Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 15/07/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Resolución de 8 de julio de 2015, de la Dirección General de Personas Mayores, Infancia y Familias, por la que se delegan competencias en las personas titulares de las secciones o unidades administrativas asimiladas de los Servicios de Prevención y Apoyo a la Familia de las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales.

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La Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho, y el Decreto 35/2005, de 15 de febrero, por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho, establecen que la declaración de voluntad de constituir una pareja de hecho podrá realizarse por comparecencia personal ante el titular del órgano encargado del Registro correspondiente o ante el Alcalde, Concejal, o funcionario en quien deleguen. De igual manera podrá acreditarse la disolución por mutuo acuerdo, cese efectivo de la convivencia por período superior a un año, o voluntad unilateral de uno de sus integrantes.

Con el objeto de agilizar la gestión de los correspondientes procedimientos, así como la expedición de certificaciones acreditativas de las inscripciones obrantes en el Registro de Parejas de Hecho, se procedió a dictar la Resolución de 4 de abril de 2005, de la Dirección General de Infancia y Familias, por la que se delegan competencias en las personas titulares de los Servicios de Prevención y Apoyo a la Familia de las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

El tiempo transcurrido, las características de los procedimientos afectados así como conseguir una mayor eficacia y celeridad en la tramitación de los mismos, aconseja modificar aquella delegación.

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en los artículos 13 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 101 y siguientes de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,

RESUELVO

Primero. Delegación de competencias.

Se delega en las personas titulares de las secciones o unidades administrativas asimiladas de los Servicios Prevención y Apoyo a la Familia de las Delegaciones Territoriales de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, el ejercicio de las competencias administrativas establecidas en los artículos 5.2, 16.1 y 20.2.c) del Decreto 35/2005, de 15 de febrero, por el que se constituye y regula el Registro de Parejas de Hecho.

Segundo. Suplencia.

Para los supuestos de ausencia, vacante o enfermedad, y a los efectos de la delegación efectuada por la presente Resolución, la suplencia de las personas titulares de las secciones o unidades administrativas asimiladas de los Servicios Prevención y Apoyo a la Familia de las Delegaciones Territoriales de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, será ejercida por las personas titulares de los Servicios de Prevención y Apoyo a la Familia de dichas Delegaciones Territoriales.

Tercero. Revocación y avocación.

La persona titular del centro directivo competente en materia de Personas Mayores, Infancia y Familias podrá revocar en cualquier momento la delegación de competencias contenida en esta Resolución, así como avocar el conocimiento de cualquier asunto comprendido en ella.

Cuarto. Ejercicio de las facultades delegadas.

Las facultades que se delegan por la presente Resolución serán ejercidas de acuerdo con la normativa de aplicación y las instrucciones dictadas por la persona titular del centro directivo competente en materia de Personas Mayores, Infancia y Familias, como órgano encargado del Registro de Parejas de Hecho.

Quinto. Constancia de la delegación.

En las actuaciones que se realicen en virtud de la presente delegación de competencias, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Sexto. Derogación.

Queda sin efecto la Resolución de 4 de abril de 2005, de la Dirección General de Infancia y Familias, por la que se delegan competencias en las personas titulares de los Servicios de Prevención y Apoyo a la Familia de las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

Séptimo. Entrada en vigor.

La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de julio de 2015.- El Director General, Ángel Acuña Racero.

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