Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 98 de 23/05/2014

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Decreto 91/2014, de 13 de mayo, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la Iglesia de Nuestra Señora de Guadalupe, en El Almendro (Huelva).

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.º de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a) que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

Así mismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería competente en materia de Patrimonio Histórico de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

II. La iglesia de Nuestra Señora de Guadalupe en El Almendro, Huelva, municipio situado en la zona occidental del Andévalo onubense, comienza su historia con la fundación en 1519 de la localidad de El Almendro, fruto del traslado de la población que existía previamente desde una zona cercana llamada Osma, lugar en el que hoy se ubica la ermita de Nuestra Señora de Piedras Alba. Esta iglesia es la edificación más antigua del municipio, remontándose los orígenes de su construcción al siglo XVI. Desde entonces las diferentes aportaciones en los correspondientes estilos de cada época han dado lugar a este edificio representativo de toda la historia de El Almendro.

En el transcurso de los años la iglesia ha sido remodelada y ampliada en diferentes momentos, principalmente en el siglo XVIII, por lo que posee los rasgos que representan los gustos artísticos de cada época, aunque su estructura original corresponde a la de una iglesia de tipología de tres naves con columnas y cubierta mudéjar de madera de la que no se encuentran ejemplos similares en la provincia de Huelva. Su estilo ecléctico es el resultado de elementos mudéjares, renacentistas, barrocos y neoclásicos, destacando entre sus componentes la armadura de madera, ejemplo espléndido de la arquitectura mudéjar, aun cuando se encuentre parcialmente velada por la bóveda encamonada del siglo XVIII.

El templo es un referente urbanístico primordial para la población, un elemento simbólico insustituible y que caracteriza al municipio. Su entidad es muy destacada, pudiendo considerarse como el inmueble de mayor entidad arquitectónica de su casco urbano. Asimismo, y dada su antigüedad, se constituye como el lugar de reunión de la población, siendo testigo de ceremonias, fiestas, etc., razón por la que su valor etnológico es incuestionable.

III. La Dirección General de Bienes Culturales e Instituciones Museísticas de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 27 de noviembre de 2012 (publicada en el BOJA núm. 59, de 26 de marzo de 2013), incoó procedimiento de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, de la Iglesia de Nuestra Señora de Guadalupe de El Almendro (Huelva), siguiendo la tramitación establecida en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

De acuerdo con la legislación aplicable, se cumplieron los trámites de información pública (BOJA número 197,  de 7 de octubre de 2013), de audiencia al Ayuntamiento de El Almendro y a los particulares directamente afectados en sus derechos. A los interesados desconocidos y a los que intentada la notificación no se pudo realizar, se procedió a notificarles dicho trámite mediante publicación en el BOJA, numero 37, de 24 de febrero de 2014 y su exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de El Almendro. Durante la tramitación del procedimiento el Ayuntamiento de El Almendro presentó alegaciones que fueron desestimadas por la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Huelva y debidamente notificadas al interesado.

Ha emitido informe favorable a la inscripción la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Huelva, en sesión celebrada con fecha 17 de mayo de 2013.

Terminada la instrucción del procedimiento, de conformidad con el artículo 27.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la Iglesia de Nuestra Señora de Guadalupe de El Almendro (Huelva).

A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado mediante Decreto 19/1995, de 7 de febrero, en relación a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede la inscripción de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, procede la práctica gratuita de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, así como en el artículo 46.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de mayo de 2014,

ACUERDA

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la iglesia de Nuestra Señora de Guadalupe, en El Almendro (Huelva), cuya descripción y delimitación figuran en el anexo al presente Decreto.

Segundo. Concretar un entorno en el cual las alteraciones pudieran afectar a los valores propios del Bien, a su contemplación, apreciación y estudio. Dicho entorno abarca los espacios públicos y privados, las parcelas, los inmuebles y elementos urbanos comprendidos dentro de la delimitación que figura en el Anexo y, gráficamente, en el plano de delimitación del Bien y su entorno.

Tercero. Inscribir como Bien de Interés Cultural, por su íntima vinculación con el inmueble, los bienes muebles que se relacionan y describen en el anexo al presente Decreto.

Cuarto. Instar el asiento de este Bien en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, así como en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Quinto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente.

Sexto. Ordenar que el presente Decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 13 de mayo de 2014

Susana Díaz Pacheco
Presidenta de la Junta de Andalucía
Luciano Alonso Alonso
Consejero de Educación, Cultura y Deporte

ANEXO

I. Denominación.

Principal: Iglesia de Nuestra Señora de Guadalupe.

Accesoria: Iglesia parroquial de Nuestra Señora de Guadalupe.

