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NIG: 1405242C20110001020.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 510/2011. Negociado: FG.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Arenas Forna, S.L.
Procuradora: Sra. Susana Torrecilla Otero.
Letrado: Sr. Javier Ortiz Ruiz.
Contra: Generación de Prefabricados Mediterránea, S.L.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia, cuyos particulares son los siguientes: Juicio Ordinario 510/11 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Peñarroya-Pueblonuevo a instancia de Arenas Forna, S.L., contra Generación de Prefabricados Mediterránea, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Procedimiento: Juicio Ordinario 510/11. Negociado: FG.
Sobre: Reclamación de cantidad.
NIG: 1405242C20110001020.
De: Arenas Forna, S.L.
Procuradora: Doña Susana Torrecilla Otero.
Abogado: Don Javier Ortiz Ruiz.
Contra: Generación de Prefabricados Mediterránea, S.L.
En el procedimiento de Juicio Ordinario 510/11, sobre reclamación de cantidad seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Peñarroya-Pueblonuevo, se ha dictado sentencia de fecha 1 de marzo de 2011, que se notifica mediante el presente edicto a la parte demandada Generación de Prefabricados Mediterránea, S.L, en ignorado paradero y declarada en rebeldía.
Se hace saber al referido demandado que en el Juzgado reseñado puede tener conocimiento íntegro de la sentencia dictada, quedando ésta a su disposición en la Oficina Judicial, así como que si a su derecho conviene contra ella cabe la interposición de recurso de apelación en el plazo de 20 días ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Córdoba, a contar desde el siguiente a la notificación de esta resolución.
Para la admisión del recurso es requisito necesario la constitución de un depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado, conforme a lo previsto en la disposición adicional 15.ª de la L.O. 1/2009, salvo casos de reconocimiento del derecho de asistencia jurídica gratuita.
El contenido de este edicto se ajusta a lo dispuesto en la Instrucción 6/12 de la Secretaría General de la Administración de Justicia.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Generación de Prefabricados Mediterránea, S.L., en ignorado paradero y situación procesal de rebeldía, extiendo y firmo la presente en Peñarroya-Pueblonuevo, a nueve de enero de dos mil quince.- El/La Secretario.
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»
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