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NIG: 1405242C20090001001.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 491/2009. Negociado: FG.
Sobre: Acción declarativa de dominio.
De: José Luis Pequeño Pequeño y María Ángeles Escalante Aragón.
Procuradora: Sra. María José Cabello Gutiérrez.
Letrada: Sra. Pulgarín Miras, María Dolores.
Contra: Posibles herederos de Carmen Pequeño Alfonso-Calderón.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia, cuyos particulares son los siguientes: Juicio Ordinario 491/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Peñarroya-Pueblonuevo a instancia de José Luis Pequeño Pequeño y María Ángeles Escalante Aragón contra posibles herederos de Carmen Pequeño Alfonso-Calderón sobre acción declarativa de dominio, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Procedimiento: Juicio Ordinario 491/2009. Negociado: FG.
Sobre: Acción declarativa de dominio.
NIG: 1405242C20090001001.
De: José Luis Pequeño Pequeño y María Ángeles Escalante Aragón.
Procuradora: Doña María José Cabello Gutiérrez.
Abogada: Doña María Dolores Pulgarín Miras.
Contra: Posibles herederos de Carmen Pequeño Alfonso-Calderón (en rebeldía).
En el procedimiento de Juicio Ordinario 491/2009, sobre acción declarativa de dominio, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Peñarroya-Pueblonuevo, se ha dictado sentencia de fecha 31 de marzo de 2011, que se notifica mediante el presente edicto a la parte demandada posibles herederos de Carmen Pequeño Alfonso-Calderón declarada en rebeldía.
Se hace saber al referido demandado que en el Juzgado reseñado puede tener conocimiento íntegro de la sentencia dictada, quedando esta a su disposición en la Oficina Judicial, así como que si a su derecho conviene contra ella cabe la interposición de recurso de apelación en el plazo de 20 días ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Córdoba, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución.
Para la admisión del recurso es requisito necesario la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, conforme a lo previsto en la disposición adicional 15.ª de la L.O. 1/2009, salvo casos de reconocimiento del derecho de asistencia jurídica gratuita.
El contenido de este edicto se ajusta a lo dispuesto en la Instrucción 6/12 de la Secretaría General de la Administración de Justicia.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado posibles herederos de Carmen Pequeño Alfonso-Calderón, en ignorado paradero y situación procesal de rebeldía, extiendo y firmo la presente en Peñarroya-Pueblonuevo, a veinticinco de septiembre de dos mil trece.- El/La Secretario.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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