Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 10/07/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia e Interior

Resolución de 13 de mayo de 2015, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación para las Tecnologías Auxiliares de la Agricultura (Tecnova).

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación para las Tecnologías Auxiliares de la Agricultura (Tecnova), sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. El 27 de marzo de 2015, previo requerimiento efectuado por el Protectorado de Fundaciones de Andalucía de 23 de febrero de 2015, tuvo entrada en la Delegación del Gobierno en Almería escrito en el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria adoptada por el Patronato de la Fundación.

Segundo. La modificación estatutaria afecta a los siguientes artículos:

- 4, indicando el domicilio completo de la fundación.

- 12, en el que se sustituye la Gerencia por la Dirección General.

- 13, en el que se elimina la prioridad de los patronos fundadores e incluye patrono de números a industrias e Instituciones vinculados a la industria auxiliar de la agricultura, postcosecha y envasado.

- Se elimina el artículo 18 en el que se establecía la duración del mandato de los patronos.

- 20, en el que se establece un único vicepresidente.

- 24, que atribuye competencias al tesorero.

- 31, sobre composición del Consejo Rector.

- 32, sobre elección del Consejo Rector.

- 35, Reuniones del Consejo Rector.

- 36, sobre composición de la Junta Directiva.

- Nueva denominación del Capítulo quinto, que pasa a denominarse “Dirección General”.

- 41, sobre remuneración del personal empleado.

- Nueva redacción del apartado c) del anexo 1.

Tercero. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación: Escritura pública otorgada el 24.3.2015, ante el Notario Reguero Martín, Jesús María, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 338 de su protocolo.

Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 25 de noviembre de 2014, relativo a la modificación de estatutos, con mención expresa sobre la ausencia de prohibición por parte de la persona fundadora para proceder a la modificación de estatutos acordada por el Patronato.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía; el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Segundo. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación se comunica al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y el artículo 37 del Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía aprobado por Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 b) y n) del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, deberán inscribirse en dicho Registro, la modificación o nueva redacción de los estatutos de la Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación del Protectorado.

Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde el ejercicio del Protectorado sobre las Fundaciones Andaluzas regulado en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, así como las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y todo ello de acuerdo con el artículo 8.2.c) del Decreto 148/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia e Interior,

RESUELVE

Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación para las Tecnologías Auxiliares de la Agricultura (Tecnova), en el Registro de Fundaciones de Andalucía, formalizados en Escritura pública otorgada el 24 de marzo de 2015, ante el Notario Reguero Martín, Jesús María, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 338 de su protocolo.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a la Fundación para las Tecnologías Auxiliares de la Agricultura (Tecnova) y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante el Consejero de Justicia e Interior.

Sevilla, 13 de mayo de 2015.- La Directora General, Carmen Belinchón Sánchez.

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