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BASE PRIMERA. OBJETO.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante el sistema de concurso-oposición restringido de promoción interna, de varias plazas pertenecientes a la plantilla presupuestada de funcionarios, incluidas en la OEP 2015, aprobada por Resolución de la Alcaldía de fecha 3.2.2015, y publicada en el BOP de Almería el día 19.2.2015.
BASE SEGUNDA. PLAZAS QUE SE CONVOCAN Y DOTACIÓN.
DENOMINACIÓN | Núm. | Subgrupo | Escala | Subescala | Clase |
Ingeniero de Edificación | 4 | A1 | Admón. Especial | Técnica | Técnico Superior |
Técnico Medio Gestión | 2 | A2 | Admón. Especial | Técnica | Técnico Medio |
Téc. Medio Gestión/Informática | 1 | A2 | Admón. Especial | Técnica | Técnico Medio |
Técnico Medio Gestión | 2 | A2 | Admón. General | Gestión | |
Administrativo | 5 | C1 | Admón. General | Administrativa | |
Aux. Clasif. distrib. y reparto | 1 | C2 | Admón. Especial | Serv. Especiales | Cometidos Espec. |
Las plazas están dotadas con las retribuciones básicas correspondientes a dicho grupo y las retribuciones complementarias que correspondan de acuerdo con la RPT y régimen retributivo vigente.
La realización de estas pruebas se ajustará a lo establecido en la Ley 7/85, de 2 de abril, Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, R.D.L. 781/86, de 18 de abril, R.D. 896/91, de 7 de junio, y R.D. 364/95, de 10 de marzo.
BASE TERCERA. ASPIRANTES.
Podrán participar en las convocatorias de las plazas reseñadas en la base segunda, los empleados municipales que reúnan los requisitos establecidos en las convocatorias específicas para cada una de ellas relacionadas en el Anexo I de estas Bases.
Todos los requisitos exigidos en estas Bases, y especificados en el citado Anexo, se entenderán referidos a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
BASE CUARTA. INSTANCIAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR.
Los aspirantes presentarán instancia, conforme al modelo que se recoge en el Anexo II, indicando las plazas a las que optan y dirigida al Alcalde-Presidente, en la que deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en el Anexo I para cada convocatoria de plaza específica, acreditados mediante certificación al efecto expedida por el Secretario de la Corporación y referido a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Se entregarán en el Registro General del Ayuntamiento, durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y BOJA.
Junto con la instancia presentarán fotocopia compulsada o certificación acreditativa de los méritos que aleguen, no teniéndose en cuenta los presentados y obtenidos una vez concluido el plazo de presentación de instancias.
No se tendrán en cuenta los no acreditados en la forma antedicha.
BASE QUINTA. ADMISIÓN DE CANDIDATOS.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la relación de admitidos y excluidos para cada convocatoria específica de plazas, que se hará pública en la página web de este Ayuntamiento www.elejido.es, exponiéndose también en el tablón de anuncios del Ayuntamiento. En la Resolución se hará constar el plazo de subsanación de defectos que, en los términos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común se conceda a los aspirantes excluidos en cada una de ellas. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
Transcurrido el plazo de subsanación de errores el Presidente dictará Resolución declarando aprobada la relación definitiva de admitidos y excluidos en cada una de las plazas específicas convocadas, que se publicará en la página web de este Ayuntamiento www.elejido.es, exponiéndose también en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, determinándose el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y la composición del Tribunal Calificador para cada una de ellas.
BASE SEXTA. COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL.
El Órgano de selección para cada tipo de plazas convocadas, de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, será colegiado y su composición se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, así como a la paridad entre mujer y hombre.
El correspondiente Órgano de Selección estará integrado por un presidente, un secretario y tres vocales, todos ellos con voz y voto, designados por el Alcalde-Presidente.
La designación de los miembros del Órgano de Selección correspondiente incluirá la de los respectivos suplentes.
Todos los vocales, titulares y suplentes, deberán poseer titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a la plaza/s que se convocan.
El Órgano de Selección correspondiente podrá disponer la incorporación de Asesores externos, los cuales en todo caso se limitarán al ejercicio de sus especialidades, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el mismo.
El Órgano de Selección correspondiente no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos de tres de sus componentes, siendo imprescindible la presencia del Presidente y del Secretario.
Los miembros del Órgano de Selección correspondiente deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo y el art. 13 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo.
Los aspirantes a cada uno de los procesos selectivos podrán recusarlos cuando concurran estas circunstancias en el suyo específico.
BASE SÉPTIMA. PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN.
La realización de las pruebas comenzará en la fecha que indique la Resolución referida en la Base cuarta para cada plaza de las que se convocan.
El sistema de provisión será para todas ellas el de Concurso-Oposición. Por tanto, el proceso selectivo constará, en todos los procesos selectivos específicos, de dos fases: Concurso y Oposición.
A) Fase de Concurso.