II. Localización.

Provincia: Huelva.

Municipio: El Almendro.

Dirección: Plaza de la Constitución, núm. 1.

III. Descripción.

La iglesia de Nuestra Señora de Guadalupe de El Almendro es actualmente fruto de las diferentes reformas efectuadas desde su origen hasta la actualidad. Las primeras referencias documentales datan de 1638 y por ello la historia constructiva anterior a estas fechas es difícil de concretar aunque, atendiendo a los elementos arquitectónicos que presenta, su configuración primitiva podría situarse en el último tercio de siglo XVI.

El inmueble posee un volumen definido y compacto que destaca sobre los demás debido a la altura que alcanza. Los elementos más sobresalientes son la torre y el crucero, aunque en líneas generales el edificio presenta un aspecto unitario. La planta es de tres naves separadas por columnas, de mayor anchura la central que las laterales, con crucero amplio que no sobresale de la línea de los muros aunque sí en desarrollo ya que ocupa la extensión de dos tramos de la nave. La cabecera se resuelve con un cerramiento plano, tanto en la nave principal como en las laterales. El desarrollo longitudinal se compone de ocho tramos entre los que se incluye el citado crucero y el presbiterio, flanqueado en ambas naves laterales por capillas. A ellos hay que añadirles, fuera ya de la zona litúrgica, las estancias parroquiales y el espacio situado a los pies del templo, que en el caso de la nave principal lo ocupa un vestíbulo, en el de la nave de la Epístola la torre, y en la del Evangelio una capilla bautismal. La entrada principal se encuentra a los pies de la iglesia, completándose con otras dos menores situadas a ambos lados del tercer tramo.

La fachada principal se dispone de modo asimétrico. La portada responde a un estilo ecléctico, con formas barrocas y neoclásicas datables en el siglo XVIII. El vano de acceso es un arco rebajado flanqueado por pilastras toscanas sobre pedestal, rematado con un frontón partido que alberga un óculo enmarcado. La torre es de escasa altura. Las portadas laterales se abren a la altura del tercer tramo y son prácticamente idénticas a la principal. Las cubiertas se disponen a dos aguas y con buhardillas a ambos lados. El inmueble está totalmente encalado por lo que su aspecto es blanco intenso y su textura lisa.

El interior presenta tres naves separadas por columnas, alcanzando las laterales más altura que la central. Los tramos son ocho, tanto en la nave principal como en las laterales, presentando los seis primeros una disposición uniforme hasta el crucero que ocupa aproximadamente el doble de extensión que cada uno de los anteriores, alcanzando mayor desarrollo en altura y donde los soportes utilizados son pilares cruciformes. El último tramo lo forma la cabecera, de testero plano, con ábside y dos capillas laterales separadas del crucero mediante arcos transversales de medio punto. Los elementos sustentantes son columnas de orden toscano sobre pedestales, con dados entre el capitel y los arcos. Sobre las columnas apean los arcos formeros, con trazado de medio punto y enmarcados en alfiz en sus flancos exteriores. En la nave central se dispone como cubrición una bóveda encamonada estructurada por arcos fajones rebajados, terminados en pinjantes y bóvedas de aristas que dan lugar a lunetos sobre los arcos formeros. La composición de esta estructura no es de fábrica, sino de materiales ligeros, madera y tablazón, recubierta interiormente mediante enfoscado. Oculta por dicha bóveda se encuentra la estructura que realmente ejerce las funciones de sustento, una armadura de par y nudillo sin limas que recorre todos los tramos desde los pies hasta el crucero. Especial interés presenta el arrocabe, así como algunos tirantes que aún conservan la decoración. Las naves laterales se resuelven con colgadizos de madera sencillos.

La presencia de pinturas murales le otorgan una peculiaridad más y contribuyen a la originalidad de la iglesia. Estas pinturas se concentran principalmente en el crucero, concretamente en los tramos laterales, aunque se encuentran fragmentos repartidos por todo el interior. Es de destacar la variedad tipológica, estilística e iconográfica de las mismas Se diferencian tres tipos de pinturas murales: las que se localizan en la zona alta del crucero sur, superpuestas a las originales, de torpe factura, escaso valor artístico o estético y presumiblemente más recientes; las que cubren el entablamento y la bóveda del crucero norte, de gran riqueza iconográfica y compositiva; y las que se hayan en su mayor parte en los arcos de este mismo tramo, así como repartidas en forma de restos por diversas zonas del templo, con el colorido más variado y mejor conservadas que las demás.

