Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 21/05/2015

3. Otras disposiciones

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales

Resolución de 14 de mayo de 2015, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del municipio de Hornachuelos (Córdoba).

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El artículo 4 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, establece que estas pueden dotarse de los símbolos representativos que estimen oportunos, siempre que dichos símbolos y el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de los mismos se ajuste a las prescripciones de la mencionada Ley. A tal efecto, el Excmo. Ayuntamiento de Hornachuelos (Córdoba) ha realizado los trámites tendentes a la adopción de su bandera municipal, de acuerdo con lo establecido en el capítulo segundo de la mencionada Ley.

Con fecha 26 de noviembre de 2014, el Pleno del Ayuntamiento acordó, con el quórum establecido en el artículo 14 de la mencionada Ley, la adopción de su bandera municipal, cuya descripción es la siguiente:

- Bandera rectangular, partida en dos franjas horizontales, la de arriba color azul y la de abajo blanco. En el centro, y sobre las dos franjas, castillo de oro con tres almenas, siendo mayor la central, mazonado de negro y aclarado de rojo, siendo el tamaño del mismo de una sexta parte de la superficie de la bandera.

Mediante escrito de fecha 8 de mayo de 2015 se solicita por dicha Entidad Local la inscripción de su bandera municipal en el Registro Andaluz de Entidades Locales, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la expresada Ley, según el cual el uso de los símbolos de las Entidades Locales es privativo de las mismas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el referido Registro.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en los artículos 17 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, 18.6 de la Orden de 17 de septiembre de 2010, por la que se desarrolla la organización y el funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Locales, apartado b) del artículo 7.2 del Decreto 147/2012, de 5 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales, y artículo 8 del Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales de la bandera del municipio de Hornachuelos (Córdoba), con la descripción indicada y con la imagen gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Modificar, en consecuencia, la correspondiente inscripción registral del municipio de Hornachuelos (Córdoba) en el mencionado Registro, para incluir dicha bandera municipal.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 14 de mayo de 2015.- La Directora General, Isabel Niñoles Ferrández.

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