La fase de concurso se realizará en primer lugar, y en ella se valorarán los méritos que se relacionan en el Anexo I para cada una de las plazas convocadas, con arreglo al baremo que así mismo se especifica para cada una de ellas. Los méritos deberán presentarlos y acreditarlos en la forma establecida en la Base tercera.
B) Fase de Oposición.
De acuerdo, así mismo, con lo establecido en el art. 77 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, se establece la exención en esta fase de las pruebas destinadas a comprobar el conocimiento teórico de determinadas materias de Derecho Administrativo mediante el desarrollo escrito de temas, por haber sido acreditado suficientemente su conocimiento en las pruebas de ingreso a las Subescalas de procedencia. No obstante, en el expediente correspondiente se hará constar certificado expedido por el Secretario de la Corporación de las pruebas y su contenido superadas por los distintos aspirantes admitidos en el proceso selectivo para acceder a la Subescala de origen.
La calificación final, en todos los procedimientos, vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases, concurso y oposición, estableciendo dicha puntuación el orden de aprobados en cada procedimiento específico.
El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas en el proceso correspondiente.
BASE OCTAVA. RELACIÓN DE APROBADOS Y NOMBRAMIENTO.
Terminada la calificación de los aspirantes en su proceso específico, el Tribunal publicará resolución final con el nombre de/los aprobado/s y puntuación en los tablones de anuncios de las dependencias en las que se hayan efectuado las pruebas y elevará dicha resolución a la Presidencia de la Corporación para que formule los nombramientos.
Al tratarse de convocatorias de promoción interna y ostentar, en consecuencia, los distintos aspirantes la condición de funcionarios públicos, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Secretario de la Corporación, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal en el plazo de 20 días desde su nombramiento.
El/los aspirante/s nombrado/s deberá/n tomar posesión en el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que le/s sea notificado el nombramiento; de no tomar posesión en el plazo indicado sin causa justificada, se entenderá que renuncia/n a la plaza/s.
BASE FINAL.
La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del correspondiente Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo.
El Tribunal correspondiente queda autorizado para resolver las dudas que se le presenten y para adoptar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de la oposición.
Para lo no previsto en las presentes Bases será de aplicación la legislación vigente en esta materia.
ANEXO I
1. Los requisitos de los aspirantes, los méritos y baremo de méritos a tener en cuenta en la fase de Concurso, así como las pruebas selectivas y programa de que consta la Fase de Oposición, puntuaciones y valoración del Tribunal, se especifican a continuación para cada plaza/s convocada:
A) 4 PLAZAS DE INGENIERO DE EDIFICACIÓN. SUBRUPO A1
A.1. Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en el concurso-oposición restringido será necesario:
- Estar en posesión del título de Grado en Ingeniería de Edificación o equivalente.
- Ser funcionario de carrera Subgrupo A2, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnico Medio, del Ayuntamiento de El Ejido, en la situación de servicio activo,
- Contar con 2 años de servicio activo en el inferior Subgrupo de clasificación profesional (A2). A los efectos del cómputo de los dos años se tendrán en cuenta los servicios prestados en dicho Subgrupo en cualquier otra Administración Local, siempre que hayan sido reconocidos por el Ayuntamiento de El Ejido.
- También podrán participar los funcionarios de carrera del mismo Subgrupo de titulación, siempre que desempeñen actividades sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico, y estén en posesión de la titulación exigida.
A.2. Fase de Concurso. Méritos a valorar y baremo.
A) Antigüedad: Por cada mes de pertenencia a la Subescala anterior a la de la plaza a la que se opta, en la Administración Local, 0,05 puntos hasta un máximo de 3,00 puntos. Las fracciones inferiores al mes no se tendrán en cuenta.
B) Grado Personal: Por el grado personal consolidado se puntuará con arreglo a la siguiente escala, hasta un máximo de 1,50 puntos:
- Por grado personal consolidado igual al máximo establecido en el nivel del intervalo correspondiente al Grupo/Subgrupo en el que figura clasificado su Escala, 1,50 puntos.
- Si inferior en un nivel, 1,00 punto.
- Si inferior en dos niveles, 0,50 puntos.
C) Trabajo desarrollado:
Por haber desempeñado puestos por cuyo contenido funcional han sido clasificados en las correspondientes RPT para ser desempeñados por ocupantes con requisitos de titulación subgrupo A1, se puntuará con arreglo a la siguiente escala, según nivel y tiempo de desempeño:
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A1/A2, con el N.P.T. más alto, incluido en los niveles del intervalo correspondiente al grupo en el que figure clasificado su Escala, según la correspondiente RPT: 0,20 puntos por mes hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A1/A2 con el N.P.T. inferior en un nivel, al NPT indicado en el punto anterior, según la correspondiente RPT: 0,15 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A1/A2 con el N.P.T. inferior en 2 niveles al NPT indicado en el punto primero, según la correspondiente RPT: 0,12 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
No se podrá puntuar por más de un concepto, siendo de aplicación el más favorable para el aspirante.