En el sexto tramo de la nave central, adosado al pilar que comparte con el crucero en el lado del Evangelio, se encuentra el púlpito, una singular pieza realizada en hierro forjado y madera. Se apoya sobre un pequeño pedestal de fábrica adornado con azulejos en color azul sobre fondo blanco. La balaustrada circular recibe toda la carga decorativa, con flores de lis en la zona baja y flores con abundantes pétalos dorados sobre tallos estilizados como fondo, dispuestos en tres filas horizontales repartidas regularmente. El tornavoz, de madera y de corte octogonal, es una pieza añadida, ya que la original se perdió en la Guerra Civil.

La armadura lignaria mudéjar situada tras la bóveda de la nave central corresponde, tanto por su estructura como por sus elementos decorativos, con la utilizada en torno a fines del siglo XVI y principios del XVII, aunque las reformas de épocas posteriores son evidentes a tenor de lo conservado, de modo que no se puede hablar de una armadura mudéjar renacentista en sentido estricto.

La estructura original del inmueble quedaría conformada con una planta que se correspondería a los cuatro primeros tramos y con una cabecera de menos desarrollo. La cabecera actual fue ejecutada en la ampliación del templo efectuada en el siglo XVIII, junto con el crucero y dos nuevos tramos. Las columnas con pedestales, la pieza cúbica a modo de cimacio y los arcos formeros actuales, que estarían enmarcados por alfiz a ambos lados, sirven de apoyo a la armadura mudéjar de par y nudillo sin limas de la nave central y de colgadizo en las laterales que soporta el tejado.

En el siglo XVII probablemente se hallaba finalizado el templo. Los dos hechos documentados más relevantes en este siglo son los que tuvieron lugar el 28 de octubre de 1665, en el que el ejército portugués entró en la villa y la saqueó. En 1698 se ordenó «desenvolver los techos de esta iglesia», lo que se tradujo posiblemente en algunos arreglos puntuales.

Ya en pleno siglo XVIII, en 1778, aparece un informe que asegura que la iglesia «se concluyó sacada de cimientos, hará once años». La hipotética construcción, que se fecharía en 1762, corresponde más bien a la profunda reforma efectuada en el edificio a lo largo de esta década, probablemente debido a los efectos que el terremoto de Lisboa de 1755 produjo en su fábrica, aunque de ello nada se sabe, pero resulta significativo que apenas siete años más tarde se acometan intervenciones tan importantes y que afectaban a elementos tan básicos como los muros, la cubrición o la torre. En estos años la fisonomía del templo cambió notablemente, se amplió la planta del templo hacia levante, concretamente se derribó la cabecera y se alargaron las cuatro naves dotándolas de dos tramos más, un crucero y un presbiterio. La realización de las portadas que hoy existen corresponde a este momento, con la factura a medio camino entre el barroco y el neoclasicismo, según las características propias de los maestros de obras Pedro de Silva y Ambrosio de Figueroa.

El siglo XIX continúan las intervenciones añadiéndose la bóveda de la nave central. Los maestros de esta época ordenan el «blanqueado del cañón de la nave mayor», concretamente en 1802, por lo que el interior pierde su original configuración espacial y se modifica sustancialmente, colocándose ahora la bóveda encamonada con pinjantes bajo la estructura mudéjar, cegando visualmente ésta aunque conservándose entre aquella y los tejados. La estructura de dicha bóveda no fue realizada en fábrica, sino de tablazón de madera enfoscado hacia el interior del templo. Sendas bóvedas de aristas rebajadas cubrirán cada uno de los tramos de la nave central, estructurándose mediante arcos fajones carpaneles terminados en pinjantes decorativos.

Sobre las pinturas murales del interior no se conoce ninguna referencia documental, aunque por sus características pertenecen a la primera mitad del siglo XIX. Durante todo este siglo y en el siglo XX el interior destacó por tener la mayor parte de sus muros cubiertos por frescos cargados de decoración menuda, con sus tonalidades aún vivas como telón de fondo para los correspondientes retablos y cuadros. Como consecuencia de la Guerra Civil la iglesia perdió la totalidad de sus bienes muebles.

Es un edificio diseñado y ejecutado originalmente como renacentista, con elementos del estilo mudéjar representado en el artesonado. La fase de ampliación de la iglesia en el siglo XVIII le añade las formas barrocas, las cuales prevalecieron debido también a la fuerte corriente popular representada por los maestros locales y a las que se unieron las neoclásicas o academicistas que postulaban la pureza de líneas y la sobriedad de formas, por lo que en su desarrollo constructivo hay una larga lista de maestros mayores y de maestros locales, entre los que caben destacar Pedro de Silva, Joaquín de Herrera, Manuel Nicolás Vázquez, Ambrosio de Figueroa y Santiago de Llosa.

