Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 47 de 10/03/2015

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

Edicto de 27 de enero de 2015, del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla, dimanante de procedimiento núm. 212/2014.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00065399.

Procedimiento: 151/12 Ejecución de títulos judiciales 212/2014. Negociado: 2E.

NIG: 4109144S20120001734.

De: D./D.ª Luis Alberto Núñez Cordón, Andrés López Martín, Francisco Manuel Rodríguez Peralia, Juan García Sampedro, Miguel Hinojosa Catalán y José Antonio Moreno Guerrero.

Contra: D./D.ª Salvador Martín Lora, Extrayma, S.L., Áridos Sevillanos, S.L., Extrayobras, S.L., y Capret, S.L.

EDICTO

Doña María Amparo Atares Calavia, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social núm. Cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 212/2014, a instancia de la parte actora don Luis Alberto Núñez Cordón, Andrés López Martín, Francisco Manuel Rodríguez Peralia, Juan García Sampedro, Miguel Hinojosa Catalán y José Antonio Moreno Guerrero contra Extrayma, S.L., sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado Resolución de fecha 29.2.14, del tenor literal siguiente:

DECRETO

Secretario Judicial doña María Amparo Atares Calavia.

En Sevilla, a veintinueve de febrero de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Luis Alberto Núñez Cordón, Francisco Manuel Rodríguez Peralia, Juan García Sampedro, Miguel Hinojosa Catalán y José Antonio Moreno Guerrero ha presentado demanda de ejecución frente a Extrayma, S.L.

Segundo. Se ha dictado auto despachando ejecución en fecha 27.10.14 por un total de 114.705,14 € en concepto de principal más la de 22.941,02 presupuestados para intereses y costas .

Tercero. Consta en el Juzgado de lo Social núm. Nueve de Sevilla que con fecha 9.5.12 se ha dictado Auto de Insolvencia en la Ejecutoria núm. 239/11 y se ha dado la preceptiva audiencia al Fondo de Garantía Salarial.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Disponen los arts. 250 y 276 de la L.R.J.S que de no tenerse conocimiento de la existencia de bienes suficientes del ejecutado en los que hacer traba y embargo, se practicarán las averiguaciones procedentes y de ser infructuosas, total o parcialmente, el Secretario Judicial de la ejecución dictará decreto de insolvencia tras oír al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora.

Segundo. Dispone el art. 276.3 de la LRJS que declarada judicialmente la insolvencia de una empresa, ello será base suficiente para estimar su pervivencia en otras ejecuciones, pudiéndose dictar auto de insolvencia sin necesidad de reiterar las averiguaciones de bienes del art. 250 de esta Ley, debiendo darse audiencia al actor y al Fondo de Garantía Salarial para que señalen la existencia de nuevos bienes en su caso.

Por ello y visto los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

Declarar al/a los ejecutado/s Extrayma, S.L., en situación de Insolvencia Total por importe de 114.705,14 € de principal más la de 22.941,02 presupuestados para intereses y costas euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Archívese el presente procedimiento y dése de baja en los libros correspondientes

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188 LRJS.

El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado Extrayma, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Sevilla, a veintisiete de enero de dos mil quince.- El/La Secretario/a Judicial.

Descargar PDF