Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 131 de 11/07/2016

1. Disposiciones generales

Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio

Acuerdo de 24 de mayo de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Proyecto de Actuación del Área Logística de Níjar (Almería) y se declara de Interés Autonómico.

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El Área Logística de Níjar forma parte del Nodo Logístico de Almería recogido en el Plan de Infraestructuras para la Sostenibilidad del Transporte en Andalucía 2007-2013 (PISTA), cuyo objetivo es desarrollar una oferta cualificada de áreas para uso logístico, en los enclaves de Almería y Níjar, con posibilidad de enlace ferroviario directo a la Línea de Altas Prestaciones del corredor mediterráneo y excelente conexión a la A-7. El Nodo Logístico de Almería cuenta, además, con las instalaciones portuarias de Almería y Carboneras como principales activos.

Por su parte, el Plan de Ordenación del Territorio de la Aglomeración Urbana de Almería, aprobado por Decreto 351/2011, de 29 de noviembre, propuso la localización estratégica de un conjunto de Áreas de Oportunidad de Actividad Económica vinculadas al corredor económico de la A-7 en correspondencia con la estrategia de activación económica de este corredor y en este sentido, identificó el Área Logístico Productiva de Níjar que junto con el Área Logística de Almería configuran el Nodo Logístico de Almería previsto en el PISTA.  A su vez la Revisión Parcial del Plan General de Ordenación Urbanística de Níjar recoge este ámbito como Sistema General de Infraestructura del Transporte–Centro de Transporte de Mercancías (SGIT-ZAL).

El Área Logística de Níjar se ubica en el término municipal de Níjar, cerca de los núcleos urbanos de Níjar al norte, y Los Pipaces y La Fuensanta al sur. El Área se enmarca en el triángulo formado por la autovía A-7 que discurre de suroeste a noreste, la carretera local AL-3108 que discurre desde el nudo con la A-7 de norte hacia el sureste y la rambla de Cambronal, al sur. La superficie total del ámbito de actuación es de 1.747.300,64 m²  que se sitúan íntegramente en el término municipal de Níjar.

Los objetivos y criterios generales que rigen el diseño del Área Logística de Níjar se han establecido para conseguir la máxima accesibilidad e integración territorial desde la red de infraestructuras de comunicación existentes y proyectadas, clasificar y sectorizar suelo para su desarrollo posterior, conseguir una máxima flexibilidad de la ordenación que se desarrollará por fases desde un foco inicial de actividad y definir un viario estructurante que permita modular toda la actuación con la mínima inversión.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 y 39 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Consejo de Gobierno podrá declarar de Interés Autonómico, por su especial relevancia derivada de su magnitud, su proyección económica y social o su importancia para la estructuración territorial de Andalucía, las actuaciones de carácter público contempladas en planes de ordenación del territorio y en planes con incidencia territorial, así como las actuaciones relativas a los ámbitos sectoriales citados en el Anexo II de dicha Ley. Cuando las actuaciones supongan la implantación de usos productivos, dotaciones o cualesquiera otros análogos que precisen desarrollo urbanístico, la declaración de Interés Autonómico se producirá mediante la aprobación por el Consejo de Gobierno de un proyecto de actuación a propuesta de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo, y previa iniciativa de la Consejería competente en razón de la actuación.

El procedimiento para la Declaración de Interés Autonómico del Área Logística de Níjar se inició por Orden de 22 de marzo de 2012, de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda, a iniciativa de la propia Consejería. El Proyecto de Actuación correspondiente, redactado de conformidad con lo preceptuado en el artículo 39.2 al tratarse de una actuación que precisará desarrollo urbanístico, contiene la justificación de la concreta ubicación de la actuación, su incidencia territorial y ambiental y su grado de integración con la planificación y ordenación vigentes; así como asegura el adecuado funcionamiento de las obras e instalaciones que constituyen su objeto.

El Proyecto de Actuación para la declaración de interés autonómico del Área Logística de Níjar mantiene la clasificación establecida por el Plan General de Ordenación Urbanística de Níjar en los terrenos comprendidos en su ámbito como Sistema General de Infraestructura del Transporte–Centro de Transporte de Mercancías, delimitando un único sector con uso global industrial clase Centro de Transporte de Mercancías.

Los Sistemas Generales vinculados a la ejecución del ámbito son los siguientes: el Sistema General Viario que incluye las reservas de suelo necesarias para las conexiones viarias de acceso al ámbito; el Sistema General Ferroviario de conexión exterior ferroviaria desde el trazado de la línea de altas prestaciones en proyecto hasta el acceso al ámbito; y el Sistema General Infraestructuras con las correspondientes reservas de suelo para albergar las conexiones a las redes de infraestructuras existentes.

La superficie mínima destinada a espacios libres y zonas verdes es del 10% en cumplimiento de lo establecido en la Ley 5/2001, de 4 de junio, por la que se regulan las áreas de transporte de mercancías en la Comunidad Autónoma de Andalucía, y los criterios seguidos para su localización, que se propone con carácter vinculante, se basan fundamentalmente en aislar las zonas medioambientalmente más vulnerables y, en su conjunto, amortiguar los nuevos usos con el entorno en que se integran.

De conformidad con lo preceptuado por el artículo 39.1 de la Ley 1/1994, el Proyecto de Actuación del Área Logística de Níjar y su Estudio de Impacto Ambiental se sometieron a información pública por plazo de un mes, anunciada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 22 de enero de 2013, se concedió audiencia al Ayuntamiento de Níjar (Almería) por plazo de dos meses y se recabaron los informes sectoriales preceptivos.

A la vista de estos antecedentes, de conformidad con lo previsto en los artículos 38 y 39 de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía y a propuesta del Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 24 de mayo de 2016,

ACUERDA

Primero. Aprobar el Proyecto de Actuación del Área Logística de Níjar (Almería), que se acompaña como Anexo al presente Acuerdo y declarar la actuación de Interés Autonómico.

Segundo. La aprobación del referido Proyecto de Actuación tendrá los efectos previstos en el artículo 38.3  de la Ley 1/1994, de 11 de enero, de Ordenación del Territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. El impulso de la actuación corresponderá a la Consejería de Fomento y Vivienda a través de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía.

Cuarto. La aprobación de todos los instrumentos y documentos que se precisen para el desarrollo y completa ejecución del Proyecto de Actuación del Área Logística de Níjar, incluidos los proyectos de urbanización que procedieren, corresponderá a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Quinto. El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de mayo de 2016

SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
JOSÉ GREGORIO FISCAL LÓPEZ
Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio
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