D) Formación complementaria específica: Por Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con los puestos a desempeñar, y del nivel correspondiente a los mismos, impartidos por organismos oficiales o por centros privados autorizados, hasta un máximo de 2,50 puntos, aplicados de la siguiente forma:
- De 40 y más horas 1,00 punto.
- De 30 y más horas y menos de 40 0,75 puntos.
- De 25 y más horas y menos de 30 0,50 puntos.
- De menos de 25 horas o sin especificar 0,25 puntos.
El total de puntos a obtener en esta fase será como máximo 10 puntos.
A.3. Fase de Oposición.
La fase de oposición consistirá: en la realización de tres supuestos prácticos basados en las funciones que constituyen la habitual actividad técnica desarrollada desde las Unidades Técnicas de las distintas Áreas en que se estructura el Ayuntamiento; actividades vinculadas a los bloques temáticos que se relacionan en el Programa que se indica en el punto 4 de este apartado.
En esta prueba se valorará fundamentalmente la preparación y correcta aplicación de los conocimientos teóricos del aspirante a la resolución de los problemas prácticos planteados, los informes propuestas o dictámenes en el procedimiento administrativo, la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable, así como la claridad de exposición y el estilo.
El contenido y tiempo de realización serán determinados por el Tribunal inmediatamente antes de la realización de los mismos. El grado de dificultad se adecuará a las plazas convocadas.
Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
Los miembros del Tribunal puntuarán cada uno de los tres supuestos, puntuando sobre 10 puntos. La puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal. La nota obtenida habrá de ser de 15 puntos, debiendo obtener 5 puntos como mínimo en cada supuesto. En consecuencia, superarán la fase de oposición los aspirantes que hayan alcanzado una puntuación mínima de 15 puntos, quedando eliminados los restantes.
A.4. Programa.
1. Aspectos Técnicos de la contratación en las Administraciones Públicas.
2. Ejecución de obras en las Administraciones Públicas.
3. Prestación de servicios en las Administraciones Públicas.
4. La situación legal de fuera de ordenación.
5. El Código Técnico de la Edificación vigente. Disposiciones generales y condiciones técnicas y administrativas.
6. Las licencias de utilización. Distintos supuestos.
7. Las licencias urbanísticas contenidas en el Reglamento de Disciplina Urbanístico en Andalucía.
8. Seguimiento de expedientes en las Administraciones Públicas.
B) 1 PLAZA DE TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN/INFORMÁTICA
B.1. Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en el concurso-oposición restringido será necesario:
- Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico en Informática o equivalente.
- Ser funcionario de carrera Subgrupo C1, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Auxiliar.
- Contar con 2 años de servicio activo en el inferior Subgrupo de clasificación profesional (C1). A los efectos del cómputo de los dos años se tendrán en cuenta los servicios prestados en dicho Subgrupo en cualquier otra Administración Local, siempre que hayan sido reconocidos por el Ayuntamiento de El Ejido.
- También podrán participar los funcionarios de carrera del mismo Subgrupo de titulación, siempre que desempeñen actividades sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico, y estén en posesión de la titulación exigida.
B.2. Fase de Concurso. Méritos a valorar y baremo.
A) Antigüedad: Por cada mes de pertenencia a la Subescala anterior a la de la plaza a la que se opta, en la Administración Local, 0,05 puntos hasta un máximo de 3,00 puntos. Las fracciones inferiores al mes no se tendrán en cuenta.
B) Grado Personal: Por el grado personal consolidado se puntuará con arreglo a la siguiente escala, hasta un máximo de 1,50 puntos:
- Por grado personal consolidado igual al máximo establecido en el nivel del intervalo correspondiente al Grupo/Subgrupo en el que figura clasificado su Escala, 1,50 puntos.
- Si inferior en un nivel, 1,00 punto.
- Si inferior en dos niveles, 0,50 punto.
C) Trabajo desarrollado.
Por haber desempeñado puestos por cuyo contenido funcional han sido clasificados en las correspondientes RPT para ser desempeñados por ocupantes con requisitos de titulación subgrupo A2, se puntuará con arreglo a la siguiente escala, según nivel y tiempo de desempeño:
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A2/C1, con el N.P.T. más alto, incluido en los niveles del intervalo correspondiente al grupo en el que figure clasificado su Escala, según la correspondiente RPT: 0,20 puntos por mes hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A2/C1 con el N.P.T. inferior en un nivel, al NPT indicado en el punto anterior, según la correspondiente RPT: 0,15 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A2/C1 con el N.P.T. inferior en 2 niveles al NPT indicado en el punto primero, según la correspondiente RPT: 0,12 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
No se podrá puntuar por más de un concepto, siendo de aplicación el más favorable para el aspirante.
D) Formación complementaria específica: Por Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con los puestos a desempeñar, y del nivel correspondiente a los mismos, impartidos por organismos oficiales o por centros privados autorizados, hasta un máximo de 2,50 puntos, aplicados de la siguiente forma:
- De 40 y más horas 1,00 punto.
