Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 113 de 15/06/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 16 de mayo de 2016, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Purchena, dimanante de autos núm. 47/2014. (PP. 1315/2016).

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NIG: 0407641C20141000035.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 47/2014. Negociado: C2.

Sobre: Res. Contrato Arrend. Financiero y reclamación de cantidad.

De: Banco de Santander, S.A.

Procuradora: Sra. Elena Medina Cuadros.

Contra: Silica Vilomar, S.L., Eva María Vila Campana y Francisco Martínez Ujaldón.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 47/2014 seguido a instancia de Banco de Santander, S.A., frente a Silica Vilomar, S.L., Eva María Vila Campana y Francisco Martínez Ujaldón se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único.

Purchena (Almería).

Procedimiento Ordinario 47/2014.

SENTENCIA nÚM. 7/2015

En Purchena, a trece de enero de dos mil quince.

Vistos por don Luis Rodríguez Casero, Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Purchena (Almería), los autos correspondientes al Procedimiento de Juicio Ordinario 47/2014, promovido por la representación procesal de la entidad demandante Banco Santander, S.A., frente a la parte demandada Silica Vilomar, S.L., doña Eva María Vila Campana y don Francisco Martínez Ujaldón, se dicta la presente resolución en base a los siguientes

FALLO

Que estimo en su integridad la demanda interpuesta por la representación procesal de la entidad Banco Santander, S.A., frente a la parte codemandada Silica Vilomar, S.L., doña Eva María Vila Campana y don Francisco Martínez Ujaldón, y, en consecuencia, declaro la resolución del contrato de arrendamiento financiero suscrito entre las partes relativo al vehículo de marca Iveco Scania, modelo R.124 LA4X2NA470, con número de bastidor VLUR4X20009083468, con placa de matrícula 6061-CNK, condenando a la parte demandada a la entrega del citado vehículo a la parte actora, y, en su virtud, condeno a la parte demandada conjunta y solidariamente a pagar a la parte actora la cuantía de ocho mil veintiún euros con treinta y ocho céntimos (8.021,38 euros), cantidad que devengará los intereses pactados a contar desde la fecha de interposición de la demanda y el interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la Sentencia hasta la de su total cumplimiento, y se impone a la parte demandada el pago de las costas causadas en esta instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes con indicación de que contra la misma cabe recurso de apelación, que se deberá interponer por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de su notificación (artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) del que entenderá la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, debiendo acreditar la consignación en la cuenta de este Juzgado conforme a la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, y sin el cual no se tendrá por interpuesto. Así lo acuerda, manda y firma don Luis Rodríguez Casero, Ilmo. Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Purchena y su partido judicial. Doy fe.»

Y encontrándose dicho demandado, Silica Vilomar, S.L., Eva María Vila Campana y Francisco Martínez Ujaldón, demandados rebeldes, en paradero desconocido y conforme al art. 497 de la LEC, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a los mismos.

En Purchena, a dieciséis de mayo de dos mil dieciséis.- El/La Secretario/a Judicial.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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