Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 115 de 16/06/2015

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural

Corrección de errores de la Orden de 26 mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015 (BOJA núm. 102, de 29.5.2015).

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Advertido error en la Orden de 26 de mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 11: Agricultura Ecológica, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa su convocatoria para el año 2015, que ha sido publicada en BOJA núm. 102, de 29 de mayo de 2015, se procede a su subsanación mediante la presente corrección:

- En la página 72, el párrafo primero del apartado primero del artículo 15, donde dice:

«1. La concesión de las ayudas previstas en la presente Orden se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, según el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer un prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados, y adjudicar con el límite fijado según el crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor selección en aplicación de los citados criterios.»

Debe decir:

«1. La concesión de las ayudas previstas en la presente Orden se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, según el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración fijados en el Anexo III de esta Orden y adjudicar con el límite fijado según el crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.»

- En la página 75, en el apartado primero del artículo 23, donde dice:

«1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión de 17 de julio de 2014, hasta la fecha de 15 de junio, del año de presentación de la solicitud, podrán incluirse o modificarse parcelas agrarias en la solicitud de ayuda o la solicitud de pago, a condición de que se cumplan los requisitos de las operaciones de desarrollo rural de que se trate. Podrán introducirse en las mismas condiciones modificaciones del uso o del régimen de dichas operaciones respecto de las distintas parcelas agrarias ya declarados en las referidas solicitudes. Cuando las modificaciones indicadas anteriormente repercutan en algún justificante o contrato que deba presentarse, tales documentos podrán modificarse en consecuencia.»

Debe decir:

«1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión de 17 de julio de 2014, hasta la fecha de 31 de mayo, del año de presentación de la solicitud y excepcionalmente hasta la fecha de 15 de junio para el año 2015, teniendo en cuenta el Reglamento de ejecución (UE) 2015/747 de la Comisión, de 11 de mayo de 2015, podrán incluirse o modificarse parcelas agrarias en la solicitud de ayuda o la solicitud de pago, a condición de que se cumplan los requisitos de las operaciones de desarrollo rural de que se trate. Podrán introducirse en las mismas condiciones modificaciones del uso o del régimen de dichas operaciones respecto de las distintas parcelas agrarias ya declarados en las referidas solicitudes. Cuando las modificaciones indicadas anteriormente repercutan en algún justificante o contrato que deba presentarse, tales documentos podrán modificarse en consecuencia.»

- En la página 87, en el Anexo IV.I Cultivos y variedades elegibles para las operaciones de la Medida 11: Agricultura Ecológica, se añaden dos nuevas filas al final de la tabla, una correspondiente a la operación 11.1.1. Conversión a prácticas de agricultura ecológica, y otra correspondiente a la operación 11.2.1. Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura ecológica, con el siguiente contenido:

OPERACIÓN GRUPO DE CULTIVO IMPRESO DECLARATIVO PRODUCTO SEMBRADO SECANO (S)/ REGADÍO (R)
COD CULTIVO VARIEDAD
11.1.1. Conversión a prácticas de agricultura ecológica. 11.2.1. Mantenimiento de prácticas y métodos de agricultura ecológica HERBÁCEOS PAC 99 PATATA SIN VARIEDAD S/R
222 QUINOA SIN VARIEDAD S/R
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