Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 04/08/2016

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad y Políticas Sociales

Resolución de 29 de julio de 2016, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se regula y convoca para el año 2016 el Campeonato Andaluz de Break-Dance.

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La Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público, creó en su Disposición Adicional Primera el Instituto Andaluz de la Juventud, agencia administrativa actualmente adscrita a la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales, según lo establecido en el artículo 8.2 del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías.

Los apartados 2, a) y b), de la disposición adicional primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, anteriormente mencionada, y el artículo 3. a) y b), del Decreto 118/1997, de 22 de abril, por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud, atribuyen al mismo, entre otras funciones, «la planificación, programación, organización, seguimiento y evaluación de las actuaciones en materia de juventud impulsadas por la Administración de la Junta de Andalucía» y «el fomento de la participación, promoción, información y formación en materia de juventud».

Uno de los programas del Instituto Andaluz de la Juventud con mayor recorrido y éxito de participación es el anteriormente llamado Arte y Creación Joven, que en 2009 pasó a denominarse Programa «Desencaja», con la incorporación de nuevos certámenes, hasta un total de 14, y la ampliación de algunos de los ya existentes. Una iniciativa que trata de recoger las tendencias de la joven creación andaluza.

En este punto, es conveniente señalar que en una Comunidad Autónoma como Andalucía, donde las denominadas industrias culturales se han convertido en los últimos años en un sector económico y empresarial en expansión, estas medidas que inicialmente se consideran desde el punto de vista de las políticas de calidad de vida acaban convirtiéndose en verdaderas políticas de emancipación.

En este marco funcional, con la finalidad de poner a disposición de jóvenes creadores los medios para desarrollar y difundir sus creaciones, promocionando actividades y servicios para la juventud de nuestra Comunidad Autónoma, procede la regulación y la convocatoria para el año 2016 del Certamen Andaluz de Break-Dance.

Por todo ello, y de conformidad con lo establecido en el apartado 3.3 de la Disposición Adicional Primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, anteriormente citada, en relación con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 118/1997, de 22 de abril, por el que se aprueba el régimen de organización y funcionamiento del Instituto Andaluz de la Juventud y demás normas de general aplicación,

HE RESUELTO

Primero. Objeto.

Establecer la regulación del Campeonato «Desencaja» en su modalidad de Break-Dance y efectuar la convocatoria del mismo para el año 2016, con el objetivo de impulsar el desarrollo de este lenguaje, contribuir a su profesionalización y abrir a nuevos públicos esta disciplina, equiparándola a nuevas formas de expresión artística.

Segundo. Principios y compatibilidad con otros premios.

1. El Campeonato regulado en la presente Resolución se gestionará con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación.

2. La obtención de cada uno de los premios es compatible con otros de naturaleza análoga concedidos por cualesquiera Administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales, de la Unión Europea o de Organismos Internacionales, con la salvedad del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria del Campeonato «Desencaja» en su modalidad de Break-Dance.

Tercero. Participantes.

Podrán participar en la convocatoria del certamen «Desencaja» de Break-Dance grupos de jóvenes que reúnan los siguientes requisitos:

a) Que sus edades estén comprendidas entre los 14 y 35 años, al finalizar el plazo de inscripción.

b) Que sean nacidos y/o residentes en Andalucía y/o miembros de comunidades andaluzas asentadas fuera de Andalucía y oficialmente reconocidas por el Gobierno Andaluz.

c) Que el grupo esté integrado por un mínimo de cinco componentes y un máximo de ocho.

d) Que se enfrenten, mediante batallas, en las que no exista contacto físico entre los miembros de los diferentes grupos.

Cuarto. Solicitudes, lugar y plazo de presentación.

1. Las personas interesadas en participar deberán rellenar el boletín de inscripción conforme al modelo que se recoge en el Anexo I de la presente Resolución, y dirigirlo a la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud.

2. En dicho Boletín se deberán cumplimentar los siguientes apartados:

- Aptdo.1: «Datos del/de la participante o representante del grupo».

- Aptdo. 2: letra J), «Campeonato Andaluz de Break-Dance/Hip-Hop».

- Aptdo. 3: «Consentimiento Expreso».

- Aptdo. 4: «Lugar, fecha y firma».

