Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 81 de 29/04/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 3 de abril de 2014, por la que se autoriza el cambio de titularidad del Centro Docente Privado de Formación Profesional «ESAMA, Escuela Superior Andaluza de Medios Audiovisuales», de Sevilla.

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Javier Fernández Noriega, como representante de la entidad Nuevas Profesiones S.A., nuevo titular del centro docente privado de formación profesional «ESAMA, Escuela Superior Andaluza de Medios Audiovisuales», con domicilio en calle Isabela, núm. 3, de Sevilla, solicitando el cambio de titularidad de dicho centro, ostentada hasta ahora por ESAMA, S.L., según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el citado centro, con código 41001124, tiene autorización para impartir tres ciclos formativos de formación profesional de grado superior, uno de Sonido, uno de Producción de audiovisuales, radio y espectáculos, que ha sido sustituido por el de Producción de audiovisuales y espectáculos mediante el Real Decreto 1681/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Producción de audiovisuales y espectáculos y se fijan sus enseñanzas mínimas, y otro de Realización de audiovisuales y espectáculos, que ha sido sustituido por el de Realización de proyectos de audiovisuales y espectáculos mediante el Real Decreto 1680/2011, de 18 de noviembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Realización de proyectos de audiovisuales y espectáculos y se fijan sus enseñanzas mínimas.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad de referido centro a favor de ESAMA, S.L.

Resultando que ESAMA, S.L., mediante escritura pública de cesión otorgada ante don José Luis Lledó González, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, fechada en Sevilla, a cuatro de octubre de dos mil trece, cede a la entidad Nuevas Profesiones, S.A., la titularidad del mencionado centro.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro docente privado de formación profesional «ESAMA, Escuela Superior Andaluza de Medios Audiovisuales», código 41001124, con domicilio en calle Isabela, núm. 3, de Sevilla, que en lo sucesivo la ostentará la entidad Nuevas Profesiones, S.A., que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que acerca de dicho centro corresponden a la entidad titular cedente, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el resultando primero.

Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 3 de abril de 2014

LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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