Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 27/07/2015

3. Otras disposiciones

Universidades

Resolución de 22 de julio de 2015, de la Universidad de Granada, por la que se hace público el Plan de Estudios de Graduado o Graduada en Óptica y Optometría por la Universidad de Granada.

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Obtenida la verificación del Plan de Estudios por el Consejo de Universidades, previo informe favorable de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, así como la autorización de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y establecido el carácter oficial del título por Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de octubre de 2010 (publicado en el BOE de 11 de noviembre de 2010), este Rectorado, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 26 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en la nueva redacción dada por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, ha resuelto publicar el Plan de Estudios conducente a la obtención del título de Graduado o Graduada en Óptica y Optometría por la Universidad de Granada, que quedará estructurado según se hace constar en el Anexo de esta Resolución.

Granada, 22 de julio de 2015.- La Rectora, Pilar Aranda Ramírez.

ANEXO

PLAN DE ESTUDIOS DEL TÍTULO DE GRADUADO O GRADUADA EN ÓPTICA Y OPTOMETRÍA POR LA UNIVERSIDAD DE GRANADA

Rama de conocimiento: Ciencias.

Centros de impartición: Facultad de Ciencias.

Curso de implantación: 2010/2011.

1. Distribución del Plan de Estudios por tipo de materia en créditos ECTS:

Carácter de la Materia ECTS
Formación Básica 60
Obligatorias 138
Optativas 18
Prácticas Externas 18
Trabajo Fin de Grado 6
CRÉDITOS TOTALES 240

2. Distribución de los créditos de formación básica del Plan de Estudios:

MÓDULO MATERIA ASIGNATURA ECTS CURSO
Formación Básica Física Física I 6 1
Física II 6 1
Matemáticas Matemáticas I 6 1
Matemáticas II 6 1
Química Química 6 1
Biología Biología 6 1
Citología Citología e Histología 6 1
Anatomía Anatomía Funcional del Sistema Visual 6 1
Óptica Geométrica Óptica Geométrica I 6 1
Óptica Geométrica II 6 1

3. Estructura del Plan de Estudios:

MÓDULO MATERIA CARÁCTER ECTS CURSO
Formación Básica Física Básico 12 1
Matemáticas Básico 12 1
Química Básico 6 1
Biología Básico 6 1
Citología Básico 6 1
Anatomía Básico 6 1
Óptica Geométrica Básico 12 1
Óptica Instrumentación Óptica Obligatoria 12 2
Óptica Fisiológica Obligatoria 12 2
Óptica Física Obligatoria 12 2 y 3
Tecnología Óptica Obligatoria 18 2 y 3
Materiales Ópticos Obligatoria 6 3
Patología del Sistema Visual Histología Funcional del Sistema Visual Obligatoria 6 2
Patología Obligatoria 6 3
Farmacología Obligatoria 6 4
Optometría Optometría Obligatoria 30 2 y 3
Contactología Obligatoria 12 3
Visión Binocular Obligatoria 6 4
Rehabilitación Visual Obligatoria 6 4
Baja Visión Obligatoria 6 4
Prácticas Tuteladas y Trabajo Fin de Grado Prácticas Externas Obligatoria 18 4
Trabajo Fin de Grado Obligatoria 6 4
Complementos de Óptica y Optometría Cálculo de Sistemas Ópticos Optativo 6 4
Salud Visual y Desarrollo Optativo 6 4
Psicofísica de la Visión Optativo 6 4
Ergonomía Visual Optativo 6 3
Complementos de Óptica Radiometría, Fotometría y Color Optativo 6 3
Acústica y Audiometría Optativo 6 4
Óptica Aplicada Óptica Aplicada Optativo 6 4

- En virtud de los Acuerdos adoptados por la Comisión Académica del Consejo Andaluz de Universidades, sobre contenidos comunes mínimos de las Enseñanzas de Grado, así como de la Circular de 10 de junio de 2010, de la Dirección General de Universidades de la Junta de Andalucía, los estudiantes que cursen este Grado deberán acreditar, antes de la obtención del título, la competencia lingüística en una lengua extranjera de nivel B1 o superior, conforme al Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas.

- Reconocimiento de créditos: Según el artículo 12.8 del R.D. 1393/2007, en su nueva redacción dada por el Real Decreto 861/2010, los estudiantes podrán obtener reconocimiento académico en créditos por la participación en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación. Por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, de 21 de octubre de 2010, para dichas actividades se podrán reconocer hasta 12 ECTS en la componente de optatividad.

- Según Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada, de 25 de julio de 2008, con el objeto de favorecer la transversalidad entre distintos planes y que el estudiante participe en el diseño de su formación, podrá cursar la optatividad de entre la oferta de optativas de la propia titulación o elegir módulos completos de otras titulaciones que se oferten en la Universidad de Granada.

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