3. El boletín de inscripción, una vez cumplimentado, deberá presentarse junto con la documentación que se relaciona en la presente resolución, preferentemente en las Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud contempladas en el Anexo II , así como en los lugares y los medios indicados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, o bien, de manera telemática de conformidad con lo establecido en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la Información y Atención al Ciudadano y la Tramitación de Procedimientos Administrativos por Medios Electrónicos (Internet), a través de la dirección electrónica https://ws133.juntadeandalucia.es/oficinaVirtual.

No obstante lo anterior, en el supuesto de que la documentación a presentar no se adapte a los requisitos técnicos admitidos por la Oficina Virtual, en cuanto a tipo de archivo y tamaño de los mismos, la solicitud y la documentación requerida sólo podrá presentarse de forma presencial.

4. El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación que se relaciona a continuación finalizará el día 16 de septiembre de 2016.

Quinto. Documentación.

Junto al boletín de inscripción deberá presentarse:

a) Fotocopia del DNI de cada una de las personas participantes, o autorización previa al Instituto Andaluz de la Juventud para realizar la verificación de los datos personales señalados en la solicitud, conforme al modelo que figura en el apartado 3 de la solicitud.

b) En su caso, documento que acredite ser nacido o residente en Andalucía, o autorización previa al Instituto Andaluz de la Juventud para realizar la verificación de sus datos de residencia, conforme al modelo que figura en el apartado 3 de la solicitud.

c) Declaración responsable firmada por cada uno de los componentes del grupo en la que se haga constar la persona del mismo que actuará como representante ante el Instituto Andaluz de la Juventud, para cualquier cuestión relacionada con el presente campeonato.

d) En caso de menores de edad, autorización del padre, madre, o tutor/a legal para la asistencia y participación en el campeonato.

e) Para los miembros de Comunidades Andaluzas asentadas fuera de Andalucía, fotocopia del DNI o pasaporte de los participantes y certificación del órgano correspondiente de la entidad, acreditativa de la pertenencia de la persona solicitante a la misma.

Sexto. Subsanación.

Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañasen los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, anteriormente citada.

Séptimo. Selección.

El campeonato constará de dos fases:

a) Fase de selección:

Los grupos inscritos tendrán que bailar pasando unos filtros en los que cada «bboy» y «bgirl» bailarán una vez. Los jueces elegirán a los ocho mejores grupos que se enfrentarán en batallas de diez minutos durante el mes de septiembre de 2016. El mismo día de la competición se celebrará un sorteo que determinará los grupos que compiten en cada una de las batallas. Un Jurado nombrado al efecto seleccionará un máximo de ocho grupos, basándose en el nivel de los mismos, que pasarán a la fase final.

El jurado se atendrá a los siguientes criterios de valoración:

1.º Originalidad en los movimientos.

2.º Dificultad de los mismos.

3.º Ser completos, top rocks, footworks, powermoves, coreografías, etc.

4.º Técnica.

5.º Limpieza en los movimientos.

6.º No tocar al contrincante.

7.º Dejar bailar al adversario.

b) Fase final:

Los grupos seleccionados en la fase de selección tendrán que batallar en tres diferentes rondas para llegar a la final:

1.º Primera ronda: cuartos de final. Batallas de 10 minutos.

2.º Segunda ronda: semifinales. Batallas de 10 minutos.

3.º Tercera ronda: tercer y cuarto puesto y final. Batallas de 15 minutos.

2. El emparejamiento de los equipos para la primera ronda se hará mediante sorteo y, a partir de ahí, las otras dos rondas se harán por ganadores de las diferentes contiendas en orden ascendente. 

3. La selección de los grupos ganadores no podrá determinarse ex aequo.

4. Ningún participante percibirá por su asistencia al campeonato cantidad alguna como honorario. La organización correrá con los gastos del viaje y manutención de cada persona inscrita asistente a la misma procedente de fuera del lugar donde se desarrolle la final del Campeonato.

Octavo. Órgano instructor.

Corresponderá al Instituto Andaluz de la Juventud la instrucción del procedimiento para la concesión de los premios correspondientes al Programa «Desencaja» en su modalidad de Campeonato de Break-Dance.

Noveno. Jurado.

1. Para la concesión de los premios del Campeonato «Desencaja» de Break-Dance, se constituirá un jurado, cuyos componentes serán nombrados por la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, de entre personas profesionales y especialistas de los diferentes ámbitos artísticos incluidos en el Programa.

