Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 18/07/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de mayo de 2016, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola, dimanante de autos núm. 1922/2011. (PP. 1308/2016).

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NIG: 2905442C20110006474.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1922/2011. Negociado: G.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Schindler, S.A.

Procurada: Sra. M.ª Luisa Benítez Donoso García.

Contra: Promohogar 2006, S.L.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1922/2011 seguido a instancia de Schindler, S.A., frente a Promohogar 2006, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA núm. 18/16

En Fuengirola, a 19 de enero de dos mil dieciséis.

Vistos por mí doña Isabel Escriba Molina, Juez titular en funciones de apoyo a los Juzgados de Primera Instancia de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal, tramitados en este Juzgado de Primera Instancia número Uno de Fuengirola con el número 1922/2011, a instancias de la entidad Shindler, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Benítez Donoso y defendida por la Letrado Sra. Carvajal Ramírez, contra Promohogar 2006, S.L., en situación procesal de rebeldía; que tiene por objeto la reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando íntegramente como estimo la demanda deducida por la Procuradora de los Tribunales Sra. Benítez Donoso, en nombre y representación de Shindler, S.A condeno a Promohogar 2006, S.L., a abonar a la actora la suma de dos mil quinientos setenta y cinco euros con noventa y dos céntimos de euro (2.575,92 euros), más la que resulte de incrementarla en el interés previsto según el fundamento tercero de esta resolución, con imposición a la demandada de las costas causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, precisando que la misma es firme al no ser susceptible de recurso de apelación (artículo 455.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Líbrese testimonio de esta resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo yo, doña Isabel Escriba Molina, Juez titular en funciones de apoyo del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Fuengirola.

Y encontrándose dicho demandado, Promohogar 2006, S.L, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Fuengirola, a diecinueve de mayo de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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