Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 26 de 09/02/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación, Cultura y Deporte

Orden de 16 de enero de 2015, por la que se modifica la autorización de los centros docentes privados de educación primaria y de educación secundaria «Málaga Institute of Technology», de Campanillas, Málaga.

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Javier Díaz Cabrera, representante de la entidad Colegio el Olivar, Málaga Institute of Technology, S.L.L., titular de los centros docentes privados de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria «Málaga Institute of Technology», con domicilio en C/ Severo Ochoa, núm. 72, de Campanillas, Málaga, por el que solicita modificar la autorización de enseñanzas con la que cuentan los mismos, por reducción de plazas escolares de bachillerato en la modalidad de Artes y ampliación de una unidad de educación primaria, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que los citados centros de educación primaria y de educación secundaria, con Código 29017414, tienen autorización para impartir doce unidades de educación primaria, ocho unidades de educación secundaria obligatoria y seis unidades de bachillerato (dos en la modalidad de Ciencias y tecnología, dos en la de Humanidades y ciencias sociales y dos en la de Artes).

Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga y de la Gerencia Provincial del Ente Público Andaluz de Infraestructuras y Servicios Educativos.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada a los centros docentes privados de educación primaria y de educación secundaria «Málaga Institute of Technology», Código 29017414 y domicilio en C/ Severo Ochoa, núm. 72, de Campanillas, Málaga, cuyo titular es Colegio el Olivar, Málaga Institute of Technology, S.L.L., que, como consecuencia de ello, quedan con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

Centro docente privado de educación primaria:

Educación primaria: 13 unidades.

Puestos escolares: 325.

Centro docente privado de educación secundaria:

a) Educación secundaria obligatoria: 8 unidades.

Puestos escolares: 240.

b) Bachillerato:

- Modalidad de Ciencias y tecnología: 2 unidades.

Puestos escolares: 70.

- Modalidad de Humanidades y ciencias sociales: 2 unidades.

Puestos escolares: 70.

- Modalidad de Artes: 2 unidades.

Puestos escolares: 46.

Segundo. Los centros no podrán sobrepasar el número de puestos escolares fijado para los mismos.

Tercero. Del contenido de la presente Orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Cuarto. La entidad titular de los centros remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de Málaga la relación del profesorado de los mismos con indicación de su titulación respectiva.

Quinto. Dichos centros quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de enero de 2015

LUCIANO ALONSO ALONSO
Consejero de Educación, Cultura y Deporte
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