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NIG: 2905442C20120003314.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 779/2012. Negociado: JP.
De: María Lourdes Domínguez López.
Procuradora: Sra. María Isabel Luque Rosales
Contra: La Herradura de Calahonda, S.A.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 779/2012 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola (antiguo Mixto Cuatro) a instancia de María Lourdes Domínguez López contra La Herradura de Calahonda, S.A., sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Fuengirola, a 18 de diciembre de dos mil catorce.
Vistos por mí, doña Isabel Escriba Molina, Juez titular en funciones de apoyo a los Juzgados de Primera Instancia de esta Ciudad, los presentes autos de juicio ordinario, tramitados en el Juzgado de Primera Instancia número Tres de Fuengirola con el número 779/2012, a instancias de doña María Lourdes Domínguez López, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Luque Rosales, y defendida por el Letrado Sr. Alonso Fernández, sustituido en el acto de la vista por su compañera la Sra. Alonso Santamaría, contra la entidad Herradura de Calahonda, S.A., en situación procesal de rebeldía, que tiene por objeto la reclamación de cantidad,
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Sra. Luque Rosales, en nombre y representación de doña María Lourdes Domínguez López, declaro:
- La plena eficacia de los negocios jurídicos suscritos entre las partes en fecha 22 de septiembre de 2005, que las viviendas inscritas como fincas regístrales números 86304, 86306 y 86308, inscritas en el Registro de la Propiedad número 3 de Mijas son propiedad de doña María Lourdes Domínguez López.
Y condeno a la entidad Herradura de Calahonda, S.A., a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a otorgar y realizar los actos necesarios para la inscripción de las fincas registrales números 86304, 86306 y 86308, inscritas en el Registro de la Propiedad número 3 de Mijas, a favor de doña María Lourdes Domínguez López, o a favor de la persona que ella designe; la demandada Herradura de Calahonda, S.A., abonará los gastos derivados de las escrituras. Todo ello con imposición de costas a la demandada Herradura de Calahonda, S.A.
Notifíquese esta resolución a las partes.
Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga. El escrito de interposición de recurso de apelación, en su caso, deberá acompañarse de la acreditación de la consignación del preceptivo depósito para recurrir, por importe de 50 euros, depósito que ha de constituirse en cualquier sucursal de la entidad bancaria Santander, y en la cuenta de este Juzgado, indicando en el apartado «observaciones», que se trata de un recurso de apelación; ello a salvo de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 1/2009, de 3 de noviembre, y de los casos en que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita.
Igualmente, y para el caso de recurrir en apelación la presente resolución, deberá acompañarse el modelo 696 debidamente validado por la AEAT en acreditación del pago o exención objetiva del mismo y con referencia a la tasa fiscal por ejercicio de actividad jurisdiccional, exigido por el art. 35 Uno.1.b) de la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, sin cuyo requisito no se dará curso al escrito de interposición del recurso.
Líbrese testimonio de esta resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo yo, doña Isabel Escribá Molina, Juez titular en funciones de apoyo del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola.
Diligencia: Dada la anterior Sentencia es notificada y archivada en la Secretaría de este Juzgado, de la que se deja testimonio unido a las actuaciones; doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Herradura de Calahonda, S.A., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a cuatro de marzo de dos mil quince.- El/La Secretario.
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