- De 30 y más horas y menos de 40 0,75 puntos.
- De 25 y más horas y menos de 30 0,50 puntos.
- De menos de 25 horas o sin especificar 0,25 puntos.
El total de puntos a obtener en esta fase será como máximo 10 puntos.
B.3. Fase de Oposición.
Realización de un proyecto informático ajustado a las siguientes pautas:
El proyecto debe poner de manifiesto los conocimientos que sobre análisis, diseño, lenguajes de programación, pruebas, documentación y puesta en marcha de soluciones relacionadas con la gestión municipal basados en Tecnología de Información y Comunicaciones, tiene el aspirante para el desempeño de las tareas de la plaza a la que concursa.
Para ello el contenido y objetivos del proyecto estarán relacionados con los sistemas informáticos implantados y las herramientas utilizadas actualmente en el Ayuntamiento. Además el proyecto tendrá una utilidad directa permitiendo solucionar alguna deficiencia actual o incorporando nuevas funcionalidades en los sistemas municipales.
La correcta ejecución del proyecto debe ser una prueba de que previamente se han adquiridos conocimientos teóricos en materia de:
- Análisis, planificación, desarrollo, programación y parametrización de sistemas, pruebas y puesta en explotación de soluciones de informática de sistemas.
- Sistemas operativos y máquinas virtuales.
- Redes de datos y comunicaciones.
- Hardware de servidores y sistemas de almacenamiento de la información.
En consecuencia:
El proyecto consistirá en el análisis, diseño, pruebas, simulación con prototipos y documentación de un sistema para la implantación de un nuevo sistema de almacenamiento multipropósito en el Ayuntamiento de El Ejido. Evaluando todos los objetivos iniciales, y justificando la/s opción/es elegida/s.
Objetivos a analizar:
- Tipos de información y datos a almacenar.
- Tipos de sistemas de almacenamiento.
- Necesidades de espacio y previsión de crecimiento en volumen de dicha información.
- Integración con los sistemas en funcionamiento en el Ayuntamiento.
- Hardware de servidor, sistemas operativos candidatos y virtualización de la solución.
- Estimación de costes de la solución o soluciones propuestas.
- Migración, si procede, y puesta en marcha de la nueva solución.
- Seguridad y confidencialidad de la información.
- Técnicas de alta disponibilidad aplicables.
- Escalabilidad de los sistemas de la información.
- Tipos de sistemas de ficheros y sistemas de bloque de disco.
Recomendaciones:
- Se enfatizará el uso de soluciones de software libre en la medida de lo posible.
Documentación a entregar:
Se entregará una memoria descriptiva del desarrollo completo del proyecto. Esta memoria contendrá al menos los siguientes apartados:
- Análisis de la situación actual.
- Evaluación de las distintas soluciones candidatas.
- Elección de una solución de forma razonada.
- Diseño de la solución elegida.
- Plan de implantación y viabilidad minimizando los cortes del servicio actual y estimación de tiempos.
- Migración desde el sistema actual tanto de la información y documentos electrónicos, si procede.
Entre la publicación de las bases de la convocatoria y la fecha de realización de la fase de oposición mediará, como mínimo, un período de tres meses, tiempo mínimo estimado de realización del proyecto.
La solución construida, deberá poder ser instalada o en su defecto deberá poder ser mostrada de forma interactiva a los miembros del Tribunal para su evaluación.
La exposición por parte de los aspirantes del proyecto realizado será individual, determinando el Tribunal la duración de dicha exposición.
Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
Los miembros del Tribunal puntuarán el proyecto y su exposición de 0 a 10 puntos. La puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal. La nota obtenida habrá de ser de 5 puntos como mínimo. En consecuencia, superarán la fase de oposición los aspirantes que hayan alcanzado una puntuación mínima de 5 puntos, quedando eliminados los restantes.
C) 2 PLAZAS DE TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
C.1. Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en el concurso-oposición restringido será necesario:
- Ser Diplomado Universitario o equivalente.
- Ser funcionario de carrera del Subgrupo C1 (art. 76 Ley 7/2007), Subescala Servicios Especiales de Administración Especial, o Subescala Administrativa de Administración General del Ayuntamiento de El Ejido, siempre que se estén desempeñando actividades sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico con el de las plazas que se convocan. Estas circunstancias deberán acreditarse mediante certificación expedida por el Secretario de la Corporación en la que se hará constar el puesto o puestos desempeñados, el cometido funcional asignado a los mismos y el nivel de titulación exigido para su desempeño. En la situación de servicio activo.
- Contar con 2 años de servicio activo en el inferior Subgrupo de clasificación profesional. A los efectos del cómputo de los dos años se tendrán en cuenta los servicios prestados en dicho Subgrupo en cualquier otra Administración Local, siempre que hayan sido reconocidos por el Ayuntamiento de El Ejido.
- También podrán participar los funcionarios de carrera del mismo Subgrupo de titulación, siempre que desempeñen actividades sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico, y estén en posesión de la titulación exigida.
