Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 82 de 30/04/2015

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Consejería de Fomento y Vivienda

Anuncio de 23 de abril de 2015, de la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio en Almería, por el que se publica requerimiento sobre aportación de documentación en materia de transportes.

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Requerimiento: Núm. 74/2015.

Interesado: Francisco Salvador Montoya Martínez.

CIF número: 27526432D

Domicilio: C/ Sorbas, núm. 7, Bda. Polopos.

04210 Lucainena de las Torres (Almería).

De conformidad con lo establecido en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE del 31 de julio), modificada por la Ley 9/2013, de 4 de julio, se le requiere para que comparezca el día 25 de mayo 2015 a las 11,00 horas, por si mismo o por medio de persona que le represente ante la Inspección de Transportes de la Delegación Territorial de la Consejeria de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio de Almería, sita en calle Hermanos Machado, núm. 4, 6.ª planta, debiendo aportar copia de la siguiente documentación:

- Fotocopias del permiso de circulación y de la ficha de características técnicas (anverso y reverso) en la que aparezca la itv en vigor, de todos los vehículos dedicados al transporte de mercancías, propiedad de la empresa.

- Fotocopias del Certificado de verificación de los tacógrafos utilizados en dichos vehículos, tarjeta de transporte de los mencionados vehículos y permiso de conducir de los conductores de dichos vehículos.

- Fotocopias del Impuesto de Actividades Económicas (o declaración censal) relativo a la actividad de la empresa y asimismo TC1 y TC2 abonado y relativo al mes de febrero 2015.

- Discos diagrama originales o CD conteniendo datos de tacógrafo digital en su caso , con extensión de ficheros TGD, de los vehículos de transporte propiedad de la empresa relativos a febrero 2015 y asimismo fotocopias de los documentos de control de la mercancía transportada en febrero 2015.

El incumplimiento de este requerimiento podrá ser considerado como obstrucción a la labor inspectora y Falta Muy Grave o Grave, según que se imposibilite o dificulte gravemente el ejercicio de las funciones que legal o reglamentariamente tiene atribuidas la Inspección, sancionándose de acuerdo a lo establecido en el apartado 12 del artículo 140 o en el apartado 4 del artículo 141 de la Ley 16/1987, de Ordenación del Transporte Terrestre, respectivamente. Su infracción sería sancionada con multa de 4.001 a 6.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza muy grave) o con multa de 801 a 1.000 euros (en el caso de consideración de falta de naturaleza grave).

El Inspector de Transportes, Antonio González Jiménez.

Almería, 23 de abril de 2015.- El Delegado, Joaquín Alberto Jiménez Segura.

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