Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 186 de 23/09/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 5 de junio de 2015, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Chiclana de la Frontera, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 1084/2010. (PP. 2008/2015).

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NIG: 1101542C20100005073.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1084/2010. Negociado: C.

De: Don José González Ruiz.

Procurador: Sr. Miguel Ángel Bescos Gil.

Letrado: Sr. Pedro Pérez Rodríguez.

Contra: Don Francisco Montiel Velázquez.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1084/2010, negociado C, seguido a instancia de José González Ruiz frente a Francisco Montiel Velázquez y Josefa Ruiz Tocón se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:

«Juzgado Mixto número Dos de Chiclana de la Frontera (Cádiz)

Plaza Concepción Arenal, s/n.

Tlf.: 956 902 009/662 978 556. Fax: 956 010 420.

Número de Identificación General: 1101542C20100005073.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1084/2010. Negociado: C.

SENTENCIA Núm. 70/2015

En Chiclana de la Frontera a 28 de abril de 2015.

Juez que la dicta: Doña Isabel Marín Pareja.

Procedimiento: Juicio Ordinario 1084/2010.

Parte demandante:

Don José González Ruiz.

Procurador: Don Miguel Ángel Béseos Gil.

Abogado: Don Pedro Pérez Rodríguez.

Parte demandada:

Don Francisco Montiel Velázquez (fallecido).

Procurador:

Abogado:

Objeto del juicio: Nulidad del testamento.

FALLO

Estimar parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Miguel Ángel Bescós Gil, en nombre y representación de don José González Ruiz, contra don Francisco Montiel Velázquez, declarando que don José González Ruiz es heredero forzoso de doña Josefa Ruiz Tocón, quien le pretirió en el testamento otorgado el día 25 de octubre de 2002 ante el Notario don Manuel Gómez Ruiz, protocolo número 2186, desestimando los restantes pedimentos de la demanda, y sin condena en costas para ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución a los interesados, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este mismo Juzgado, en el plazo de 20 días a contar desde el siguiente a su notificación, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Cádiz.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. , indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Y encontrándose dicho demandado, Francisco Montiel Velázquez y Josefa Ruiz Rocón, ambos en situación de rebeldía y fallecidos, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a los mismos.

En Chiclana de la Frontera, a cinco de junio de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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