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Expte. VP@3065/2005 (VP/209/05).
Detectado error material en el resuelvo de la Resolución citada, respecto a la anchura de la vía pecuaria objeto de desafectación, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con base a las competencias asignadas mediante Decreto 216/2015, de 14 de julio, por la que se establece la estructura orgánica de la Consejería, procedo a rectificar los errores que se describen a continuación:
En el resuelvo de la Resolución, donde dice:
«... y una anchura de 37,61 delimitada por las coordenadas...»
Debe decir:
«... y una anchura de 18,805 delimitada por las coordenadas...»
Sevilla, 25 de agosto de 2015.- El Secretario General, Rafael Márquez Berral.
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