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NIG: 2905442C20090005288.
Núm. Procedimiento: Recurso de Apelación Civil 491/2011.
Asunto: 400529/2011.
Autos de: Procedimiento Ordinario 1394/2009.
Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia, núm Uno, de Fuengirola.
Negociado: PR.
Apelante: Decker Promociones Construcciones y Reformas, S.L.
Procurador: Ana María Galán Rosales.
Abogado: Moreno de Torres, Francisco J.
Apelado: Iroko Sol, S.L. (Rebeldía).
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
Audiencia Provincial de Málaga Sección Cuarta.
Recurso: Recurso de Apelación Civil 491/2011.
En el recurso referenciado, se ha dictado la resolución cuyo Encabezamiento y Parte dispositiva son los siguientes:
Audiencia Provincial de Málaga. Sección Cuarta.
Juzgado de Primera Instancia número Uno de Fuengirola.
Juicio Ordinario número 1394/2009.
Rollo de Apelación número 491/2011.
SENTENCIA NÚM. 345/2013
Iltmos. Sres.:
Presidente:
Don José Javier Diez Núñez.
Magistrados:
Don Joaquín Delgado Baena.
Don Alejandro Martín Delgado.
En la Ciudad de Málaga, a veintiuno de julio de dos mil trece. Vistos, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los autos de juicio ordinario número 1394 de 2009, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Fuengirola (Málaga), sobre resolución contractual, seguidos a instancia de don Manuel Pérez Aragonés y doña Josefina Toledo Carrera, representados en esta alzada por el Procurador de los Tribunales don Jesús Olmedo Cheli y defendidos por el Letrado don José Soldado Gutiérrez, contra la entidad mercantil «Iroko Sol, S.L.», declarada procesalmente en rebeldía, y Decker Promociones Construcciones y Reformas, S.L., representada en esta alzada por la Procuradora de los Tribunales doña Ana María Galán Rosales y defendida por el Letrado don Francisco Javier Moreno de Torres; actuaciones procesales que se encuentran pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la codemandada personada contra la sentencia definitiva dictada en el citado juicio.
FALLAMOS
Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por la entidad mercantil «Decker Promociones Construcciones y Reformas, S.L.», representada en esta alzada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Galán Rosales, contra la sentencia de quince de junio de dos mil diez, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número Uno de Fuengirola (Málaga) en autos de juicio ordinario número 1394 de 2009, confirmando íntegramente la misma, debemos acordar y acordamos imponer las costas procesales causadas en esta alzada a la parte apelante.
Notifíquese la presente resolución a las partes personadas, devolviéndose seguidamente las actuaciones originales, con certificación de esta sentencia, al Juzgado de Primera Instancia de donde dimanan, a fin de que proceda llevar a cabo su cumplimiento y, en su caso, ejecución, todo ello con pérdida del depósito constituido para recurrir en apelación.
Así por esta nuestra sentencia, definitivamente juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
E/
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a Iroko Sol, S.L., extiendo y firmo la presente en Málaga a veinticuatro de octubre de dos mil trece.- La Secretario Judicial.
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