C.2. Fase de Concurso. Méritos a valorar y baremo.
A) Antigüedad: Por cada mes de pertenencia a la Subescala anterior a la de la plaza a la que se opta, en la Administración Local, 0,05 puntos hasta un máximo de 3,00 puntos. Las fracciones inferiores al mes no se tendrán en cuenta.
B) Grado Personal: Por el grado personal consolidado se puntuará con arreglo a la siguiente escala, hasta un máximo de 1,50 puntos:
- Por grado personal consolidado igual al máximo establecido en el nivel del intervalo correspondiente al Grupo/Subgrupo en el que figura clasificado su Escala, 1,50 puntos.
- Si inferior en un nivel, 1,00 punto.
- Si inferior en dos niveles, 0,50 puntos.
C) Trabajo desarrollado:
Por haber desempeñado puestos por cuyo contenido funcional han sido clasificados en las correspondientes RPT para ser desempeñados por ocupantes con requisitos de titulación subgrupo A2, se puntuará con arreglo a la siguiente escala, según nivel y tiempo de desempeño:
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A2/C1, con el N.P.T. más alto, incluido en los niveles del intervalo correspondiente al grupo en el que figure clasificado su Escala, según la correspondiente RPT: 0,20 puntos por mes hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A2/C1 con el N.P.T. inferior en un nivel, al NPT indicado en el punto anterior, según la correspondiente RPT: 0,15 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A2/C1 con el N.P.T. inferior en 2 niveles al NPT indicado en el punto primero, según la correspondiente RPT: 0,12 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
No se podrá puntuar por más de un concepto, siendo de aplicación el más favorable para el aspirante.
D) Formación complementaria específica: Por Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con los puestos a desempeñar, y del nivel correspondiente a los mismos, impartidos por organismos oficiales o por centros privados autorizados, hasta un máximo de 2,50 puntos, aplicados de la siguiente forma:
- De 40 y más horas 1,00 punto.
- De 30 y más horas y menos de 40 0,75 puntos.
- De 25 y más horas y menos de 30 0,50 puntos.
- De menos de 25 horas o sin especificar 0,25 puntos.
El total de puntos a obtener en esta fase será como máximo 10 puntos.
C.3. Fase de Oposición.
La fase de Oposición consistirá en la realización de tres supuestos prácticos basados en las funciones que constituyen la habitual actividad técnica de gestión desarrollada desde las Unidades de Gestión de las distintas Áreas en que se estructura el Ayuntamiento; actividades vinculadas a los bloques temáticos del Programa que se indica en el punto 4 de este apartado.
En esta prueba se valorará fundamentalmente la preparación y correcta aplicación de los conocimientos teóricos del aspirante a la resolución de los problemas prácticos planteados, los informes propuestas o dictámenes en el procedimiento administrativo, la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable, así como la claridad de exposición y el estilo administrativo.
El contenido y tiempo de realización serán determinados por el Tribunal inmediatamente antes de la realización de los mismos. El grado de dificultad se adecuará a las plazas convocadas.
Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
Los miembros del Tribunal puntuarán cada uno de los tres supuestos, puntuando sobre 10 puntos. La puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal. La nota obtenida habrá de ser de 15 puntos, debiendo obtener 5 puntos como mínimo en cada supuesto. En consecuencia, superarán la fase de oposición los aspirantes que hayan alcanzado una puntuación mínima de 15 puntos, quedando eliminados los restantes.
C.4. Programa.
1. Hacienda pública local. Recursos propios.
2. Contratación administrativa.
3. Bienes de las Entidades Locales.
4. El presupuesto y la contabilidad de las Entidades Locales.
5. Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
6. Las competencias municipales.
7. Modernización del gobierno local.
8. La fiscalidad de las Entidades Locales.
D) 2 PLAZAS DE TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN, ADMINISTRACIÓN GENERAL
D.1. Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en el concurso-oposición restringido será necesario:
- Ser Diplomado Universitario o equivalente.
- Ser funcionario de carrera del Subgrupo C1, Subescala Administrativa de Administración General o Subescala Servicios Especiales Administración Especial del Ayuntamiento de El Ejido, siempre que se estén desempeñando actividades sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico con el de las plazas que se convocan. Estas circunstancias deberán acreditarse mediante certificación expedida por el Secretario de la Corporación en la que se hará constar el puesto o puestos desempeñados, el cometido funcional asignado a los mismos y el nivel de titulación exigido para su desempeño. En la situación de servicio activo.
- Contar con 2 años de servicio activo en el inferior Subgrupo de clasificación profesional. A los efectos del cómputo de los dos años se tendrán en cuenta los servicios prestados en dicho Subgrupo en cualquier otra Administración Local, siempre que hayan sido reconocidos por el Ayuntamiento de El Ejido.
- También podrán participar los funcionarios de carrera del mismo Subgrupo de titulación, siempre que desempeñen actividades sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico, y estén en posesión de la titulación exigida.
