Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 20/07/2016

1. Disposiciones generales

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Extracto de la Resolución de 15 de julio de 2016, del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan, para el ejercicio 2016, las subvenciones reguladas por la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 28 de julio de 2014, modificada por Orden de 5 de julio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.

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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA:

Primero. Se convocan para el ejercicio 2016, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios los municipios, las provincias y las demás Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía reconocidas por la legislación de régimen local, así como la Federación Andaluza de Municipios y Provincias u otras Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales de ámbito autonómico, legalmente constituidas en Andalucía, cuyos estatutos consignen fines y actividades que permitan la formación de los empleados públicos.

Tercero. Objeto.

La financiación de planes de formación para el empleo referentes al personal al servicio de las Entidades Locales de Andalucía, en el marco del vigente Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas, promovidos por Entidades Locales y Federaciones o Asociaciones de Entidades Locales de ámbito autonómico.

Cuarto. Bases reguladoras.

Orden de 28 de julio de 2014 (BOJA núm. 152, de 6 de agosto de 2014), modificada por la Orden de 5 de julio de 2016 (BOJA núm. 134, de 14 de julio).

Quinto. Cuantía.

La cuantía total máxima destinada a las ayudas asciende a 2.349.380 euros, que se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 1031180000/G/12B/46000/00S0007 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2016. Además de la cuantía máxima indicada, se podrá disponer de una cuantía adicional de 2.168.005 euros cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

Quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Las solicitudes y documentación necesaria se ajustarán a los formatos electrónicos establecidos en el portal FEDAP. Dichas solicitudes y documentación se cumplimentarán desde la página web del Instituto Andaluz de Administración Pública, http: // www.juntadeandalucia.es/institutodeadministracionpublica a través del Portal FEDAP, en la forma prevista en las bases reguladoras y en la convocatoria. Además, deberá presentarse a través del Portal de la Ciudadanía de la Junta de Andalucía, en el apartado relativo a «presentación electrónica general», al que podrá accederse a través de la URL www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/ciudadania/, o bien en cualquier registro de los previstos en la legislación de procedimiento administrativo común.

Sevilla, 15 de julio de 2016.- El Director, José María Sanchez Bursón.

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