IV. Delimitación del Bien.

La inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz del Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, Iglesia de Nuestra Señora de Guadalupe en El Almendro (Huelva), abarca la totalidad del inmueble, incluyendo las dependencias parroquiales.

La inscripción afecta totalmente la parcela 01 de la manzana 30275.

V. Delimitación del entorno.

El templo se localiza en la zona central de la población, entre las dos calles principales del viario, la calle Grande y la calle Fuente, presidiendo la plaza de la Constitución. Su privilegiada situación y sus dimensiones lo convierten en el principal referente urbanístico del municipio. El inmueble se encuentra exento del caserío circundante, por el oeste lo delimita la plaza de la Constitución, por el norte la calle San Sebastián, por el este la calle Fuente y por el sur la calle San Marcos. A pesar de ello, las distancias con los inmuebles circundantes son por lo general escasas. El único flanco por el cual su contemplación resulta más airosa es su frente, debido a que la plaza de la Constitución, aunque de reducidas proporciones, permite la visión completa de la fachada de la iglesia.

El criterio utilizado para realizar la delimitación del entorno de protección ha sido el de incluir todas las parcelas catastrales y espacios públicos que se relacionan directamente con el inmueble. Estas correspondencias responden principalmente a las perspectivas visuales, aunque también se consideran otras razones como los volúmenes, las dimensiones, las alturas y la estética, con el objetivo de evitar interferencias en la correcta protección, percepción y uso del inmueble, en lo que a sus relaciones con el entorno se refiere.

Debido a la regularidad del urbanismo circundante, así como su perfil prácticamente llano, los espacios afectados son los que se encuentran en el entorno inmediato al templo, pero dotando a dicho espacio de un margen de amplitud que supere sensiblemente las perspectivas visuales desde las calles que confluyen en el inmueble. En este sentido, los espacios comprendidos en la delimitación del entorno son el de la plaza de la Constitución, incluido en su totalidad, debido a que en él se ubica la fachada principal de la Iglesia, y cuatro calles cuya relación es directa con el templo. Éstas son la calle Grande al oeste, la calle San Sebastián por el norte, la calle Fuente por el este, y la calle San Marcos por el sur. Esta última se incluye completa, ya que comprende la totalidad del flanco sur del templo. En el caso del resto de calles, la delimitación del entorno viene determinado por la perspectiva visual que desde cada una se tiene en relación con el templo.

Espacios privados:

- Manzana 30275, parcela 02.

- Manzana 30276, parcelas 14, 16, 17, 18 y 19.

- Manzana 30287, parcelas 06, 07, 08, 09, 10 y 42.

- Manzana 30289, parcelas 09, 10, 11, 12, 13, 14, 15 y 16.

- Manzana 31279, parcelas 01, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23.

- Manzana 31285, parcelas 06 y 07.

Espacios públicos.

- Plaza de la Constitución, completa.

- Calle Grande, desde la línea virtual que la cortaría si se prolongara la línea que divide la parcela 16 y 17 de la manzana 30289, hasta la que divide las parcelas 13 y 14 de la manzana 30276.

- Calle Fuente, desde la línea virtual que la cortaría si se prolongara la línea que divide las parcelas 16 y 17 de la manzana 31279, hasta la línea que separa las parcelas 19 y 20 de la Manzana 30276.

- Calle San Sebastián, desde su inicio en la plaza de la Constitución, hasta la línea virtual que la cortaría si se prolongara la línea que divide las parcelas 05 y 07 de la manzana 31285, hasta la línea que separa las parcelas 01 y 02 de la manzana 31279.

- Calle San Marcos, completa.

VI. Bienes muebles.

1. Denominación. Triunfo de la Inmaculada. Clasificación: Pintura. Materiales y técnica: óleo sobre lienzo. Dimensiones: 1,40 x 2,77 m. Autor: anónimo. Cronología: 1765-1780. Estilo: rococó. Escuela: sevillana. Ubicación: medio punto a la izquierda del altar comulgatorio de la Capilla Sacramental.

2. Denominación. Triunfo de la Eucaristía. Clasificación: pintura. Materiales y técnica: óleo sobre lienzo. Dimensiones: 1,40 x 2,77 m. Autor: anónimo. Cronología: 1765-1780. Estilo: rococó. Escuela: sevillana. Ubicación: medio punto a la derecha del altar comulgatorio de la Capilla Sacramental.

VII. Documentación gráfica.

Cartografía base: Cartografía Catastral Urbana digitalizada. Dirección General del Catastro. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, 2010.

Sigue imagen: 1 plano.

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