D.2. Fase de Concurso. Méritos a valorar y baremo.
A) Antigüedad: Por cada mes de pertenencia a la Subescala anterior a la de la plaza a la que se opta, en la Administración Local, 0,05 puntos hasta un máximo de 3,00 puntos. Las fracciones inferiores al mes no se tendrán en cuenta.
B) Grado Personal: Por el grado personal consolidado se puntuará con arreglo a la siguiente escala, hasta un máximo de 1,50 puntos:
- Por grado personal consolidado igual al máximo establecido en el nivel del intervalo correspondiente al Grupo/Subgrupo en el que figura clasificado su Escala, 1,50 puntos.
- Si inferior en un nivel, 1,00 punto.
- Si inferior en dos niveles, 0,50 puntos.
C) Trabajo desarrollado:
1. Por haber desempeñado puestos por cuyo contenido funcional han sido clasificados en las correspondientes RPT para ser desempeñados por ocupantes con requisitos de titulación subgrupo A2, se puntuará con arreglo a la siguiente escala, según nivel y tiempo de desempeño:
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A2/C1, con el N.P.T. más alto, incluido en los niveles del intervalo correspondiente al grupo en el que figure clasificado su Escala, según la correspondiente RPT: 0,20 puntos por mes hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A2/C1 con el N.P.T. inferior en un nivel, al NPT indicado en el punto anterior, según la correspondiente RPT: 0,15 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación A2/C1 con el N.P.T. inferior en 2 niveles al NPT indicado en el punto primero, según la correspondiente RPT: 0,12 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
No se podrá puntuar por más de un concepto, siendo de aplicación el más favorable para el aspirante.
D) Formación complementaria específica: Por Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con los puestos a desempeñar, y del nivel correspondiente a los mismos, impartidos por organismos oficiales o por centros privados autorizados, hasta un máximo de 2,50 puntos, aplicados de la siguiente forma:
- De 40 y más horas 1,00 punto.
- De 30 y más horas y menos de 40 0,75 puntos.
- De 25 y más horas y menos de 30 0,50 puntos.
- De menos de 25 horas o sin especificar 0,25 puntos.
El total de puntos a obtener en esta fase será como máximo 10 puntos.
D.3. Fase de Oposición.
La Fase de Oposición consistirá en la realización de tres supuestos prácticos basados en las funciones que constituyen la habitual actividad técnica de gestión desarrollada desde las Unidades de Gestión de las distintas Áreas en que se estructura el Ayuntamiento; actividades vinculadas a los bloques temáticos del Programa que se indica en el punto 4 de este apartado.
En esta prueba se valorará fundamentalmente la preparación y correcta aplicación de los conocimientos teóricos del aspirante a la resolución de los problemas prácticos planteados, los informes propuestas o dictámenes en el procedimiento administrativo, la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable, así como la claridad de exposición y el estilo administrativo.
El contenido y tiempo de realización serán determinados por el Tribunal inmediatamente antes de la realización de los mismos. El grado de dificultad se adecuará a las plazas convocadas.
Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
Los miembros del Tribunal puntuarán cada uno de los tres supuestos, puntuando sobre 10 puntos. La puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal. La nota obtenida habrá de ser de 15 puntos, debiendo obtener 5 puntos como mínimo en cada supuesto. En consecuencia, superarán la fase de oposición los aspirantes que hayan alcanzado una puntuación mínima de 15 puntos, quedando eliminados los restantes.
D.4. Programa. Ámbitos temáticos:
1. Modernización del gobierno local.
2. Ordenación urbanística.
3. Contratación administrativa.
4. Bienes de las Entidades Locales.
5. Función pública local.
6. Hacienda pública local.
6. Procedimiento sancionador.
7. Responsabilidad patrimonial.
8. Aplicación de sentencias.
E) 5 PLAZAS DE ADMINISTRATIVO, ADMINISTRACIÓN GENERAL
E.1. Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en el concurso-oposición restringido será necesario:
- Estar en posesión del título de Bachiller o Técnico, o contar con 10 años de antigüedad en el Cuerpo o Escala, Subgrupo C2.
- Ser funcionario de carrera del Subgrupo C2, Subescala Auxiliar de Administración General del Ayuntamiento de El Ejido, en la situación de servicio activo.
- Contar con 2 años de servicio activo en el inferior Subgrupo de clasificación profesional. A los efectos del cómputo de los dos años se tendrán en cuenta los servicios prestados en dicho Subgrupo en cualquier otra Administración Local, siempre que hayan sido reconocidos por el Ayuntamiento de El Ejido.
- También podrán participar los funcionarios de carrera del mismo Subgrupo de titulación, siempre que desempeñen actividades sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico, y estén en posesión de la titulación exigida.
E.2. Fase de Concurso. Méritos a valorar y baremo.
A) Antigüedad: Por cada mes de pertenencia a la Subescala anterior a la de la plaza a la que se opta, en la Administración Local, 0,05 puntos hasta un máximo de 3,00 puntos. Las fracciones inferiores al mes no se tendrán en cuenta.
