Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 15/05/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Decreto 140/2015, de 12 de mayo, por el que se acepta la cesión de uso a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Ayuntamiento de Vélez-Rubio (Almería) de la planta baja del inmueble de titularidad municipal, sito en la calle Villa de María número 11 de dicha localidad, por un plazo de 25 años con destino a la instalación del Servicio Andaluz de Empleo, y se adscribe al Servicio Andaluz de Empleo.

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Por el Ayuntamiento de Vélez-Rubio (Almería) se ha acordado ceder el uso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de la planta baja del inmueble de titularidad municipal, sito en la calle Villa de María número 11 de dicho municipio, por un plazo de 25 años, que se podrá prorrogar por periodos anuales hasta un máximo de 30 años, con destino a oficinas del Servicio Andaluz de Empleo.

Por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo se considera de interés la aceptación de la referida cesión, con destino a la instalación del Servicio Andaluz de Empleo, para el desarrollo de los fines, actividades y funciones que le son propios.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 12 de mayo de 2015,

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo previsto en el artículo 80, y concordantes, de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión de uso acordada por el Ayuntamiento de Vélez-Rubio (Almería) de la planta baja del inmueble ubicado en un solar de 452 metros cuadrados y una superficie construida de 610 metros cuadrados, sito en la calle Villa de María número 11 de dicho municipio, por un plazo de 25 años, prorrogables por periodos anuales hasta un máximo de 30 años, con destino a la instalación del Servicio Andaluz de Empleo.

Referencia catastral número 1677101WG8617N0001YA.

Segundo. La cesión de uso gratuita se formalizará en documento administrativo, según lo dispuesto en el artículo 80 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto 18/2006, de 24 de enero.

Tercero. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la cesión de uso de parte del inmueble descrito en el apartado primero, que se adscribe al Servicio Andaluz de Empleo para el desarrollo de sus fines, actividades y funciones.

Cuarto. Por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 12 de mayo de 2015

SUSANA DÍAZ PACHECO

Presidenta de la Junta de Andalucía,
en funciones
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO

Consejera de Hacienda y Administración Pública, en funciones
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