Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 12 de 20/01/2016

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 16 de diciembre de 2015, por la que se autoriza el cambio de titularidad al centro de educación infantil «Barquito de Papel», de Chiclana de la Frontera (Cádiz).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña Sara Lila Llamas Martínez, titular del centro de educación infantil «Barquito de Papel», de Chiclana de la Frontera (Cádiz), en solicitud de cambio de titularidad del mismo a favor de Llamartínez 2014, S.L..

Resultando que el centro tiene autorización administrativa para 2 unidades de primer ciclo de educación infantil con 35 puestos escolares, por Orden de 31 de agosto de 2009 (BOJA de 5 de octubre), teniendo suscrito con esta Consejería de Educación el convenio de financiación al que se refiere el artículo 51 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo.

Resultando que, consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros, aparece debidamente acreditada la titularidad del centro de educación infantil «Barquito de Papel», a favor de doña Sara Lila Llamas Martínez.

Resultando que doña Sara Lila Llamas Martínez, mediante escritura de cesión otorgada ante don José Manuel Páez Moreno, notario del Ilustre Colegio de Andalucía, cede la titularidad del referido centro a favor de «Llamartínez 2014, S.L.», que la acepta.

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía (BOJA de 26 de diciembre); el Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil (BOJA de 15 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General (BOJA de 20 de junio), y demás disposiciones aplicables.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Conceder el cambio de titularidad al centro de educación infantil «Barquito de Papel», código 11011962, con domicilio en C/ Albacete, 9, de Chiclana de la Frontera (Cádiz), que, en lo sucesivo, la ostentará Llamartínez 2014, S.L. que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos, obligaciones y cargas que afectan al mismo, cuya titularidad se le reconoce, y muy especialmente las relacionadas con las ayudas y préstamos que el centro pueda tener concedidos por la Administración Educativa, así como aquéllas que le correspondan en el orden docente y las que se derivan de la vigente legislación laboral, quedando con la configuración en cuanto a las enseñanzas y unidades a que se ha hecho referencia en el resultando primero.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 16 de diciembre de 2015

ADELAIDA DE LA CALLE MARTÍN
Consejera de Educación
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