B) Grado Personal: Por el grado personal consolidado se puntuará con arreglo a la siguiente escala, hasta un máximo de 1,50 puntos:
- Por grado personal consolidado igual al máximo establecido en el nivel del intervalo correspondiente al Grupo/Subgrupo en el que figura clasificado su Escala, 1,50 puntos.
- Si inferior en un nivel, 1,00 punto.
- Si inferior en dos niveles, 0,50 puntos.
C) Trabajo desarrollado:
Por haber desempeñado puestos por cuyo contenido funcional han sido clasificados en las correspondientes RPT para ser desempeñados por ocupantes con requisitos de titulación subgrupo C1, se puntuará con arreglo a la siguiente escala, según nivel y tiempo de desempeño:
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación C1/C2, con el N.P.T. más alto, incluido en los niveles del intervalo correspondiente al grupo en el que figure clasificado su Escala, según la correspondiente RPT: 0,20 puntos por mes hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación C1/C2 con el N.P.T. inferior en un nivel, al NPT indicado en el punto anterior, según la correspondiente RPT: 0,15 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupos correlativos de titulación C1/C2 con el N.P.T. inferior en 2 niveles al NPT indicado en el punto primero, según la correspondiente RPT: 0,12 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
No se podrá puntuar por más de un concepto, siendo de aplicación el más favorable para el aspirante.
D) Formación complementaria específica: Por Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con los puestos a desempeñar, y del nivel correspondiente a los mismos, impartidos por organismos oficiales o por centros privados autorizados, hasta un máximo de 2,50 puntos, aplicados de la siguiente forma:
- De 40 y más horas 1,00 punto.
- De 30 y más horas y menos de 40 0,75 puntos.
- De 25 y más horas y menos de 30 0,50 puntos.
- De menos de 25 horas o sin especificar 0,25 puntos.
El total de puntos a obtener en esta fase será como máximo 10 puntos.
E.3. Fase de Oposición.
La fase de Oposición consistirá en la realización de tres supuestos prácticos basados en las funciones que constituyen la habitual actividad administrativa de gestión desarrollada desde las Unidades de Gestión de las distintas Áreas en que se estructura el Ayuntamiento; actividades vinculadas a los bloques temáticos del Programa que se indica en el punto 4 de este apartado.
En esta prueba se valorará fundamentalmente la preparación y correcta aplicación de los conocimientos teóricos del aspirante a la resolución de los problemas prácticos planteados, los informes propuestas o dictámenes en el procedimiento administrativo, la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento y formulación de conclusiones y el conocimiento y adecuada interpretación de la normativa aplicable, así como la claridad de exposición y el estilo administrativo.
El contenido y tiempo de realización serán determinados por el Tribunal inmediatamente antes de la realización de los mismos. El grado de dificultad se adecuará a las plazas convocadas.
Los aspirantes serán convocados para el ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.
Los miembros del Tribunal puntuarán cada uno de los tres supuestos, puntuando sobre 10 puntos. La puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal. La nota obtenida habrá de ser de 15 puntos, debiendo obtener 5 puntos como mínimo en cada supuesto. En consecuencia, superarán la fase de oposición los aspirantes que hayan alcanzado una puntuación mínima de 15 puntos, quedando eliminados los restantes.
E.4. Programa. Ámbitos temáticos.
1. Modernización del gobierno local.
2. Ordenación urbanística.
3. Contratación administrativa.
4. Bienes de las Entidades Locales.
5. Función pública local.
6. Hacienda pública local.
6. Procedimiento sancionador.
7. Responsabilidad patrimonial.
F) 1 PLAZA DE AUXILIAR DE CLASIFICACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y REPARTO, ADMINISTRACION ESPECIAL, SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES
E.1. Requisitos de los aspirantes.
Para tomar parte en el concurso-oposición restringido será necesario:
- Estar en posesión del título de Graduado en ESO o equivalente.
- Ser funcionario de carrera del Subgrupo APO, Subescala cometidos especiales, o Subescala Subalterna de Administración General del Ayuntamiento de El Ejido, o personal laboral fijo –a la entrada en vigor del EBEP– de la categoría inferior (APO), siempre que se estén desempeñando funciones o puestos adscritos a la Subescala de Servicios Especiales y las actividades sean sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico con el de la plaza que se convoca. Estas circunstancias deberán acreditarse mediante certificación expedida por el Secretario de la Corporación en la que se hará constar el puesto o puestos desempeñados, el cometido funcional asignado a los mismos y el nivel de titulación exigido para su desempeño. En todos los casos se estará en la situación de servicio activo.
- Contar con 2 años de servicio activo en el inferior Subgrupo de clasificación profesional. A los efectos del cómputo de los dos años se tendrán en cuenta los servicios prestados en dicho Subgrupo en cualquier otra Administración Local, siempre que hayan sido reconocidos por el Ayuntamiento de El Ejido.
