Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 83 de 04/05/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 131/2015, de 14 de abril, por el que se acepta la cesión gratuita de la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera (Córdoba), de un inmueble de titularidad municipal, sito en C/ La Tercia, núm. 4, de dicha localidad, con destino a ubicar un Centro de Salud, y se adscribe al Servicio Andaluz de Salud.

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Por el Pleno del Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera (Córdoba), se ha acordado ceder gratuitamente la propiedad a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de un inmueble de 1.472 m², sito en C/ La Tercia, núm. 4, de dicha localidad, con destino a ubicar un Centro de Salud.

Por la entonces Consejería de Salud, hoy Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, se considera de interés la aceptación de la referida cesión, con destino a ubicar un Centro de Salud.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 14 de abril de 2015,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad acordada por el Ayuntamiento de Aguilar de la Frontera (Córdoba), de un inmueble de 1.472 m², sito en C/ La Tercia, núm. 4, de dicha localidad, con destino a ubicar un Centro de Salud.

Consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Aguilar de la Frontera (Córdoba), al tomo 1.425, libro 573, folio 44, con el número de finca 29.315, con la siguiente descripción:

Urbana: Edificio Servicios. Calle La Tercia, núm. 4. Linderos: Frente, calle La Tercia. Derecha, Vía Pública. Izquierda, mercado municipal de abastos. Fondo, Carretera N-331 de Córdoba a Málaga.

Referencia catastral número 3935402UG5533N0001JX.

Segundo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad se formalizará en escritura pública o documento administrativo y se inscribirá en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Tercero. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión gratuita de la propiedad del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe al Servicio Andaluz de Salud con destino a ubicar un Centro de Salud.

Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 14 de abril de 2015

SUSANA DÍAZ PACHECO

Presidenta de la Junta de Andalucía,
en funciones
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO

Consejera de Hacienda y Administración Pública, en funciones
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