad estatal situados en su territorio lo que comprende, en todo caso, la regulación del funcionamiento, la organización y el régimen de su personal», así como la competencia exclusiva en materia de «procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia de la Comunidad Autónoma, la estructura y regulación de los órganos administrativos públicos de Andalucía y de sus organismos autónomos», respectivamente.

A tal fin, el Decreto 129/2014, de 9 de septiembre, por el que se crea el servicio administrativo con gestión diferenciada Museo de Bellas Artes de Sevilla, prevé, en su artículo 4.1, que el Museo contará con una Dirección, como órgano de carácter ejecutivo y de gestión, de la que dependerán las áreas de Conservación e Investigación, de Difusión y de Administración, así como con una Comisión Técnica, como órgano consultivo y de asesoramiento de carácter colegiado con la composición y funciones previstas en el artículo 9 del mencionado Decreto.

Por su parte, el artículo 9.2 del Decreto 129/2014, de 9 de septiembre, señala que dicha Comisión Técnica estará compuesta por la persona titular de la Dirección del Museo de Bellas Artes de Sevilla, que ejercerá la Presidencia, y seis vocales, que serán personas nombradas y separadas libremente por la persona titular de la Consejería competente en materia de museos, con un mandato de dos años, prorrogable automáticamente por periodos de igual duración.

Por todo ello, en uso de las facultades que tengo conferidas y de conformidad con el artículo 9 del Decreto 129/2014, de 9 de septiembre, y con el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. El nombramiento de las siguientes personas como titulares de la presidencia y las vocalías de la Comisión Técnica del Museo de Bellas Artes de Sevilla:

Presidenta:

Doña María del Valme Muñoz Rubio.

Vocales:

Doña Leticia Azcue Brea.

Don Salvador Moreno Peralta.

Don Alfonso Pleguezuelo Hernández.

Doña Elena Pol Méndez.

Don Juan Luis Ravé Prieto.

Don Jose Luis Romero Torres.

Segundo. La duración del mandato de las vocalías será de dos años, prorrogable automáticamente por periodos de igual duración.

Sevilla, 16 de diciembre de 2014

LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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