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Expte.: TIP/2011/201579.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.3.e) del Decreto 142/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y el artículo 14.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Territorial hace Público el Acuerdo de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz de fecha 11 de febrero de 2014, referente a la Corrección de Error Material del PGOU «Subsanación de Error en la grafía del PGOU de Los Barrios».
Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 17 de febrero de 2014, y con el número de registro 2894, se ha procedido a la Anotación Accesoria del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:
- Acuerdo de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz de fecha 11 de febrero de 2014, referente a la Corrección de Error Material del PGOU «Subsanación de Error en la grafía del PGOU de Los Barrios» (Anexo I).
ANEXO I
«Visto el expediente y documentación correspondiente a la solicitud del Ayuntamiento de Los Barrios para la Corrección de Error Material del PGOU “Subsanación de Error en la grafía del PGOU de Los Barrios», aprobada por acuerdo plenario de fecha 10 de junio de 2013; y visto el Informe emitido por el Servicio de Urbanismo de fecha 22 de enero de 2014; esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sección de Urbanismo, de Cádiz, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 13.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre (BOJA núm. 12, de 20 de enero), por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, emite el presente Acuerdo conforme a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El instrumento de planeamiento general vigente en el municipio de Los Barrios lo constituye el Plan General de Ordenación Urbanística, aprobado definitivamente de manera parcial por Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el día 22 de abril de 2008.
Segundo. La Corrección de Error Material del PGOU de Los Barrios, que se resuelve por esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, fue aprobada por el Ayuntamiento de dicho municipio en sesión plenaria celebrada el 10 de junio de 2013, a solicitud de la Autoridad Portuaria de la Bahía de Algeciras.
El documento remitido tiene por objeto rectificar el error gráfico detectado en el Plano núm. 53 de la serie de Ordenación Completa (E:1/2000). El error se localiza en una parte de los suelos de la Zona de Servicios del Puerto de la Bahía de Algeciras, en la desembocadura del río Guadarranque. El documento justifica que la calificación urbanística de los terrenos afectados debe ser Sistema General Portuario, de acuerdo con el artículo 56.1 de la Ley 2/2011, por la que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado, el Plan de Utilización de Espacios Portuarios, aprobado por Orden Ministerial de 12 de febrero de 1998, y el artículo 6.7.4.1 de la normativa urbanística del Plan General.
Tercero. La tramitación seguida por el Ayuntamiento para la Corrección de Error Material en el Plan General ha consistido en acuerdo plenario de 10 de junio de 2013, por el cual se aprueba el expediente y se somete a información pública, de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.
Cuarto. A la vista de la solicitud remitida por el Ayuntamiento de Los Barrios, el Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Cádiz emite Informe de fecha 22 de enero de 2014.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para la corrección de los errores detectados en los instrumentos de planeamiento se rige por las normas generales que regulan el procedimiento administrativo. De acuerdo con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, la competencia para la corrección del error corresponde a la Administración que dictó el acto, en este caso a la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, conforme al artículo 13.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre.
De conformidad con las competencias establecidas por el artículo 6 del Decreto de la Presidencia 4/2013, de 9 de septiembre, sobre reestructuración de las Consejerías, las competencias en materia de planificación, ordenación territorial y urbanismo, corresponden a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. En el Decreto 142/2013, de 1 de octubre, se establece la estructura orgánica de la Consejería quedando adscrita a la misma, entre otros órganos colegiados, las Comisiones Provinciales de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
El Decreto 525/2008 distribuye las competencias que en materia de urbanismo tiene la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA, entre los diferentes órganos de la Administración Andaluza. Las referencias que en el mismo se realizan a la Consejería con competencias en materia de urbanismo, se entienden realizadas a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, conforme a la Disposición Final Segunda del Decreto 4/2013.
Mediante Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 163/2013, de 8 de octubre, se crea la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, como órgano periférico de la Consejería.
Segundo. Analizada la documentación remitida por el Ayuntamiento, el Servicio de Urbanismo de esta Delegación Territorial emite Informe de fecha 22 de enero de 2014, en el que se estima la apreciación de error en la planimetría del Plan General y se considera que el documento técnico presentado por el Ayuntamiento es adecuado y conforme a su objetivo.
Tercero. A la vista de la solicitud del Ayuntamiento de Los Barrios, de corrección de error en el Plan General, conforme a lo establecido por el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede que la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz adopte acuerdo sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el artículo 13.2.a) del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, en relación con el artículo 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Cádiz, en virtud de lo establecido por el artículo 11.1 del Decreto 525/2008, de 16 diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, por la mayoría especificada en el artículo 10.3 del Decreto 525/2008, y en el artículo 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,
ACUERDA
1.º Aprobar la Corrección de Error Material del PGOU «Subsanación de Error en la grafía del PGOU de Los Barrios», solicitada por el Ayuntamiento, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 116.4 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, Convenios Urbanísticos y Bienes y Espacios Catalogados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
3.º Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, y por la Disposición Adicional Tercera del Decreto 525/2008, de 16 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Notifíquese el presente Acuerdo a los interesados con las advertencias legales que procedan.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa por su condición de disposición administrativa de carácter general, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en los artículos 23.3 del Decreto 525/2008, de 16 diciembre, y el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
Cádiz, 24 de febrero de 2014.- El Delegado, Federico Fernández Ruiz-Henestrosa.
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