Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 01/08/2016

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 17 de junio de 2016, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vera, dimanante de autos núm. 477/2009. (PP. 1582/2016).

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Número de Identificación General: 0410042C20090002464.

Procedimiento: Ejecución hipotecaria 477/2009. Negociado:

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vera.

Juicio: Ejecución hipotecaria 477/2009.

Parte demandante: Cajas Rurales Unidas, S.C.C.

Parte demandada: Carrión Quesada Inversión, S.L.

Sobre: Ejecución hipotecaria.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuya cabeza y parte dispositiva es el siguiente:

Decreto 820/14.

Secretario Judicial: Sr. Juan Antonio Álvarez Osuna.

En Vera, a veintisiete de noviembre de dos mil catorce.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Por el Procurador don Juan Carlos López Ruiz, actuando en nombre y representación de Cajamar Caja Rural, S.C.C., con domicilio en Almería, Plaza de Barcelona, núm. 5, y CIF F-04001475, se formuló demanda de ejecución frente a la mercantil Carrión Quesada Inversión, S.L., con CIF B04492104, en la que se exponía que por escritura pública otorgada ante el Notario don Jorge Díaz Cadómiga, con feclia nueve de marzo de dos mil seis y con numero de protocolo 726, su representado y el deudor antes expresado concertaron un contrato de préstamo en el que la deuda se garantizaba mediante hipoteca de las siguientes fincas:

1. Tipo: Inmueble.

Subtipo Vivienda.

Descripción: Urbana, treinta y seis. Apartamento denominado 14522, de tipo H, en planta segunda del portal V del edificio catorce del complejo denominado Parquevera, del término de Vera, y consta de vestíbulo, baño, un dormitorio, salón-comedor, cocina y terraza, con una superficie construida incluyendo participación en zonas comunes de 53,26 m2, cuyos datos regístrales son:

Núm. finca: 24.013.

Folio: 79.

Tomo: 1.182.

Libro: 270.

Registro de la Propiedad de Vera.

Valoración subasta: 200.499,42 €.

2. Tipo: Inmueble.

Subtipo: Plaza de aparcamiento.

Descripción: Urbana, plaza de aparcamiento número 18, sita en el semisótano del portal V del edificio catorce del complejo denominado Parquevera, del término de Vera, con acceso para personas mediante escalera de cada uno de los portales y para coches a través de una rampa situada junto al portal I, designado con el número uno, cuyos dalos regístrales son:

Núm. finca: 23.978-18.

Folio: 97.

Tomo: 1.182.

Libro: 270.

Registro de la Propiedad de Vera.

Valoración subasta: 17.300.58 €

PARTE DISPOSITIVA

Se acuerda:

1. Adjudicar al ejecutante, Cajas Rurales Unidas, Sociedad Cooperativa de Crédito con domicilio en Almería, Plaza de Barcelona, núm. 5 y CIF F-04743175, los bienes inmuebles descritos en el antecedente de hecho primero de la presente resolución, por el importe total de 130.680 euros, importe este inferior a la cantidad reclamada, desglosándose para la finca núm. 24.013, en el importe de 120.299.65 euros, y para la finca núm. 23.978-18, en el importe de 10.380,35 euros, cancelándose la carga hipotecaria origen del presente procedimiento y las cargas posteriores a la misma, continuando subsistentes las cargas o gravámenes anteriores, quedando subrogado en la responsabilidad derivada de estos.

2. Reseñar que no se ha producido incidente de oposición y se hará entrega al adjudicatario, una vez firme la presente resolución, de testimonio de la misma que servirá de título bastante para su inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente, y para la liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, archivándose las actuaciones.

3. Poner al ejecutante en posesión de los bienes si ello fuere posible.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de cinco días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido (art. 454 bis de la LEC). El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el depósito para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones núm. 0263 0000 06 0477 09 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vera, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes de la LEC y la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe. El Secretario Judicial.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 11.12.09 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación del Decreto de adjudicación a Carrión Quesada Inversión, S.L.

En Vera, a diecisiete de junio de dos mil dieciséis.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Diligencia. La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.

«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal).»

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