Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 162 de 20/08/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 17 de julio de 2015, por la que se concede autorización para impartir enseñanzas deportivas de régimen especial en la modalidad semipresencial al centro CAED Iundenia. (PP. 2087/2015).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00074870.

Visto el expediente tramitado a instancia de doña Isabel María García Mármol, como directora única y titular del Centro CAED Iundenia, con domicilio en C/ Manolé, 25, de Granada (18014), solicitando autorización para impartir enseñanzas deportivas de régimen especial de Técnico Deportivo y Técnico Deportivo Superior en: Fútbol y Fútbol Sala, Baloncesto, Deportes de Montaña y Escalada, Deportes de Invierno, Salvamento y Socorrismo, Judo o Defensa Personal e Hípica, en la modalidad semipresencial, según lo dispuesto en el Decreto 359/2011, de 7 de diciembre (BOJA núm. 251, de 27 de diciembre), por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, especializadas de idiomas y deportivas, se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía y se establece su estructura orgánica y funcional.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído sendos informes favorables, tanto del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte en Granada como de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente.

Vistos la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1913/1997, de 19 de diciembre, por el que se configuran como enseñanzas de régimen especial las conducentes a la obtención de titulaciones de Técnicos Deportivos, se aprueban las directrices generales de los títulos y de las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 1363/2007, de 24 de octubre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas deportivas de régimen especial; el Decreto 359/2011, de 7 de diciembre, por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, especializadas de idiomas y deportivas, se crea el Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía y se establece su estructura orgánica y funcional; la Orden de 21 de junio de 2012, por la que se regula la organización y el funcionamiento del Instituto de Enseñanzas a Distancia de Andalucía, el horario del profesorado y la admisión y matriculación del alumnado; así como las disposiciones reglamentarias reguladoras de las diferentes enseñanzas deportivas solicitadas a propuesta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, en virtud de las facultades establecidas en el artículo 30.2 del citado Decreto.

DISPONGO

Primero. Autorizar al Centro Docente Privado «CAED Iundenia», con código 18013708 y domicilio en C/ Manolé, 25, de Granada (18014), cuya titular es Isabel M.ª García Mármol, para la impartición, en la modalidad semipresencial, de las siguientes enseñanzas deportivas de régimen especial, con puestos escolares y unidades para cada enseñanza y modalidad indicadas en la siguiente tabla:

TITULACIÓN PLAN DE ESTUDIOS MODALIDAD GRANADA
UNIDADES PUESTOS
TÉCNICO DEPORTIVO GRADO MEDIO (CICLO INICIAL Y CICLO FINAL) LOGSE Fútbol 2 60
Fútbol Sala 2 60
Baloncesto 2 60
Esquí Alpino 2 60
Alta Montaña 2 60
Barrancos 2 60
Media Montaña 2 60
LOE Disciplinas Hípicas de salto, doma y concurso completo 2 60
Disciplinas Hípicas de resistencia, orientación y turismo ecuestre 2 60
Judo y Defensa Personal 2 60
Salvamento y Socorrismo 2 60
TITULACIÓN
PLAN DE
ESTUDIOS
MODALIDAD GRANADA
UNIDADES PUESTOS
TÉCNICO DEPORTIVO GRADO SUPERIOR LOGSE Fútbol 2 60
Fútbol Sala 1 30
Baloncesto 2 40
Esquí Alpino 1 30
Alta Montaña 1 30
LOE Hípica 1 30
Judo y Defensa Personal 1 30
Salvamento y Socorrismo 1 30

Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso académico 2015/2016.

Tercero. En virtud de la disposición adicional tercera de la Orden de 21 de junio de 2012, la autorización para impartir enseñanzas semipresenciales se aplicará de forma progresiva, de modo que el primer año de implantación sólo se aplicará a los módulos que componen el primer curso o nivel de la enseñanza autorizada, correspondiendo al curso siguiente la implantación de los módulos del segundo curso o nivel de la misma.

Antes de la implantación de los módulos del segundo curso, la persona titular del centro queda obligada a poner a disposición de la Dirección General competente un acceso a la plataforma virtual de aprendizaje con los módulos de segundo curso, sus programaciones, la organización de las sesiones y pruebas presenciales y la relación del profesorado que impartirá docencia, con indicación de sus titulaciones respectivas y la documentación acreditativa de poseer la formación técnica y metodológica necesaria para impartir docencia en la modalidad semipresencial.

Cuarto. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Quinto. El centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijado para cada módulo profesional.

Sexto. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar una nueva autorización si se modificase alguno de los requisitos alegados para tramitar la presente autorización.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 17 de julio de 2015

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
Descargar PDF