Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 24/06/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 6 de junio de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Málaga, dimanante de juicio verbal núm. 1004/2012.

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NIG: 2906742C20120028424.

Procedimiento: Juicio Verbal (Alimentos -250.1.8) 1004/2012. Negociado: A.

Sobre: Juicio verbal de alimentos.

De: El Abogado del Estado.

Contra: Kjell Sjostrand.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (Alimentos -250.1.8) 1004/2012, seguido en el Juzgado de la Instancia núm. Seis de Málaga a instancia del Abogado del Estado contra Kjell Sjöstrand, sobre juicio verbal de alimentos, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 989/12

Málaga, a veintiocho de diciembre de dos mil doce.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Gloria Muñoz Rosell, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Málaga, los autos de juicio verbal de alimentos núm. 1004/2012, seguidos a instancias del Abogado del Estado, contra Kjell Sjöstrand siendo parte el Ministerio Fiscal, con los siguientes

FALLO

Se fija en concepto de alimentos a cargo del padre, don Kjell Sjöstrand, para su hija menor N. M-S S, la cantidad de quinientos (500) euros mensuales, que deberán abonarse mensualmente, por meses anticipados, en los primeros cinco días de cada mes, en la cuenta que al efecto se designe por la madre, cantidad que se actualizará anualmente de conformidad con la variación del índice de precios al consumo fijado por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya en el estado español. Tal obligación será exigible desde la fecha de esta Resolución.

No es procedente la expresa condena en costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente Resolución a las partes y al Ministerio Fiscal, previniéndoles de los recursos que caben contra la misma.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Kjell Sjöstrand, extiendo y firmo la presente en Málaga, a seis de junio de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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