Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 25 de 06/02/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Resolución de 22 de enero de 2015, de la Secretaría General Técnica por la que se declara la caducidad del procedimiento administrativo de deslinde, desafectación y modificación parcial del trazado de la vía pecuaria «Vereda de Cañete», a su paso por la concesión de explotación «El Acebuchal» núm. 7.696, en el término municipal de la Puebla de Cazalla, provincia Sevilla.

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EXPTE. VP@ 1029/2013.

Con relación al procedimiento administrativo de deslinde, desafectación y modificación parcial del trazado de la vía pecuaria denominada «Vereda de Cañete», a su paso por al concesión de explotación «El Acebuchal», núm. 7.696, en el término municipal de La Puebla de Cazalla, provincia de Sevilla, resultan los siguientes

HECHOS

Visto el Informe emitido por el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, mediante Resolución de fecha 10 de junio de 2014, acordó la retroacción del expediente del procedimiento administrativo acumulado de deslinde, desafectación y modificación parcial del trazado de la vía pecuaria denominada «Vereda de Cañete», a su paso por al concesión de explotación «El Acebuchal», núm. 7.696, en el término municipal de La Puebla de Cazalla (Sevilla), con motivo de realizar un segundo trámite de Audiencia Pública.

Primero. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de fecha 13 de agosto de 2013, a instancia de parte interesada, se acordó el inicio del procedimiento administrativo deslinde, desafectación y modificación parcial del trazado de la vía pecuaria denominada «Vereda de Cañete», a su paso por al concesión de explotación «El Acebuchal», núm. 7.696, en el término municipal de La Puebla de Cazalla, provincia de Sevilla.

Segundo. El trámite adicional de un segundo trámite de Audiencia Pública, ha supuesto, que no haya recaído Resolución expresa, en el plazo legalmente establecido y por ello la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Sevilla, ha propuesto resolver el archivo del procedimiento de deslinde, desafectación y modificación parcial del trazado de referencia.

A los anteriores hechos le resultan de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Según se establece en el artículo 44.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, los procedimientos iniciados de oficio, el vencimiento del plazo máximo establecido sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, producirá la caducidad del mismo y el archivo de las actuaciones practicadas, con los efectos previstos en el artículo 92 de la citada Ley.

Segundo. De conformidad con el Decreto 142/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, es competencia de esta Secretaría General Técnica el ejercicio de las potestades administrativas que establece la normativa en relación con las vías pecuarias.

RESUELVO

Declarar la caducidad y ordenar el archivo del procedimiento de deslinde, desafectación y modificación parcial del trazado, instruido por la Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente en Sevilla, de la vía pecuaria «Vereda de Cañete», a su paso por al concesión de explotación «El Acebuchal», núm. 7.696, en el término municipal de La Puebla de Cazalla, provincia de Sevilla.

El acuerdo por el que se inicie el nuevo procedimiento de deslinde, desafectación y modificación de trazado dispondrá, si procede, la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido no se haya visto alterado por el transcurso del tiempo y que pudieran hacerse valer en un momento posterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, conforme a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, ante la persona titular de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 22 de enero de 2015.- La Secretaria General Técnica, Asunción Alicia Lora López.

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