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NIG: 2905442C20110000508.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 138/2011. Negociado: 1.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Desarrollos Empresariales Nápóles, S.L.
Procuradora: Sra. María José Huéscar Durán.
Contra: Cerro del Pilar, S.C. y Tosegon Calasol, S.L.
Procuradora: Sra. María Isabel Luque Rosales.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 138/2011 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Fuengirola a instancia de Desarrollos Empresariales Nápoles, S.L., contra Cerro del Pilar, S.C., y Tosegon Calasol, S.L., sobre Reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Juicio ordinario núm. 138/2011
SENTENCIA
Que dicto yo, Julián Cabrero López, Magistrado a cargo de este Juzgado, en los autos de juicio ordinario registrados con el número 138/2011 en los que han sido parte demandante Desarrollos Empresariales Nápoles, S.L., representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Huéscar Durán y asistida del Letrado Sr. Ábalos Nuevo, y parte demandada Cerro del Pilar, S.C., representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Luque Rosales y dirigida por el Letrado Sr. Llamas Saavedra, y Tosegón Calasol, S.L., en situación procesal de rebeldía.
En Fuengirola, a 5 de febrero de 2014.
FALLO
Que estimando íntegramente como estimo la demanda deducida por la Procuradora de los Tribunales Sra. Huéscar Durán en nombre y representación de Desarrollos Empresariales Nápoles, S.L., condeno a Cerro del Pilar, S.C., y Tosegón Calasol, S.L., a abonar a la actora la suma de 738.876,85 euros incrementada en la que resulte de aplicarle el interés legal del dinero desde el 2 de septiembre de 2010 con imposición de costas a la parte demandada.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días siguientes al de su notificación, previa consignación de un depósito de cincuenta (50) euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado.
Llévese el original al Libro de Sentencias.
Así, por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
Fdo.: Julián Cabrero López, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia número Cuatro de Fuengirola (Málaga).
Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Ilmo. Sr. Magistrado que la ha dictado constituido en audiencia pública, en el día de la fecha. Doy fe.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Tosegón Calasol, S.L., extiendo y firmo la presente en Fuengirola, a treinta de abril de dos mil catorce.- El/La Secretario.
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