2. Dicho jurado seleccionará las propuestas ganadoras atendiendo a criterios de calidad, originalidad e innovación técnica, así como, en caso de que lo estimen oportuno, otros criterios de carácter estético, ético y cultural.

3. El jurado podrá declarar desiertos los premios del Campeonato Andaluz de Break-Dance.

4. El fallo del jurado se hará público en la página web del programa Desencaja y será firme.

5. Las incidencias que puedan presentarse y los supuestos no previstos en las presentes bases reguladoras serán resueltas por los miembros del jurado, los cuales adoptarán sus decisiones por mayoría simple.

6. Los miembros del Jurado tendrán derecho a percibir las cantidades que puedan cubrir los gastos en que pudieran incurrir por el desarrollo de sus trabajos, tales como desplazamiento, alojamiento y manutención con los importes actualizados señalados en el artículo 11.2, 18 Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía y sus modificaciones posteriores. Asimismo, podrán recibir cantidades por un máximo de 200 euros en concepto de colaboración por su participación como miembros del Jurado.

Décimo. Indemnizaciones a finalistas y ganadores.

En los casos en que corresponda a los participantes, finalistas o ganadores la indemnización por gastos de desplazamiento, manutención o alojamiento, igualmente se someterán a lo señalado en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio de la Junta de Andalucía. En el caso de los desplazamientos, se resarcirán únicamente los gastos por traslados en territorio nacional.

Undécimo. Premios e incentivos.

1. Se otorgarán premios a cada uno de los dos grupos ganadores y al mejor Bboy y Bgirl:

Primer Premio:

- Viaje a un evento de hip-hop como espectadores del mismo (transporte, alojamiento y desayuno), valorado en un importe máximo de 6.000 euros.

Segundo Premio:

- Viaje a un evento de hip-hop como espectadores del mismo (transporte, alojamiento y desayuno), valorado en un importe máximo de 3.000 euros.

- Mención especial al mejor Bboy: Un trofeo acreditativo de ser el mejor bailarín.

- Mención especial a la mejor Bgirl: Un trofeo acreditativo de ser la mejor bailarina.

2. Los premios consistentes en viajes tendrán que realizarse antes del día 15 de octubre de 2017.

Duodécimo. Aceptación de las condiciones de participación.

La participación en el Campeonato «Desencaja» de Break-Dance supondrá la total aceptación de las presentes condiciones de participación.

Décimotercero. Recursos.

Contra la presente resolución y cuantos actos administrativos se deriven de ella, los cuales agotan la vía administrativa, podrá interponerse, ante la persona titular de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía o del siguiente a aquel en que se notifique el acto que derive de la misma, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre; o bien interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución o desde el siguiente a la notificación del acto que se derive de la misma, en los términos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de julio de 2016.- El Director General, Francisco Tomás Pizarro Galán.

ANEXO I

ANEXO II

DIRECTORIO

1. Direcciones Provinciales del Instituto Andaluz de la Juventud.

DIRECCIÓN CÓDIGO POSTAL PROVINCIA TELÉFONO FAX
C/ General Tamayo, 23, bajo. 04001 ALMERÍA 950 006 600 950 006 620
Plaza de Candelaria nº 6 11005 CÁDIZ 956 007 500 956 007 520
C/ Adarve, 2. 14002 CÓRDOBA 957 352 240 957 352 241

C/ Ancha de Santo Domingo, 1
(Casa de los Girones).
18009 GRANADA 958 025 850 958 025 870
C/ Rico, 26. 21001 HUELVA 959 011 950 959 011 951
C/ Arquitecto Berges, 34 A. 23007 JAÉN 953 001 950 953 001 970
C/ Carretería, 7. 29008 MÁLAGA 951 040 919 951 040 920
C/ Maese Rodrigo, 1. 41001 SEVILLA 955 036 350 955 036 360

2. Página web del Instituto Andaluz de la Juventud: http://www.juntadeandalucia.es/institutodelajuventud.

3. Correo electrónico: desencaja.iaj@juntadeandalucia.es.

4. Teléfono de información: Los respectivos de las Direcciones Provinciales citados en el cuadro del punto 1 y el 955 035 700 (Servicios Centrales).

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