- También podrán participar los funcionarios de carrera del mismo Subgrupo de titulación, siempre que desempeñen actividades sustancialmente coincidentes o análogas en su contenido profesional y en su nivel técnico, y estén en posesión de la titulación exigida.
E.2. Fase de Concurso. Méritos a valorar y baremo.
A) Antigüedad: Por cada mes de pertenencia a la Subescala anterior a la de la plaza a la que se opta, en la Administración Local, 0,05 puntos hasta un máximo de 3,00 puntos. Las fracciones inferiores al mes no se tendrán en cuenta.
B) Grado Personal: Por el grado personal consolidado se puntuará con arreglo a la siguiente escala, hasta un máximo de 1,50 puntos:
- Por grado personal consolidado igual al máximo establecido en el nivel del intervalo correspondiente al Grupo/Subgrupo en el que figura clasificado su Escala, 1,50 puntos.
- Si inferior en un nivel, 1,00 punto.
- Si inferior en dos niveles, 0,50 puntos.
C) Trabajo desarrollado.
Por haber desempeñado puestos por cuyo contenido funcional han sido clasificados en las correspondientes RPT para ser desempeñados por ocupantes con requisitos de titulación subgrupo C2, se puntuará con arreglo a la siguiente escala, según nivel y tiempo de desempeño:
- Puestos clasificados para Subgrupo C2, con el N.P.T. más alto, incluido en los niveles del intervalo correspondiente al grupo en el que figure clasificado su Escala, según la correspondiente RPT: 0,20 puntos por mes hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupo C2 con el N.P.T. inferior en un nivel, al NPT indicado en el punto anterior, según la correspondiente RPT: 0,15 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
- Puestos clasificados para Subgrupo C2 con el N.P.T. inferior en 2 niveles al NPT indicado en el punto primero, según la correspondiente RPT: 0,12 puntos por cada mes, hasta un máximo de 3 puntos.
No se podrá puntuar por más de un concepto, siendo de aplicación el más favorable para el aspirante.
D) Formación complementaria específica: Por Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con los puestos a desempeñar, y del nivel correspondiente a los mismos, impartidos por organismos oficiales o por centros privados autorizados, hasta un máximo de 2,50 puntos, aplicados de la siguiente forma:
- De 40 y más horas 1,00 punto.
- De 30 y más horas y menos de 40 0,75 puntos.
- De 25 y más horas y menos de 30 0,50 puntos.
- De menos de 25 horas o sin especificar 0,25 puntos.
El total de puntos a obtener en esta fase será como máximo 10 puntos.
F.3. Fase de Oposición.
Consistirá en la realización de las siguientes pruebas:
Prueba Primera: Curso de capacitación: Superar el curso de capacitación en el Ayuntamiento de El Ejido. Dicho curso deberá versar sobre los ámbitos temáticos que se indican en el programa, apartado 4.
El plazo para la realización del citado curso de capacitación comenzará a contar desde la finalización del plazo de presentación de instancias.
En la fecha que se determine en la Resolución referida en la base cuarta sobre inicio del proceso selectivo, los aspirantes habrán concluido el mismo y realizado las pruebas de evaluación establecidas por el profesorado del curso (Exámenes y trabajo final), que serán calificados de 0 a 10 puntos. En dicha fecha, el Tribunal se constituirá para evaluar los informes emitidos por el profesorado sobre cada uno de los aspirantes. Realizada la evaluación de los mismos, el Tribunal procederá a puntuar debiendo obtener 5 puntos como mínimo para superar el curso de capacitación. Quienes no los obtengan serán eliminados.
El contenido y tiempo de realización del curso de capacitación será determinado por el Alcalde inmediatamente antes de la realización del mismo. El grado de dificultad se adecuará a la plaza convocada.
Prueba Segunda: Realización de un supuesto práctico basado en el contenido funcional del trabajo a desempeñar. Se valorarán los conocimientos del tema sobre el que verse el supuesto, el nivel de formación general, la composición gramatical y la concreción y claridad de exposición, en la forma y tiempo que determine el Tribunal.
Los miembros del Tribunal puntuarán cada una de las dos pruebas, puntuando sobre 10 puntos. La puntuación de cada aspirante será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal. La nota obtenida habrá de ser de 10 puntos, debiendo obtener 5 puntos como mínimo en cada prueba. En consecuencia, superarán la fase de oposición los aspirantes que hayan alcanzado una puntuación mínima de 10 puntos, quedando eliminados los restantes.
F.4. Programa.
1. Procedimiento Administrativo local.
2. El Registro de entrada y salida de documentos.
3. Requisitos de la presentación de documentos.
4. Comunicación y notificaciones.
5. Empleados Públicos. Concepto y clases.
6. Derechos y deberes de los empleados públicos.
7. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
8. Acceso al empleo público.
9. Situaciones administrativas de los empleados públicos.
10. Régimen de incompatibilidades.
El Ejido, 9 de abril de 2015.- El Alcalde-Presidente, Francisco Góngora Cara.
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