Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 46 de 09/03/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

Resolución de 4 de marzo de 2015, de la Delegación Territorial de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Cádiz, por la que se hace público el Acuerdo de 3 de marzo de 2015, adoptado por el servicio de atención al ciudadano en el que se delega la competencia para la autenticación de copias de documentos.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados o públicos, realizadas mediante cotejo con los originales y en los que se estampará si procediera la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro.

El Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Territorial, como responsable del Registro General establecido en la misma, por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, cree necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

En consecuencia, el Servicio de Atención al Ciudadano ha acordado y esta Delegación Territorial

R E S U E L V E

Primero. Hacer público el Acuerdo de 3 de marzo de 2015, del Servicio de Atención al Ciudadano, por el que se delega la competencia para expedir copias autenticadas mediante cotejo al personal funcionario titular del puesto de trabajo relacionado en el Anexo de esta Resolución.

Segundo. Esta delegación será revocable en cualquier momento, se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. En las copias autenticadas en las que se estampe la correspondiente diligencia de compulsa en virtud de la presente delegación se indicará expresamente esta circunstancia.

Cuarto. La presente Resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cádiz, 4 de marzo de 2015.- El Delegado, José Manuel Miranda Domínguez.

A N E X O

Acuerdo de 3 de marzo de 2015, por el que se delega la función de compulsa y autenticación de documentos para su tramitación ante la Delegación Territorial de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en Cádiz.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece en su artículo 23 que la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos privados y públicos, realizadas mediante el cotejo con los originales y en los que se estampará si procediera la correspondiente diligencia de compulsa, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, los cuales realizarán el cotejo, autenticación de las copias y devolución de los originales al interesado de aquellos documentos que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual dependa el Registro.

El Servicio de Atención al Ciudadano de esta Delegación Territorial, como responsable del Registro General establecido en la misma, por razones técnicas y para agilizar los procedimientos, cree necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, al amparo de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

En consecuencia, el Servicio de Atención al Ciudadano

A C U E R D A

Primero. Delegar la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo de los originales a la persona titular del puesto de trabajo con código 11555610-Administrativo.

Segundo. La presente delegación de competencia deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y conforme al artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Tercero. Esta delegación será revocable en cualquier momento y se ejercerá en todo caso con sujeción al Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios de atención al ciudadano, a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. El Jefe de Servicio de Atención al Ciudadano. Fdo.: José María Noble Vías.

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