Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 25/09/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 8 de junio de 2015, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento a la escuela privada de música y danza «Ciudad Atarfe», de Atarfe (Granada). (PP. 1719/2015).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Pedro Martínez Parra, en nombre y representación de Asociación Artística y Cultural Ciudad Atarfe, solicitando la autorización de apertura y funcionamiento de la escuela privada de música y danza «Ciudad Atarfe», con domicilio en C/ Alfonso Bailón Verdejo, núm. 4, de Atarfe (Granada), al amparo de lo dispuesto en el Decreto 233/1997, de 7 de octubre, por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza; en el Decreto 16/2009, de 20 de enero, por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Danza en Andalucía, y en el Decreto 17/2009, de 20 de enero, por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música en Andalucía.

Resultando que el expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Granada.

Resultando que la entidad titular del centro ha firmado un convenio de colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de Atarfe, por el cual este pone a disposición de dicha entidad titular sus instalaciones, contemplándose expresamente que las mismas reúnen los requisitos que la normativa establece para las enseñanzas objeto de esta autorización, y que en el expediente ha recaído informe favorable del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Granada.

Vistas la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía; el Real Decreto 303/2010, de 15 de marzo (BOE de 9 de abril), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; el Real Decreto 389/1992, de 15 de abril (BOE del 28), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas; el Decreto 233/1997, de 7 de octubre (BOJA del 11), por el que se regulan las Escuelas de Música y Danza; el Decreto 17/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Música en Andalucía; el Decreto 16/2009, de 20 de enero (BOJA de 4 de febrero), por el que se establece la Ordenación y el Currículo de las Enseñanzas Elementales de Danza en Andalucía; el Decreto 140/2011, de 26 de abril (BOJA de 10 de mayo), por el que se modifican varios decretos relativos a la autorización de centros docentes para su adaptación a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y demás disposiciones complementarias.

Considerando que se han cumplido todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Autorizar la apertura y funcionamiento de la escuela privada de música y danza «Ciudad Atarfe», código 18014634 y domicilio en C/ Alfonso Bailón Verdejo, núm. 4, de Atarfe (Granada), cuya titular es la Asociación Artística y Cultural Ciudad Atarfe, y establecer la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Enseñanzas elementales de música.

a.1) Ámbitos formativos de las enseñanzas de iniciación:

- Música y movimiento.

- Práctica instrumental: flauta, oboe, clarinete, saxofón, trompa, trompeta, trombón, tuba-bombardino, violín, violonchelo, guitarra clásica, guitarra flamenca, piano, piano moderno y percusión.

- Formación musical complementaria a la práctica de la música.

- Actividades de grupo.

a.2) Enseñanzas básicas, para 450 puestos escolares:

- Especialidades: flauta, oboe, clarinete, saxofón, trompa, trompeta, trombón, tuba-bombardino, violín, violonchelo, guitarra clásica, guitarra flamenca, piano, piano moderno y percusión.

b) Enseñanzas elementales de danza

b.1) Ámbitos formativos de las enseñanzas de iniciación:

- Música y movimiento.

- Práctica de danza: danza popular, danza española, danza contemporánea y flamenco.

- Formación musical complementaria a la práctica de la danza.

- Actividades de grupo.

b.2) Enseñanzas básicas, para 150 puestos escolares.

Segundo. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. El Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Granada velará por la adecuación de la escuela de música y danza a lo establecido en los Decretos 233/1997, de 7 de octubre; 16/2009 y 17/2009, ambos de 20 de enero, asesorando al centro para un mejor cumplimiento de sus fines.

Cuarto. La escuela privada de música y danza queda obligada al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión en el caso de producirse alguna modificación de los datos que se señalan en la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de junio de 2015

LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en funciones
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